PONCE/
Rol
V-69-2020
Fecha
20 de mayo de 2020
Materia
MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece don Manuel Ponce Delgado, Abogado, chileno, casado, cédula de identidad N° 15.801.522-6, domiciliado en General Jofré 67, departamento N°2103, Santiago, con fecha 06 de Febrero del año 2.020, a las 12:09:23 horas formuló el pedimento de la concesión de exploración denominada “FLORENCIA 7”, con una superficie de 300 hectáreas. SEGUNDO: Que, con fecha 11 de febrero del año 2.020, el pedimento fue inscrito a fojas 760, bajo el Nº 388, del año 2.020, en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Antofagasta. TERCERO: Que, con fecha 05 de Marzo del año 2.020, se publicó la inscripción del pedimento en el Boletín Oficial de Minería, del Diario Oficial de la República de Chile. CUARTO: Que, el informe del Servicio Nacional de Geología y Minería Nº 2545, de fecha 28 de Abril del año 2.020, señala que los aspectos técnicos relacionados con la solicitud y el plano están conformes con las disposiciones legales. QUINTO: Que, las coordenadas U. T. M. de cada uno de los vértices del perímetro de la concesión de exploración y su punto medio son: 1 VÉRTICE NORTE (metros) ESTE (metros) PM 7.280.800,00 376.500,00 V1 7.282.300,00 376.000,00 V2 7.282.300,00 377.000,00 V3 7.279.300,00 377.000,00 V4 7.279.300,00 376.000,00 SEXTO: Que, teniendo presente lo dispuesto en el artículo 57 del Código de Minería, por haberse cumplido todos los requisitos legales y no existiendo impedimentos técnicos;
Fallo
SE RESUELVE: Que se aprueba el plano y queda constituida la concesión de exploración denominada “FLORENCIA 7” con una superficie de 300 hectáreas, a favor de don Manuel Ponce Delgado, ya individualizadO. Extráctese la presente sentencia constitutiva como lo estipula el artículo 90 del Código de Minería y publíquese, inscríbase y archívese de conformidad a la Ley. Remítase copia de esta sentencia y plano original al Servicio Nacional de Geología y Minería. Archívese copia del plano en el respectivo Conservador de Minas. Regístrese, notifíquese y en su oportunidad ARCHIVESE. ROL V-69-2.020 2 SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS ANTOFAGASTA Dictada por doña Elizabeth Verónica Araya Julio, Juez Titular. Antofagasta, a veinte de Mayo del año dos mil veinte, notifiqué por el estado diario la resolución que antecede. 3 Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl PM 7.280.800,00 376.500,00 2020-05-20T14:50:04-0400
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SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS ANTOFAGASTA ROL : V-69-2.020 MATERIA : PEDIMENTO MINERO “FLORENCIA 7” CÓDIGO : P02M SOLICITANTE : MANUEL PONCE DELGADO. FECHA INICIO : 06.02.2.020 Antofagasta, a veinte Mayo del año dos mil veinte. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece don Manuel Ponce Delgado, Abogado, chileno, casado, cédula de identidad N° 15.801.522-6, domiciliado en General Jofré 67, depar
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