30º Juzgado Civil de Santiago

VERGARA/

Rol

V-277-2019

Fecha

14 de mayo de 2020

Materia

REGISTRO CIVIL, RECTIFICACIÓN PARTIDAS

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Con fecha 26 de septiembre de 2019, comparece don Rosamel Gustavo Vergara Cayup n, cedula de identidad 15.657.204-7, chileno,á soltero, conductor, domiciliado para estos efectos en Av. Ra l Labbú é 12.613, of. 232, Lo Barnechea, Regi n Metropolitana, solicitando el cambioó de nombre. Se ala que desde su infancia se ha sentido inc modo con su primerñ ó nombre, Rosamel, ya que siempre fue v ctima de constantes burlas porí parte de sus compa eros de colegio, situaci n que se mantuvo con el pasarñ ó de los a os, cuando realiza alg n tramite donde le llaman por su nombreñ ú completo, se siente avergonzado, por lo cual cada vez que tiene la posibilidad; solicita que lo llamen por su segundo nombre, Gustavo. Por otra parte, cuando empez a trabajar se dio cuenta que llevaró Rosamel de primer nombre me generaba un gran menoscabo, ya que cada vez ingresaba a trabajar a una empresa, sus compa eros de trabajo señ burlaban de l, gener ndole gran incomodidad.é á Por estas razones es que se hace llamar por su segundo nombre desde el a o 2003 que llego a vivir a Santiago, eliminando su primer nombre, porñ el sufrimiento que le genera llevar un nombre que est muy lejos deá identificarlo. Es de suma importancia para l, poder eliminar su primer nombre deé forma legal y para poder dejar atr s todo el sufrimiento que le ha generadoá este nombre que no lo identifica y por el cual no se hace llamar desde joven. Que ha folio 7, se lee el informe realizado por el Servicio de Registro Civil e Identificaci n. ó RIT« » Foja: 1 Que ha folio 7, se registra la informaci n sumaria de testigos.ó Que ha folio 8, consta la publicaci n de la solicitud.ó Que ha fojas 18, se trajeron los autos para fallar.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 26 de septiembre de 2019, comparece don Rosamel Gustavo Vergara Cayup n, precedentemente individualizado,á ha solicitado se autorice se elimine su primer nombre Rosamel , de“ ” manera de que el nombre completo quede en definitiva como Gustavo Vergara Cayup n.á Conforme lo anterior, la solicitante estima que se dan los presupuestos de la Ley 17.344 en concordancia con la ley 4.808, para decretar el cambio de nombre y apellidos, en los casos que indica la ley. SEGUNDO: Que con fecha 23 de abril de 2018, se rindió informaci n sumaria, ante ministro de fe, de los testigos Ramiro Andr só é Valenzuela Inostroza Rut 14.537.126-0 y don Juan Segundo Salinas Toro Rut 10.176.182-7, quienes manifestaron, en lo substancial, el nombre Rosamel le genera burlas entre los compa eros y lo mal que Gustavo loñ pasa por esta raz n. Sus amigos cercanos siempre lo llaman Gustavo,ó manifestando el hecho tanto en el mbito social, familiar es conocido porá Gustavo Vergara Cayup n.á TERCERO: Que, con el objeto de dar cumplimiento a la normativa legal, se hicieron las publicaciones de rigor en el Diario Oficial con fecha 15 de noviembre de 2019, no existiendo oposici n a la solicitud planteadaó como consta en la certificaci n del Secretario del tribunal que se lee a folioó 14. CUARTO: Que a su turno, el 7 de noviembre de 2019, se recepcion informe de la del Servicio de Registro Civil e Identificaci nó ó N 4586, instituci n que no manifest oposici n o cuestionamientos a la° ó ó ó solicitud. Se al que en la partida de nacimiento de la solicitante consta lañ ó inscripci n de nacimiento N 2704, Registro S del a o 1984, de laó ° ñ circunscripci n de Temuco, siendo titular de ella ROSAMEL GUSTAVOó VERGARA CAYUPAN, nacido el 31 de julio de 1983, consign ndose en elá rubro correspondiente a la madre a do a Ruth Oriana Cayupan Nanquipil,ñ RIT« » Foja: 1 indic ndose el nombre de padre en el rubro H ctor Antonio Vergaraá é Ya ez.-ñ QUINTO: Que el art culo 1 de la Ley 17.344 dispone que todaí ° persona tiene derecho a usar los nombres y apellidos con que haya sido individualizado en su respectiva inscripci n de nacimiento, sin perjuicio,ó cualquier persona podr solicitar por una sola vez que se le autorice paraá cambiar sus nombres o apellidos o ambos, cuando unos u otros sean rid culos, risibles o lo menoscaben moral o materialmente; cuando elí solicitante ha sido conocido durante m s de cinco a os por motivosá ñ plausibles con nombres o apellidos o ambos, diferentes de los propios y en los casos de filiaci n no matrimonial.-ó Por su parte, el art culo 4 de la Ley 17.344, indica que una vezí ° modificada la partida de nacimiento, la persona que haya cambiado su nombre o apellidos, solo podr usar en el futuro, en todas sus actuaciones suá nuevo nombre propio o apellidos en la forma ordenada por el Juez.- SEXTO: Que en este sentido y conforme a todo lo expresado, es posible concluir que se dan los supuestos exigidos por la Ley 17.344, por cuanto e

Fallo

Por estas razones es que se hace llamar por su segundo nombre desde el a o 2003 que llego a vivir a Santiago, eliminando su primer nombre, porñ el sufrimiento que le genera llevar un nombre que est muy lejos deá identificarlo. Es de suma importancia para l, poder eliminar su primer nombre deé forma legal y para poder dejar atr s todo el sufrimiento que le ha generadoá este nombre que no lo identifica y por el cual no se hace llamar desde joven. Que ha folio 7, se lee el informe realizado por el Servicio de Registro Civil e Identificaci n. ó RIT« » Foja: 1 Que ha folio 7, se registra la informaci n sumaria de testigos.ó Que ha folio 8, consta la publicaci n de la solicitud.ó Que ha fojas 18, se trajeron los autos para fallar. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 26 de septiembre de 2019, comparece don Rosamel Gustavo Vergara Cayup n, precedentemente individualizado,á ha solicitado se autorice se elimine su primer nombre Rosamel , de“ ” manera de que el nombre completo quede en definitiva como Gustavo Vergara Cayup n.á Conforme lo anterior, la solicitante estima que se dan los presupuestos de la Ley 17.344 en concordancia con la ley 4.808, para decretar el cambio de nombre y apellidos, en los casos que indica la ley. SEGUNDO: Que con fecha 23 de abril de 2018, se rindió informaci n sumaria, ante ministro de fe, de los testigos Ramiro Andr só é Valenzuela Inostroza Rut 14.537.126-0 y don Juan Segundo Salinas Toro Rut 10.176.182-7, quienes manifestaron, en lo substancial, el

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RIT« » Foja: 1 FOJA: 19 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 30 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-277-2019 CARATULADO : VERGARA/ Santiago, catorce de Mayo de dos mil veinte VISTOS: Con fecha 26 de septiembre de 2019, comparece don Rosamel Gustavo Vergara Cayup n, cedula de identidad 15.657.204-7, chileno,á soltero, conductor, domiciliado para estos efectos en Av. Ra l Labbú é 12.

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