ROMINA DEL ROSARIO VERGARA CARRERA C/ JUAN ANDRÉS ARENAS MUÑOZ
Rol
O-18465-2017
Fecha
26 de diciembre de 2022
Materia
MALTRATO HABITUAL (VIF) ART. 14 LEY 20.066.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El día 18.06.18 alrededor de las 21.00h, en la vía pública, en la intersección de Avda. San Pablo con General Baquedano, comuna de Santiago, el imputado ya individualizado fue sorprendido por personal policial, mientras portaba y mantenía en su poder, con el objeto de traficar, una bolsa de nylon de color negro en cuyo interior contenía 100 gramos con 100 miligramos de clorhidrato de cocaína, manteniendo entre sus vestimentas la suma de $371.000.- pesos. SE DECLARA: I.- Que, se condena a JAIME CASTRO GARCIA, ya individualizado, a la pena de TRES AÑOS Y UN DÍA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, MULTA DE UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL y a las penas accesorias de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos por el tiempo de la condena e inhabilitación absoluta y perpetua de derechos políticos, por su responsabilidad como AUTOR de un delito de TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS, previsto y sancionado en el artículo 3 de la Ley 20.000, hechos ocurridos en la comuna de Santiago, el día 18 de junio de 2018, que se encuentra en grado de ejecución de CONSUMADO. II.- Que, la pena pecuniaria se le tiene por cumplida por el día que estuvo privada de libertad con ocasión de la presente causa en el control de detención del día 19 de junio de 2018. III.- Que, reuniendo el sentenciado los requisitos establecidos por la ley 18.216, la pena corporal se sustituye por la EXPULSIÓN DEL TERRITORIO NACIONAL Y LA PROHIBICIÓN DE INGRESAR AL PAÍS POR UN PLAZO DE 10 AÑOS, debiendo concretarse su ejecución y Código: JKZWXCFDDDZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl cumplimiento dentro del plazo máximo de sesenta (120) días, a contar del 26 de octubre de 2022, atendido a que en causa diversa RIT 3432- 2022, se estaba a la espera de la condena de esta causa. En el intertanto, el sentenciado deberá permanecer en internación bajo la custodia de Gendarmería, en el mismo centro penitenciario en que se encuentran act
Fallo
SE DECLARA: I.- Que, se condena a JAIME CASTRO GARCIA, ya individualizado, a la pena de TRES AÑOS Y UN DÍA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, MULTA DE UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL y a las penas accesorias de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos por el tiempo de la condena e inhabilitación absoluta y perpetua de derechos políticos, por su responsabilidad como AUTOR de un delito de TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS, previsto y sancionado en el artículo 3 de la Ley 20.000, hechos ocurridos en la comuna de Santiago, el día 18 de junio de 2018, que se encuentra en grado de ejecución de CONSUMADO. II.- Que, la pena pecuniaria se le tiene por cumplida por el día que estuvo privada de libertad con ocasión de la presente causa en el control de detención del día 19 de junio de 2018. III.- Que, reuniendo el sentenciado los requisitos establecidos por la ley 18.216, la pena corporal se sustituye por la EXPULSIÓN DEL TERRITORIO NACIONAL Y LA PROHIBICIÓN DE INGRESAR AL PAÍS POR UN PLAZO DE 10 AÑOS, debiendo concretarse su ejecución y Código: JKZWXCFDDDZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl cumplimiento dentro del plazo máximo de sesenta (120) días, a contar del 26 de octubre de 2022, atendido a que en causa diversa RIT 3432- 2022, se estaba a la espera de la condena de esta causa. En el intertanto, el sentenciado deberá permanecer en internación bajo la custodia de Gendarmería, en el mismo centro penite
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PROCEDIMIENTO ABREVIADO. FECHA: Santiago, veintidos de diciembre de dos mil veintidós. TRIBUNAL: SÉPTIMO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO MAGISTRADO: PONCIANO ANDRES SALLES BASTARRICA RUC: 1800593178-5 RIT: 10943 - 2018 IMPUTADO: JAIME CASTRO GARCIA (Nacionalidad: Colombiana) C.I. 0014885396-7 DELITO Tráfico ilícito de drogas. ARTICULO 3 de la Ley 20.000. PARTICIPACION Autor G. DE DESARROLLO Consum
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