Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique.

FISCALIA IQUIQUE C/ PAMELA ANDREA GÓMEZ CASTRO

Rol

O-57-2020

Fecha

30 de diciembre de 2022

Materia

CONDUC.EBRIEDAD SUSP.LIC. ART.196Y209 INC.2 LEY.TRANSITO., CONDUC.SIN LA LICENCIA DEBIDA ART 194 LEY DE TRANSITO.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS y OÍDOS: PRIMERO: Individualización del tribunal e intervinientes. Que con fecha veintiséis de diciembre de dos mil veintidós, ante esta sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique, constituido por los jueces don Felipe Ortiz de Zárate Fernández como Presidente, doña Camila Suazo Cobos como integrante y doña Gabriela Marín Wittwer como redactora, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral en causa RIT N° - y RUC N° - , seguida por el Ministerio Público, representado por la fiscal adjunto, doña María Alejandra Jorquera Cavada, en contra de PAMELA ANDREA GÓMEZ CASTRO, cédula de identidad N° . . - , chilena, años, soltera, labores de casa, domiciliada en pasaje Arturo Godoy Nº 6 , Iquique y representada por la abogada doña Pamela Delucchi Henríquez. SEGUNDO: Acusación. Que la acusación se funda en los siguientes hechos: “El día de mayo del año en horas de la madrugada, : aproximadamente, la acusada Pamela Gómez conducía el taxi básico patente FDYR- , sin haber obtenido licencia de conducir, por calle Colo Colo de esta ciudad, y a la altura del número , perdió el control del vehículo, debido al estado de ebriedad en el cual se encontraba, colisionando un poste del alumbrado público. Al lugar llega personal de Carabineros, quienes observan que la acusada se encontraba al interior del vehículo, y al momento de fiscalizarla se percatan de su estado de ebriedad por su hálito alcohólico e incoherencia al hablar, solicitando la documentación, verificando que no tenía licencia para conducir vehículos de transporte de pasajeros. Una vez sometida a las pruebas de alcoholemia, se estableció que conducía con , gramos por mil de alcohol en la sangre.” A juicio de la Fiscalía, los hechos descritos configuran el delito de conducción en estado de ebriedad sin haber obtenido licencia de conducir, prescrito y sancionado en los artículos 6 y de la Ley de Tránsito y el delito del artículo de la misma ley, consumados y a la imputada le ha correspondido Código: QQXXDZ

Fundamentos

CONSIDERANDO: DÉCIMO: Presupuestos de los delitos. Que primero, para que en la especie se tipifique el delito de conducción de vehículo en estado de ebriedad, debemos analizar si concurren los siguientes requisitos: a) que el sujeto activo haya ejecutado una acción de conducción de vehículo motorizado; b) que el desempeño se haya realizado en estado de ebriedad; y, c) que se haya cometido sin haber obtenido licencia de conducir. Código: QQXXDZJRXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Y luego, para configurar el delito del artículo de la ley, es necesario que la autora conduzca un vehículo sin licencia debida profesional. En este caso, el artículo de la Ley de tránsito, señala que para conducir vehículos destinados a transportar pasajeros, tipo taxis, se requiere la licencia profesional clase A- . UNDÉCIMO: Análisis y valoración de la prueba del Ministerio Público. Que primero, en lo tocante a ambas figuras materia de imputación contenidas en los artículos y 6 de la Ley . , que la acusada haya ejecutado una acción de conducción de vehículo motorizado, resultó probado en primer término, con los dichos del testigo funcionario policial Briones Bustamante, quien manifestó en lo pertinente y en suma, que el día de mayo de , a eso de las . horas, le tocó concurrir a calle Colo Colo a la altura del N° de Iquique, pues se había colisionado un poste existente en el lugar y al llegar se percató que la conductora Pamela Gómez Castro, conducía un taxi básico en estado de intemperancia alcohólica, si tener licencia de conducir alguna registrada. Se debe destacar que la declaración reseñada, fue percibida como franca por el tribunal, ya que el funcionario se apreció como quien encarnó o tomó conocimiento de lo narrado presencialmente, por lo que se advirtió objetivo, al intervenir en este procedimiento en estricto cumplimiento de su labor policial preventiva y al no vislumbrarse en él alguna animosidad en contra de la encartada al realizarse un control dado una colisión con un poste de calle Colo Colo, razones por las cuales no existió motivo para dudar de la veracidad de los asertos de este policía. En consecuencia, la acción de conducción de un vehículo motorizado, se estableció fehacientemente con la declaración completa, objetiva y

Fallo

por tanto fiable de un funcionario policial y que dio cuenta de la conducción de parte del acusado de un vehículo motorizado, el día de mayo de , en horas de la madrugada, en calle Colo Colo de Iquique. Luego, que el desempeño se haya realizado en estado de ebriedad, se contó primero con el Informe de Alcoholemia N° - , respecto del examen realizado a la acusada Pamela Gómez Castro, en el que se acredita que se le tomó la alcoholemia el mismo día del hecho, esto es, el de mayo de , a las . horas, la que arrojó un resultado de gramos por mil de alcohol en la sangre, mismo que resulta concordante al menos en la presencia de alcohol en la sangre para calificar como ebriedad su desempeño, constatado en la acusada en Código: QQXXDZJRXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl la boleta de alcoholemia N° , del día y hora de la toma de muestra a Gómez Castro. Además, dicho documento resultó concordante con el R.A.U. Nº , que corresponde a la acusada Gómez Castro, en el que se acredita que se le indicó la toma de examen de alcoholemia, el día de mayo de a las . horas, resultando así armónico con la boleta de alcoholemia antedicha, con lo que todas estas probanzas resultan idóneas y complementarias al tenor del artículo de la Ley . , para comprobar el estado de ebriedad de la acusada, al ser superior a , gramos por mil de alcohol en la sangre. En adición a esta prueba, se encuentra la declaración del testigo Briones Bust

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C/ PAMELA ANDREA GÓMEZ CASTRO RIT N° - RUC N° - CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD SIN LICENCIA y CONDUCCIÓN SIN LICENCIA PROFESIONAL DEBIDA Iquique, treinta de diciembre de dos mil veintidós. VISTOS y OÍDOS: PRIMERO: Individualización del tribunal e intervinientes. Que con fecha veintiséis de diciembre de dos mil veintidós, ante esta sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique, constit

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