ANGELICA MORALES CORTES C/ MARCELO CHRISTIAN QUISPE GARCÍA
Rol
O-207-2019
Fecha
20 de diciembre de 2022
Materia
CONTRAB. INFRAC A LA ORD. DE ADUAN ART 168. LEY 20.780
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS para sentencia la causa RUC N°1910040297-4, RIT N°207- 2019 y oídos los intervinientes en audiencia de procedimiento abreviado realizada el 15 de diciembre de 2022. PRIMERO: INDIVIDUALIZACIÓN DE LOS INTERVINIENTES. Comparecieron el MINISTERIO PÚBLICO representado por PABLO ARAOS CERDA, Fiscal Adjunto de la Fiscalía Local de Tocopilla, con domicilio en Colón 1330, de dicha ciudad; los querellantes SERVICIO NACIONAL DE ADUANAS representado por su abogada doña PRICILA PALMA CORTES, domiciliada en calle Sucre Nº 215 de Antofagasta y SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS, representado por su abogada doña MYRNA RAMOS VALLEJOS, domiciliada en General Velásquez N°1064, comuna de Antofagasta; los imputados RUBEN URBANO QUISPE OVANDO, run 5.952.552-2, comerciante, domiciliado en Bilbao Nº1780, Arica y MARCELO CHRISTIAN QUISPE GARCIA, run 12.832.386-4, comerciante domiciliado en Ambar Nº2555, Arica; el primero representado por el abogado defensor penal privado don LUIS PIZARRO ESCOBAR y el segundo por abogado de la DEFENSORÍA PENAL PÚBLICA don JUAN LUIS MONTENEGRO ALEGRE, con domicilio en Colón 1340, de Tocopilla. SEGUNDO: HECHOS Y CIRCUNSTANCIAS DE LA ACUSACIÓN. El Ministerio Público acusó por los siguientes hechos: “El día 03 de octubre de 2018, aproximadamente a las 03:30 horas, personal de carabineros de chile se encontraba haciendo labores de control de tránsito a la altura del kilómetro 1493 de la Ruta 5 Norte de María Elena y es en éste lugar que fiscalizan al tracto camión P.P.U. KGJX-82 marca VOLVO y su semirremolque P.P.U JJ-8206, que era conducido por el imputado RUBEN URBANO QUISPE OVANDO y lo hacía en compañía de MARCELO CHRISTIAN QUISPE GARCIA, quienes mantenían en su poder, en el interior del semirremolque un total de 415.550 cajetillas de cigarrillos marcas CARNIVAL BLUE, FOX, ESSE CHANGE, BENTLEY CHAMPION y CARLYLE, de origen extranjero, no exhibiendo a carabineros documento alguno que justificara su tenencia, porte o transporte de las mercancías, las que no
Fallo
Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 1°, 3º, 7°, 11 N°6 y N°9, 15 N°1, 21, 24, 30, 31, 32, 49, 50, 56, 57, 62, 68, 70 y 75 del Código Penal, artículos 1°, 8°, 36, 45, 47, 295, 297, 340 y siguientes, 406 y siguientes y 468 del Código Procesal Penal, Ley 18.216; artículos 168, 178, 180 de la Ordenanza de Aduanas, 97 del Código Tributario, Decreto Ley 409 de 1932 y Decreto Supremo 64 de 1962, se declara: I.- Que se condena a RUBEN URBANO QUISPE OVANDO, ya individualizados a la pena de 541 DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, MULTA DE $720.000.-, SUSPENSIÓN DE CARGO U OFICIO PÚBLICO DURANTE EL TIEMPO DE LA CONDENA Y EL COMISO DE LAS ESPECIES INCAUTADAS, esto es: 415.550 cajetillas de cigarrillos marcas CARNIVAL BLUE, FOX, ESSE CHANGE, BENTLEY, CHAMPION y CARLYLE; y semirremolque P.P.U JJ-8206; por su responsabilidad en carácter de autor del delito de CONTRABANDO ADUANERO, sancionado en el artículo 178 en relación al 168 de la Ordenanza de Aduanas, en concurso ideal con el delito de EJERCICIO CLANDESTINO DEL COMERCIO, previsto y sancionado en el artículo 97 N°9 del Código Tributario, perpetrado en grado consumado en territorio jurisdiccional de este tribunal el 03 de octubre de 2018. II.- Que se condena a MARCELO CHRISTIAN QUISPE GARCIA, ya individualizado a la pena de 541 DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, MULTA DE $720.000.-, SUSPENSIÓN DE CARGO U OFICIO PÚBLICO DURANTE EL TIEMPO DE LA CONDENA Y EL COMISO DE LAS ESPECIES INCAUTADAS,
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María Elena, veinte de diciembre de dos mil veintidós. VISTOS para sentencia la causa RUC N°1910040297-4, RIT N°207- 2019 y oídos los intervinientes en audiencia de procedimiento abreviado realizada el 15 de diciembre de 2022. PRIMERO: INDIVIDUALIZACIÓN DE LOS INTERVINIENTES. Comparecieron el MINISTERIO PÚBLICO representado por PABLO ARAOS CERDA, Fiscal Adjunto de la Fiscalía Local de Tocopilla,
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