Juzgado de Garantía de Angol.

POLICIA DE INVESTIGACIONES C/ MATÍAS LEANDRO REBOLLEDO ALBARRÁN

Rol

O-656-2022

Fecha

21 de diciembre de 2022

Materia

RECEPTACION. ART. 456 BIS A., ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos ocurridos en la ciudad de Angol el día 28 de febrero de 2022, como autor directo del delito consumado de RECEPTACIÓN, a sufrir la pena cuarenta y un días de prisión en su grado máximo, a la accesoria legal de suspensión de cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena y a una multa de un tercio de Unidad Tributaria Mensual; y por los hechos ocurridos el día 24 de febrero de 2022 en la comuna de Angol, como autor directo del delito consumado de ROBO CON FUERZA EN LUGAR HABITADO, a sufrir la pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, a la inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y a inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena. II.- Determínese la huella genética del sentenciado MATÍAS LEANDRO Código: DRFXXCSDLVW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl REBOLLEDO ALBARRÁN, a través de la toma de muestras correspondientes, e inclúyase en el Registro de Condenados contemplado en la Ley 19.970, respecto del delito de robo en lugar habitado. III.- Que se le eximirá al sentenciado de la pena de multa y del apremio respectivo, por imposibilidad de cumplimiento, por encontrarse cumpliendo condena, en causa diversa en la comuna de Villarrica, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 49 inciso tercero del Código Penal. IV.- Que las penas privativas de libertad, señaladas en el punto primero de esta sentencia deberán ser de cumplimiento efectivo en el recinto penitenciario, que determine Gendarmería de Chile, al no reunir el sentenciado los requisitos previstos en la ley 18.216. V.- Que se exime del pago de las costas de la causa, al haber admitido los hechos y antecedentes fundantes de la acusación, como asimismo aceptado el procedimiento abreviado, evitándose así los gastos humanos y económicos de realizarse un Juicio oral propiamente tal. Dése oportuno cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código

Fundamentos

CONSIDERANDO: En mérito de las consideraciones y disposiciones legales que han quedado consignadas en el registro de audio de la presente audiencia,

Fallo

se declara: I.- Que se condena a don MATÍAS LEANDRO REBOLLEDO ALBARRÁN, cédula de identidad N° 20.713.972-6, ya individualizado, por los hechos ocurridos en la ciudad de Angol el día 28 de febrero de 2022, como autor directo del delito consumado de RECEPTACIÓN, a sufrir la pena cuarenta y un días de prisión en su grado máximo, a la accesoria legal de suspensión de cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena y a una multa de un tercio de Unidad Tributaria Mensual; y por los hechos ocurridos el día 24 de febrero de 2022 en la comuna de Angol, como autor directo del delito consumado de ROBO CON FUERZA EN LUGAR HABITADO, a sufrir la pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, a la inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y a inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena. II.- Determínese la huella genética del sentenciado MATÍAS LEANDRO Código: DRFXXCSDLVW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl REBOLLEDO ALBARRÁN, a través de la toma de muestras correspondientes, e inclúyase en el Registro de Condenados contemplado en la Ley 19.970, respecto del delito de robo en lugar habitado. III.- Que se le eximirá al sentenciado de la pena de multa y del apremio respectivo, por imposibilidad de cumplimiento, por encontrarse cumpliendo condena, en causa diversa en la comuna de Villarrica, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 49 in

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Individualización de Audiencia de Procedimiento abreviado. Fecha Angol, veintiuno de diciembre de dos mil veintidós Magistrado DANIEL ROLANDO RIQUELME FERNÁNDEZ Fiscal LUIS ALFREDO ESPINOZA AREVALO Defensor particular JOSÉ RICARDO TRAIPE SEPULVEDA Hora inicio 11:14AM Hora termino 11:40AM Sala Sala N°1 Tribunal Juzgado de Garantía de Angol. Acta Susana Castillo Altamirano RUC 2200201521-1 RIT 656

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