Juzgado de Garantía de Coquimbo.

JHON ANDRÉS ARAYA ARAYA C/ CÉSAR ANTONIO DIAMANTE MUÑOZ

Rol

O-4657-2022

Fecha

22 de diciembre de 2022

Materia

CONDUC.BAJO INFLUEN DEL ALCOHOL CON O SIN DAÑOS O LES.LEVES.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

HECHOS: “El día 08 de julio de 2022, a las 20:45 horas aproximadamente, el imputado César Antonio Diamante Muñoz, condujo bajo la influencia del alcohol y sin haber obtenido licencia de conducir, el automóvil marca Ford, modelo Ranger, placa patente VJ.7160, por la intersección de las calles Avenida Los Clarines con Dalivor Zuvic, comuna de Coquimbo, siendo fiscalizado en dicho lugar por personal de Carabineros, quienes constataron que el imputado conducía bajo la influencia del alcohol, lo que estableció personal aprehensor por su hálito alcohólico, rostro congestionado e inestabilidad al caminar, estado que fue confirmado por el examen de alcoholemia al que se sometió, el que arrojó un resultado científico de 0.32 gramos por mil de alcohol en la sangre..” B.- SENTENCIA: Se deja constancia expresa que los

Fundamentos

fundamentos íntegros de la sentencia constan en el registro del audio, dándose a conocer por escrito únicamente lo resolutivo del fallo. Coquimbo, a veintidós de diciembre de dos mil veintidós. VISTOS, OIDO Y CONSIDERANDO:

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, , 11 N° , 1 N° 1, 1 , , , del Código Penal, artículos 11 , 1 , de la Ley del Tránsito, artículos 1, , , , 1, , , , 1, , y del Código Procesal Penal, SE RESUELVE: I.- Que SE CONDENA a don CÉSAR ANTONIO DIAMANTE MUÑOZ, ya individualizado, a la pena de: UNA UTM, por su responsabilidad en calidad de autor, en grado de desarrollo de consumado del delito consumado de manejo bajo la influencia del alcohol, cometido sin haber obtenido licencia de conducir, previsto y sancionado en el artículo 1 en relación a los artículos 11 y de la Ley 1 . y a la SUSPENSIÓN DE LICENCIA DE CONDUCIR POR EL TÉRMINO DE TRES MESES, ilícito cometido el día de julio de en la comuna de Coquimbo. II.- Que se le otorgan dos parcialidades para el pago de la multa, comenzando los primeros cinco días de cada mes, comenzando en enero de a razón de ½ UTM mensual. III.- Que no se condena en costas al sentenciado. IV.- Ofíciese al Registro Civil, Depto. de Conductores, para la inscripción respectiva. CÚMPLASE CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 468 DEL CÓDIGO PROCESAL PENAL. ANOTESE, REGISTRESE, CUMPLASE Y ARCHIVESE EN SU OPORTUNIDAD. RUC Nº 2200674836- RIT Nº 46 7-2022 DICTADA POR DON CRISTOBAL ANDRES GELDUN MANSILLA, JUEZ DE GARANTÍA. Código: LRXXCXRFGX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: LRXXCXRFGX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser va

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A.- HECHOS: “El día 08 de julio de 2022, a las 20:45 horas aproximadamente, el imputado César Antonio Diamante Muñoz, condujo bajo la influencia del alcohol y sin haber obtenido licencia de conducir, el automóvil marca Ford, modelo Ranger, placa patente VJ.7160, por la intersección de las calles Avenida Los Clarines con Dalivor Zuvic, comuna de Coquimbo, siendo fiscalizado en dicho lugar por perso

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