5º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ JORGE LUIS CATALÁN VALDÉS

Rol

O-1818-2020

Fecha

19 de diciembre de 2022

Materia

AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 Nº3., POSESIÓN O TENENCIA DE ARMAS PROHIBIDAS

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: “El día 01 de Junio de 2020, a las 10:15 horas, aproximadamente, en calle Los Tamarindos a la altura del N° 5899, Comuna de Lo Prado, el imputado JORGE CATALÁN VALDÉS, de manera seria y verosímil, amenazó a la víctima FLOR ARAYA OLAVE y su grupo familiar que se encontraba al interior de su domicilio ubicado en el departamento número 205 de la dirección referida, señalando “Los voy a matar a todos los maricones culiados”, luego, afuera del domicilio, exhibiéndole una escopeta de fabricación artesanal la amenazó nuevamente señalando “si quieres ahora te mato a vos vieja culiá”. Luego, al interior del domicilio ubicado calle Los Tamarindos N° 5899, departamento 207, Comuna de Lo Prado, mantenía en su poder sin autorización, la escopeta de fabricación artesanal utilizada, compuesta por tubo cañón y tubo cuerpo calibre 12 y un tubo metálico color negro, la que se encontraba apta para el disparo de munición convencional calibre 12”. Transcripción de lo resolutivo de la sentencia dictada en audiencia cuyo texto íntegro consta en registro de audio conforme Acta N° 40 de la Excma. Corte Suprema de fecha 14 de marzo de 2014 Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 1, 2, 11 Nº 9, 14, 15, 18, 50, 67 y 296 N° 3 del Código Penal; artículos 3 y 13 de la ley 17.798; artículos 1, 2, 3, 4, 7, 8, 11, 45, 47, 102, 297, 340, 342, 348, 406 y siguientes del Código Procesal Penal, SE DECLARA: I.- Que se condena a JORGE LUIS CATALÁN VALDÉS, ya individualizado, a la pena de TRES AÑOS Y UN DÍA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO y a las penas accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, como autor del delito de tenencia ilegal de arma Código: VXZXXCCNNDW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl de fuego prohibida, consumado, perpetrado en el territorio jurisdicc

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 1, 2, 11 Nº 9, 14, 15, 18, 50, 67 y 296 N° 3 del Código Penal; artículos 3 y 13 de la ley 17.798; artículos 1, 2, 3, 4, 7, 8, 11, 45, 47, 102, 297, 340, 342, 348, 406 y siguientes del Código Procesal Penal, SE DECLARA: I.- Que se condena a JORGE LUIS CATALÁN VALDÉS, ya individualizado, a la pena de TRES AÑOS Y UN DÍA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO y a las penas accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, como autor del delito de tenencia ilegal de arma Código: VXZXXCCNNDW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl de fuego prohibida, consumado, perpetrado en el territorio jurisdiccional de este Tribunal el día 01 de junio de 2020. II.- Que se condena a JORGE LUIS CATALÁN VALDÉS, ya individualizado, a la pena de SESENTA Y UN (61) DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO y a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, como autor del delito de amenazas simples, consumado, perpetrado en el territorio jurisdiccional de este Tribunal el día 01 de junio de 2020. III.- Que las penas impuestas serán de cumplimiento efectivo, sirviéndole de abono 284 días correspondientes a los 286 días que permaneció sujeto a la medida cautelar de arresto domiciliario total entre los días 02

Texto Completo (Preview)

ACTA DE LA SENTENCIA DICTADA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO Fecha : diecinueve de diciembre de dos mil veintidós. Imputado : JORGE LUIS CATALÁN VALDÉS, cédula de identidad N° 17.303.671-K, domiciliado en Calle Puerto Seguro Nº 4717, comuna de Estación Central. Fiscal : Paulina Acuña Defensor : Marcelo Jerez Delito : Tenencia ilegal de arma de fuego prohibida/amenazas simples. Circunstancias atenuan

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