POLANCO/GEOMAS SPA.
Rol
M-270-2021
Fecha
20 de octubre de 2021
Materia
Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido indirecto, Feriado legal, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que ante este Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel, se llevó a efecto audiencia única en procedimiento monitorio, en los autos R.I.T. M-270-2021, RUC N°21-4-0347663-0 compareciendo el demandante don JOSE POLANCO REYES, cirujano dentista, domiciliado en calle Combate Naval Nº 1638 de la comuna de Renca, quien lo hizo asistido por la abogada doña Karina Veliz Sarmiento. Por su parte, la demandada GEOMAS SpA, representada por doña Lina Zuluaga Quintero, domiciliada en calle Avenida El Pinar Nº205, bodega 6, de la comuna de San Joaquín, la misma no compareció pese a encontrarse legalmente notificada. OIDOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que don JOSE POLANCO REYES, interpuso demanda -en procedimiento monitorio- en contra de GEOMAS SpA, con el objeto que
Fallo
se declarara que su despido era nulo por no pago de cotizaciones de seguridad y que el mismo resultaba ser procedente por lo que la demandada debía pagar a su parte las siguientes indemnizaciones y prestaciones, todas las cuales reclama debidamente reajustadas, con intereses y las costas de la causa; a saber: 1.- $ 88.800 por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo; 2.-$ 444.000 por concepto de indemnización por años de servicio; 3.-$ 222.000 por concepto de recargo legal correspondiente al 50% de conformidad a lo establecido en el artículo 163 del Código del Trabajo; 4.-$ 88.800 por concepto de feriado anual correspondiente al periodo 2019-2020; 5.- $ 88.800 por concepto de feriado anual correspondiente al periodo 2020-2021; 6. Remuneraciones y demás prestaciones derivadas de lo establecido en el artículo 162 del Código del Trabajo; Funda su demanda indicando que comenzó a prestar servicios bajo vínculo de subordinación y dependencia de la demandada con fecha 31 de julio de 2016 desempeñando labores de vigía entre el mes de marzo y abril de 2017 para luego prestar servicios de supervisor de auspicios en todo el circuito de ciclo recreo vía ideado en Santiago, el que se desarrollaba en las calles Catedral, desde la intersección de calle Manuel Rodríguez a José Miguel de la Barra para luego seguir adelante hasta calle Catedral y José María Caro para finalizar en el puente Pio Nono. Sostiene que con ocasión de la prestación de sus servicios, percibía una remunera
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PROCEDIMIENTO: Monitorio MATERIA: Nulidad del despido, despido indirecto y cobro de prestaciones. DEMANDANTE: José Polanco Reyes. DEMANDADO: Geomas SpA. RUC: 21-4-0347663-0 RIT: M-270-2021 _________________________________________/ San Miguel, veinte de octubre de dos mil veintiuno. VISTOS: Que ante este Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel, se llevó a efecto audiencia única en procedim
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