Juzgado de Letras y Gar. Pozo Almonte

ANTOFAGASTA MINERALS S.A/

Rol

V-26-2019

Fecha

22 de mayo de 2020

Materia

MINERA, MANIFESTACIÓN (CONCESIÓN PARA EXPLOTACIÓN)

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, JOSE MANUEL CORTÉS LEIGHTON, chileno, abogado, soltero, en representación de ANTOFAGASTA MINERALS S.A., sociedad chilena del giro de su denominación, ambos domiciliados en Apoquindo 4001, piso 18, ciudad de Santiago, comuna de Las Condes, Santiago, presentó con fecha 4 de enero del año 2019, la manifestación minera de 20 pertenencias mineras de 10 hectáreas cada una, abarcando una área total de 200 hectáreas denominadas “ALAS 19, 1 AL 20”, la que se tuvo por presentada al tribunal con fecha 09 de enero del año 2017, en virtud del pedimento minero “ALAS 19”, cuyo punto de interés se encuentra ubicado en la Comuna de Camiña, Provincia del Tamarugal, Primera Región. SEGUNDO: Que, la manifestación se inscribió a fojas 752 bajo el Nº 433, en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Pozo Almonte, correspondiente al año 2019. TERCERO: Que, la manifestación y la solicitud de mensura antes referidas se publicaron con fecha 28 de enero de 2019 y 26 de agosto del 2019, respectivamente, en el Boletín Oficial de Minería de la Provincia de Iquique. CUARTO: Que, con fecha 13 de mayo de 2020, el Servicio Nacional de Geología y Minería emitió informe, consignando que “los aspectos técnicos relacionados con la operación de mensura, su acta, y plano están correctos; la forma, las dimensiones y orientaciones de la cara superior de las pertenencias se ajustan a la ley y ellas quedan comprendidas tanto del terreno manifestado como dentro del abarcado por la solicitud de mensura. Además los hitos han sido correctamente colocados”. QUINTO: Que, las coordenadas UTM de cada uno de los vértices del perímetro de la cara superior del grupo de pertenencias mineras, denominadas “ALAS 19, 1 AL 20”, materia de esta concesión, son: VERTICE NORTE(m) ESTE(m) P.I. 7.861.000,00 451.072,00 L1 7.861.500,00 452.072,00 L2 7.861.500,00 450.072,00 L3 7.860.500,00 452.072,00 L4 7.860.500,00 450.072,00 Y VISTO además lo dispuesto en los artículos 85 y 87 del Código de Minería, y 42 de su Reglamento,

Fallo

SE DECLARA: I.- Que SE APRUEBA el acta y plano de mensura del grupo de 20 pertenencias denominadas “ALAS 19, 1 AL 20”, con una superficie total de 200 hectáreas y se LLG Q declaran constituidas las referidas pertenencias a favor de su titular ANTOFAGASTA MINERALS S.A., ya individualizado. Publíquese esta sentencia en extracto conforme lo ordena el artículo 90 del Código de Minería y artículo 43 de su Reglamento. Inscríbase esta sentencia y el acta de mensura dentro del plazo de 120 días que señala el artículo 89 del Código de Minería, en el Registro correspondiente del Conservador de Minas de Pozo Almonte y remítase copia del plano al Conservador de Minas, para su archivo. Hágase entrega al interesado del original y una copia del acta y plano de mensura. y de una copia de la presente sentencia a fin de que dé cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 42 del Reglamento del Código de Minería. El solicitante deberá extraer del sistema de tramitación electrónica las copias necesarias, atendido lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley de Tramitación electrónica, para el cumplimiento de lo ordenado en el artículo 42 del Reglamento del Código de Minería. En su oportunidad, certifíquese la ejecutoria de la sentencia; regístrese, notifíquese y, archívese. Dictada por Juez del Juzgado de Letras, Garantía y Familia de Pozo Almonte, que se individualiza en la firma electrónica avanzada estampada en la presente sentencia. EN POZO ALMONTE, A VEINTIDÓS DE MAYO DE DOS MIL VEINTE, NO

Texto Completo (Preview)

FOJA: 18 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Gar. Pozo Almonte CAUSA ROL : V-26-2019 CARATULADO : ANTOFAGASTA MINERALS S.A/ POZO ALMONTE, VEINTIDÓS DE MAYO DE DOS MIL VEINTE VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, JOSE MANUEL CORTÉS LEIGHTON, chileno, abogado, soltero, en representación de ANTOFAGASTA MINERALS S.A., sociedad chilena del giro de su denominación, ambos d

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