Juzgado de Garantía de La Calera.

CABO 2° JOSÉ BENJAMÍN MORALES MONTALBA C/ RAÚL FRANCISCO SAAVEDRA DÍAZ

Rol

O-793-2022

Fecha

20 de diciembre de 2022

Materia

CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: “El día 23 de Octubre de 2021, a las 21:09 horas aproximadamente, el requerido RAUL FRANCISCO SAAVEDRA DIAZ fue sorprendido por funcionarios policiales conduciendo en estado de ebriedad el vehículo Placa Patente Única FSSX-94, marca Chevrolet, por calle Caupolicán intersección con calle Pedro de Valdivia, comuna de La Calera. La ebriedad del requerido fue corroborada por personal policial, debido a su fuerte halito alcohólico, rostro congestionado, incoherencia al hablar e inestabilidad al caminar, siendo sometido a examen respiratorio de alcotest, arrojando como resultado 1,57 gramos por mil de alcohol en la sangre, en tanto, que el examen de alcoholemia arrojo 1,72 gramos por mil de alcohol en la sangre.” VISTO Y OÍDOS LOS INTERVINIENTES: Se dan por reproducidas las actuaciones, alegaciones de las partes y lo expositivo y considerativo del fallo, todo lo cual ha quedado íntegramente en el registro de audio de la audiencia celebrada.- Y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 11 nº 6 y 9, 15n°1, 30, 50 y 70 todos del Código Penal; artículos 110 en relación al artículo 196 de la Ley de Tránsito, artículos 393 y siguientes del Código Procesal Penal y artículos 1 y 4 de la Ley 18.216 se declara: Código: SQXTXCTXQBX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl I.- Se condena a RAUL FRANCISCO SAAVEDRA DIAZ, Cédula Identidad 10.119.352-7, ya individualizado como autor del simple delito de Conducción De Vehículo Motorizado En Estado De Ebriedad, por el hecho ocurrido el día veintitrés de octubre del dos mil veintiuno en territorio jurisdiccional de este tribunal en la comuna de La Calera, a sufrir las siguientes penas: la pena de cuarenta y un (41) días de prisión en su grado máximo, accesorias legales generales, multa de un tercio (1/3) de unidad tributaria mensual y suspensión de la licencia de conducir por el plazo de dos años, sin las costas de la causa. II.-Para el pago de la pena pecun

Fallo

se declara: Código: SQXTXCTXQBX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl I.- Se condena a RAUL FRANCISCO SAAVEDRA DIAZ, Cédula Identidad 10.119.352-7, ya individualizado como autor del simple delito de Conducción De Vehículo Motorizado En Estado De Ebriedad, por el hecho ocurrido el día veintitrés de octubre del dos mil veintiuno en territorio jurisdiccional de este tribunal en la comuna de La Calera, a sufrir las siguientes penas: la pena de cuarenta y un (41) días de prisión en su grado máximo, accesorias legales generales, multa de un tercio (1/3) de unidad tributaria mensual y suspensión de la licencia de conducir por el plazo de dos años, sin las costas de la causa. II.-Para el pago de la pena pecuniaria se concede un plazo de treinta días para dar pago íntegro desde que la presente sentencia se encuentre firme y ejecutoriada. Si no la pagare se podría convertir en un día de privación de libertad, salvo que manifieste su deseo a prestar servicios gratuitos en beneficio de la comunidad, cuestión que deberá hacer antes del vencimiento del plazo ya señalado. Si no lo hiciere se entenderá que renuncia a dicho derecho. No hay abonos que considerar. III.- Que la pena corporal impuesta será remitida condicionalmente debiendo quedar sujeto a la super vigilancia del Centro de Reinserción Social de Quillota durante el plazo de un año, lugar al que deberá presentarse el día doce de enero del año dos mil veintitrés, a la

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SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO La Calera, a veinte de diciembre de dos mil veintidós Hechos: “El día 23 de Octubre de 2021, a las 21:09 horas aproximadamente, el requerido RAUL FRANCISCO SAAVEDRA DIAZ fue sorprendido por funcionarios policiales conduciendo en estado de ebriedad el vehículo Placa Patente Única FSSX-94, marca Chevrolet, por calle Caupolicán intersección con calle Pedro de V

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