M.P. C/ JOSÉ MIGUEL ZÚÑIGA RIQUELME
Rol
O-2560-2022
Fecha
14 de diciembre de 2022
Materia
ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El día 19 de septiembre aproximadamente a las 06:00 horas, el imputado concurrió al domicilio de la víctima ubicado en calle San Martin N°11 de la comuna de Rengo, ingresando al lugar mediante la fuerza y una vez que se encontraba al interior del domicilio, la víctima se percata de su presencia, por lo que el imputado se da a la fuga del lugar. Vistos y oídos los intervinientes: Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente; la resolutiva es del siguiente tenor: Y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 11 N° 9, 15 N° 1, 30, 67 y siguientes, 440 N°1 y demás pertinentes del Código Penal; artículos 406 y siguientes del Código Procesal Penal, y artículos pertinentes de la Ley 18.216, SE RESUELVE: I.- Que SE CONDENA a JOSÉ MIGUEL ZÚÑIGA RIQUELME, Chileno, cédula de identidad N° 0019721261-6, domiciliado en Pasaje Chile, Villa Las Américas Nº 251, Paine, por su participación en calidad de AUTOR en el delito de ROBO EN LUGAR HABITADO previsto y sancionado en el artículo 440 N°1 del Código Penal, perpetrado en grado de desarrollo FRUSTRADO el día 19 de septiembre de 2022, a sufrir una pena de TRES AÑOS Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, accesorias de inhabilitación perpetua para derechos políticos y de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y registro de su HUELLA GENÉTICA. II.- Que concurriendo en la especie los requisitos que establece el artículo 15 bis de la Ley 18.216, se sustituye la pena corporal impuesta por la de LIBERTAD VIGILADA Código: WTQLXCEGFGW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl https://oficinajudicialvirtual.pjud.cl/; mailto:jgrengo@pjud.cl “Encontrándose vigente Ley 20886 sobre Tramitación Electrónica, se informa que toda la documentación debe ser remitida al tribunal a través del portal OFICINA VIRTUAL JUDICIAL https://oficinajudicialvirtual.pjud.cl/; se excluyen
Fundamentos
considerando como abonos los días que ha permanecido privado de libertad en virtud de esta causa, por haberse encontrado sujeto a la medida cautelar de prisión preventiva y arresto domiciliario total. Se ordena pasar los antecedentes a funcionario habilitado del tribunal para que se certifiquen los abonos específicos que registra el sentenciado en esta causa. III.- Omítase los certificados de antecedentes del sentenciado, las anotaciones a que diera origen la presente sentencia condenatoria. IV.- Que deberá determinarse y obtenerse por intermedio de gendarmería de Chile la HUELLA GENÉTICA del sentenciado, don JOSÉ MIGUEL ZÚÑIGA RIQUELME, conforme lo prescribe el artículo 17 de la Ley 19.970. V.- Teniendo presente que el imputado ha aceptado los hechos de la acusación y los antecedentes de la investigación permitiendo la procedencia de este juicio abreviado se le exime del pago de las costas de la causa. Dese cumplimiento en su oportunidad con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Ofíciese al Servicio de Registro Civil e Identificación al tenor de lo dispuesto en el inciso 1º del artículo 38 de la ley 18.216. Regístrese y archívese en su oportunidad. Se deja constancia que las partes renuncian a los plazos y recursos legales, quedando la presente sentencia para todos los efectos firme o EJECUTORIADA.- Téngase a las partes por notificadas en forma personal de la sentencia, sin perjuicio de dejar constancia en el estado diario. Remítase copia simple del acta por correo electrónico al fiscal y defensor. RUC : 2200916318-6.- RIT : 2560 - 2022.- Fija Audiencia: Fecha : 20 de febrero de 2023 Hora : 09.30 Tipo : LEY 18.216 / INCOMPETENCIA Sala1: https://zoom.us/my/sala1.rengo ID: 4344373903 Quedando los presentes notificados de lo resuelto y citados a dicha audiencia. Se da orden de libertad en favor del sentenciado. La Presente acta solo constituye un registro administrativo que contiene una relación resumida de lo obrado y resuelto en la audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. Código: WTQLXCEGFGW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl https://oficinajudicialvirtual.pjud.cl/; mailto:jgrengo@pjud.cl https://zoom.us/my/sala1.rengo “Encontrándose vigente Ley 20886 sobre Tramitación Electrónica, se informa que toda la documentación debe ser remitida al tribunal a través del portal OFICINA VIRTUAL JUDICIAL https://oficinajudicialvirtual.pjud.cl/; se excluyen las instituciones con convenios”. Pedro Segundo Estrada N° 36 - Rengo Teléfono: 72-2-512844 / Teléfono: +56982995800 (08:00 a 16:00 horas) correo electrónico: jgrengo@pjud.cl Dirigió la audiencia y resolvió S.S. LISBETH YENIFER CARTES LOPEZ, Juez titular del Juzgado de Garantía de Rengo. Audiencia Tramitada: mjm/s1. Código: WTQLXCEGFGW Este documento tiene firma electrónica y su
Fallo
SE RESUELVE: I.- Que SE CONDENA a JOSÉ MIGUEL ZÚÑIGA RIQUELME, Chileno, cédula de identidad N° 0019721261-6, domiciliado en Pasaje Chile, Villa Las Américas Nº 251, Paine, por su participación en calidad de AUTOR en el delito de ROBO EN LUGAR HABITADO previsto y sancionado en el artículo 440 N°1 del Código Penal, perpetrado en grado de desarrollo FRUSTRADO el día 19 de septiembre de 2022, a sufrir una pena de TRES AÑOS Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, accesorias de inhabilitación perpetua para derechos políticos y de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y registro de su HUELLA GENÉTICA. II.- Que concurriendo en la especie los requisitos que establece el artículo 15 bis de la Ley 18.216, se sustituye la pena corporal impuesta por la de LIBERTAD VIGILADA Código: WTQLXCEGFGW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl https://oficinajudicialvirtual.pjud.cl/; mailto:jgrengo@pjud.cl “Encontrándose vigente Ley 20886 sobre Tramitación Electrónica, se informa que toda la documentación debe ser remitida al tribunal a través del portal OFICINA VIRTUAL JUDICIAL https://oficinajudicialvirtual.pjud.cl/; se excluyen las instituciones con convenios”. Pedro Segundo Estrada N° 36 - Rengo Teléfono: 72-2-512844 / Teléfono: +56982995800 (08:00 a 16:00 horas) correo electrónico: jgrengo@pjud.cl INTENSIVA, por el término y duración de la pena que ha sido sustituida. Debe cumplir el sentenciad
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“Encontrándose vigente Ley 20886 sobre Tramitación Electrónica, se informa que toda la documentación debe ser remitida al tribunal a través del portal OFICINA VIRTUAL JUDICIAL https://oficinajudicialvirtual.pjud.cl/; se excluyen las instituciones con convenios”. Pedro Segundo Estrada N° 36 - Rengo Teléfono: 72-2-512844 / Teléfono: +56982995800 (08:00 a 16:00 horas) correo electrónico: jgrengo@pju
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