CHILQUINTA ENERGÍA S.A./PERALTA
Rol
C-1560-2017
Fecha
22 de mayo de 2020
Materia
PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Se ha iniciado esta causa Rol C1560-2017, sobre indemnización de perjuicios en juicio ordinario de menor cuantía, caratulada “Chilquinta Energía S.A. con Peralta”, por demanda interpuesta por Roberto Eugenio Coloma Méndez, abogado, con domicilio en la comuna de San Felipe, calle Salinas N°1547 ex 377, en representación convencional de Chilquinta Energía S.A., sociedad del giro de distribución y venta de energía eléctrica, representada por Manuel Pfaff Rojas, ambos domiciliados en Avenida Argentina N°1, piso 9, Edificio Plaza Barón, Valparaíso, en contra de Tamara Camila Peralta Jilverto, ignora profesión u oficio, domiciliada en calle Los Robles N°29, Villa El Bosque, comuna de Panquehue, solicitando se dé lugar a lo demandado, condenando a la demandada al pago de $1.633.402.-, a título de indemnización de perjuicios, en su calidad de propietaria del vehículo placa patente única BPHL28-4, por los daños causados en colisión ocurrida con fecha 17 de julio de 2016 en sector de Panquehue, en poste y tendido eléctrico de media tensión, más reajustes, intereses y costas. Notificada legalmente la demanda, con fecha 23 de noviembre de 2017, folio 12, se tiene por contestada en rebeldía la demanda deducida. A folio 21, con fecha 7 de noviembre de 2018, se lleva a afecto audiencia de conciliación decretada, dejándose constancia que esta no se produce atendida la rebeldía de la demanda. A folio 24, con fecha 14 de diciembre de 2018, se recibe la causa a prueba por el término legal, fijándose los hechos sustanciales pertinentes y controvertidos, rindiéndose las probanzas que obran en autos. Vencido el término probatorio y el plazo para hacer observaciones a la prueba, se cita a las partes para oír sentencia a folio 37.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, en lo principal de presentación de fecha 28 de mayo de 2018, comparece Roberto Eugenio Coloma Méndez, en representación convencional de Chilquinta Energía S.A., representada por Manuel Pfaff Rojas, e interpone demanda de indemnización de perjuicios, en juicio ordinario de menor cuantía, en contra de Tamara Camila Peralta Jilverto, todos ya individualizados, solicitando se dé lugar a lo demandado, condenando a la demandada al pago de $1.633.402.-, a título de indemnización de perjuicios, en su calidad de propietaria del vehículo placa patente única BPHL28-4, por los daños causados en poste y tendido eléctrico de media tensión, por colisión ocurrida con fecha 17 de julio de 2016, con más reajustes, intereses y costas. Funda la demanda en que en la fecha referida, en circunstancias que un tercero conducía un automóvil marca Volkswagen, placa patente única BPHL28-4, de propiedad de la demandada, por el costado derecho de la calzada de calle Encón en dirección al oriente, el conductor perdió el control de dicho móvil desviando su trayectoria en dirección al suroriente, chocando con su parte frontal izquierda el poste rótulo 568130 de propiedad de Chiquinta Energía S.A., causando graves daños a su base de sustentación, provocando con ello daños en el tendido eléctrico de media tensión de su propiedad. Refiere que los daños causados en el poste de media tensión obligó a realizar el reacondicionamiento de las redes eléctricas y el reemplazo del poste de hormigón armado dañado, reparaciones que implicaron contratar personal especializado para la instalación y reemplazo de las estructuras descritas, lo que conllevó desplegar una guardia de emergencia, debido al peligro que estas operaciones representan cuando se realizan en la vía pública. Argumenta que los antecedentes descritos fueron constatados por personal de Chilquinta Energía S.A., que se constituyó en el lugar de los hechos el día señalado, obteniendo fotografías del accidente, donde se aprecia el detalle de los daños provocados, documentos que se acompañan, daños que ascienden a la suma de $1.633.402.-, conforme al siguiente detalle: $753.282.-, materiales eléctricos; $20.000.-, mano de obra de Compañía; $612.068.-, mano de obra de contratista; $20.000.-, guardia de emergencia; $15.000.-, transporte; $213.053, por costos asociados. Agrega que el total de los daños, asciende a $1.633.402.-., suma que demanda. Señala, como fundamento de derecho de su acción, lo establecido en el artículo 2314 del Código Civil y en los artículos 170 y 174 de la Ley 18.290 (Ley de Transito), expresando que al ser la demandada, Tamara Camila Peralta Jilverto, propietaria inscrita del vehículo patente BPHL28-4, debe responder por los daños causados a su propiedad. SEGUNDO: Que, la demandada, notificada legalmente no contestó la demanda deducida en su contra, la que se tuvo por contestada en su rebeldía. TERCERO: Que, a folio 21, se lleva a afecto audiencia de conciliación decretada, dej
Fallo
POR ESTAS CONSIDERACIONES y visto además, lo dispuesto en los artículos 144, 160, 170, 254, 342 y 346 del Código de Procedimiento Civil; 1698, 2284 y 2314 del Código Civil; 170 y 174 de la Ley 18.290, se declara: I.- Que se hace lugar a la demanda de indemnización de perjuicios deducida por la demandante, Chilquinta Energía S.A., y en consecuencia se condena a la demandada Tamara Camila Peralta Jilverto, a pagar a los actores la suma única de $ 1.633.402.- (un millón seiscientos treinta y tres mil cuatrocientos dos pesos), por concepto del daño causado. Que la suma señalada anteriormente, se reajustará conforme a la variación del índice de precios al consumidor, a contar de la fecha de notificación de la demanda y hasta su pago efectivo, percibiendo intereses corrientes para operaciones reajustables, a contar de la fecha que la presente sentencia quede firme y ejecutoriada hasta el pago efectivo de lo adeudado. II.- Que habiendo sido totalmente vencida, se condena en costas a la parte demandada. Regístrese, notifíquese legalmente. Rol C-1560-2017.- Dictada por don OMAR ANTONIO CIFUENTES MENA, juez Titular. Autoriza doña CAROLINA ANDREA MELLA TOLEDO, Secretaria Titular. En San Felipe, a veintid s de Mayo de dos mil veinte ó , se notific por eló estado diario, la resoluci n precedente.ó Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de abril de 2020, la hora visualizada
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FOJA: 37 .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado de Letras de San Felipe CAUSA ROL : C-1560-2017 CARATULADO : CHILQUINTA ENERG A S.A./PERALTAÍ San Felipe, veintid s de Mayo de dos mil veinte ó VISTOS: Se ha iniciado esta causa Rol C1560-2017, sobre indemnización de perjuicios en juicio ordinario de menor cuantía, caratulada “Chilquinta Energía S.A. con Peralta”, por demanda interpu
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