7º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ LUIS ALEXANDER CARABALLO PARRA

Rol

O-5270-2022

Fecha

13 de diciembre de 2022

Materia

ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433, 438, 439.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día 14 de mayo de 2022, aproximadamente a las 20:00 horas, intersección de las calles Miraflores con calle Santo Domingo en la comuna de Santiago, los imputados LUIS CARABALLOO PARRA y BRANDO YUSTY BOLANIO en compañía de otro sujeto no identificado interceptaron a la víctima don JOSE DARIO FLORES NEGRONT, quien transitaba por el lugar, a quien rodearon, exigiéndole la entrega de la mochila que portaba, amenazándola de muerte, ante la resistencia de la víctima mediante utilización de una gollete de una botella agredieron a la víctima ocasionándole lesiones leves consistentes en excoriaciones en región supraescapular , procediendo a sustraerle una mochila con diversas especies en su interior, mientras que el sujeto no identificado le sustrajo a la víctima un teléfono celular, huyendo del lugar con las especies sustraídas. Calificación jurídica Un delito de robo con violencia consumado SE DECLARA: I.- Que se condena a LUIS ALEXANDER CARABALLO PARRA y BRANDO YUSTY BOLANIO, ya individualizados, a la pena CUATRO AÑOS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO y a las accesorias de inhabilitación absoluta o perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos u oficios públicos mientras dure la condena, cada uno por su responsabilidad como AUTORES de un delito de ROBO CON VIOLENCIA E INTIMIDACION, previsto y sancionado en el Artículo del Código Penal, hecho ocurrido en la comuna de Santiago, que se encuentra en grado de ejecución de CONSUMADO. Código: DTHNXCEQPNX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl II.- Que reuniendo los sentenciados los requisitos del artículo y bis de la Ley . , se les sustituye la pena privativa impuesta por la libertad vigilada intensiva por el tiempo de la pena privativa de libertad, esto es, años, debiendo presentarse ante el Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile y cumplir durante el periodo de observación con el plan de intervención individual

Fallo

SE DECLARA: I.- Que se condena a LUIS ALEXANDER CARABALLO PARRA y BRANDO YUSTY BOLANIO, ya individualizados, a la pena CUATRO AÑOS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO y a las accesorias de inhabilitación absoluta o perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos u oficios públicos mientras dure la condena, cada uno por su responsabilidad como AUTORES de un delito de ROBO CON VIOLENCIA E INTIMIDACION, previsto y sancionado en el Artículo del Código Penal, hecho ocurrido en la comuna de Santiago, que se encuentra en grado de ejecución de CONSUMADO. Código: DTHNXCEQPNX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl II.- Que reuniendo los sentenciados los requisitos del artículo y bis de la Ley . , se les sustituye la pena privativa impuesta por la libertad vigilada intensiva por el tiempo de la pena privativa de libertad, esto es, años, debiendo presentarse ante el Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile y cumplir durante el periodo de observación con el plan de intervención individual que se apruebe en su momento donde debe realizar programas formativos o laborales, con la condiciones legales de las letras a), b) y c) del artículo de la citada Ley, además de la prohibición de acercarse al víctima de estos hechos. Los sentenciados deberán presentarse ante el Centro de Reinserción Social Santiago, ubicado en Amunategui N° , Santiago. Se deja constancia que en el evento que la sanción

Texto Completo (Preview)

SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO. FECHA: Santiago., trece de diciembre de dos mil veintidós TRIBUNAL: Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago MAGISTRADO: PATRICIO ERNESTO ALVAREZ MALDINI RUC: - RIT: - IMPUTADO: LUIS ALEXANDER CARABALLO PARRA C.I. - IMPUTADO: BRANDO YUSTY BOLANIO C.I. - DELITO Robo con violencia e intimidación ARTICULO Artículo del Código Penal PARTICIPACION

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