2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

CARDENAS/DEMIAN

Rol

O-8938-2019

Fecha

16 de octubre de 2021

Materia

Despido injustificado, Nulidad del despido, Prestaciones

Resultado

No especificado

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Hechos

visto además lo dispuesto en los artículos 1 7 8 61 62 63 160 162 163 168 172 173 453 454 del Código del Trabajo, se declara: I. Que se acoge la demanda interpuesta por don OSCAR JAVIER CARDENAS SUAREZ, cédula de identidad N°33.162.296-6 en contra de sus ex empleadores WELLDONE SPA Rut 76.545.127-2, PRODUCCIONES JAZMIN DEMIAN SEDA E.I.R.L. O Latín Producciones E.I.R.L. Rut. 76.513.199-5 y en contra de JAZMÍN MARÍA DEMIAN SEDAN Rut. 12.866.364-9, tanto en su calidad de representante legal de las demandadas individualizadas como en su calidad de persona natural y se declara la relación de unidad económica entre las tres demandadas de conformidad al artículo 3 del Código del Trabajo por lo que deberán responder solidariamente de las obligaciones que esta sentencia ordene pagar. II. Que se acoge la demanda en cuanto se solicita que se declare la existencia de una relación laboral entre las pates bajo vínculo de subordinación y dependencia desde el día 07 de mayo del año 2019 al 11 de octubre del año 2019 en base a una remuneración mensual bruta de $429.267 y en la fecha antes señalada la demandada de manera verbal e injustificada poner término a la relación laboral razón por la cual se condena a la demandada al pago de las sumas de $429.277 por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo. III. Que se acoge la demanda en cuanto se solicita el pago de $157.398 por remuneración correspondiente a los días trabajados en el mes de octubre del año 2019. IV. Que se acoge la demanda en cuanto se solicita el pago de $112.664 por concepto de feriado proporcional. V. Que no habiéndose acreditado el pago de las cotizaciones previsionales correspondiente al mes de septiembre y por el periodo comprendido 01 al 11 de octubre del año 2019 en AFP Modelo, Fonasa y AFC Chile se declara la nulidad del despido y por ello se condena a la demandada al pago de remuneraciones y demás prestaciones que se devenguen hasta que se produzca la convalidación del despido mediante el pago

Fundamentos

considerando: Conforme a lo dispuesto en el artículo 62 del Acta 71-2016 de la Excelentísima Corte Suprema y lo acordado en acta de Comité de Jueces N° 77-2016, de la sentencia que es pronunciada en la audiencia, corresponde la transcripción únicamente de su parte resolutiva y la debida individualización de las partes. Y visto además lo dispuesto en los artículos 1 7 8 61 62 63 160 162 163 168 172 173 453 454 del Código del Trabajo,

Fallo

se declara: I. Que se acoge la demanda interpuesta por don OSCAR JAVIER CARDENAS SUAREZ, cédula de identidad N°33.162.296-6 en contra de sus ex empleadores WELLDONE SPA Rut 76.545.127-2, PRODUCCIONES JAZMIN DEMIAN SEDA E.I.R.L. O Latín Producciones E.I.R.L. Rut. 76.513.199-5 y en contra de JAZMÍN MARÍA DEMIAN SEDAN Rut. 12.866.364-9, tanto en su calidad de representante legal de las demandadas individualizadas como en su calidad de persona natural y se declara la relación de unidad económica entre las tres demandadas de conformidad al artículo 3 del Código del Trabajo por lo que deberán responder solidariamente de las obligaciones que esta sentencia ordene pagar. II. Que se acoge la demanda en cuanto se solicita que se declare la existencia de una relación laboral entre las pates bajo vínculo de subordinación y dependencia desde el día 07 de mayo del año 2019 al 11 de octubre del año 2019 en base a una remuneración mensual bruta de $429.267 y en la fecha antes señalada la demandada de manera verbal e injustificada poner término a la relación laboral razón por la cual se condena a la demandada al pago de las sumas de $429.277 por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo. III. Que se acoge la demanda en cuanto se solicita el pago de $157.398 por remuneración correspondiente a los días trabajados en el mes de octubre del año 2019. IV. Que se acoge la demanda en cuanto se solicita el pago de $112.664 por concepto de feriado proporcional. V. Que no habiéndose acr

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ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 15 DE OCTUBRE DE 2021 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 4° RUC 19-4-0240565-4 RIT O-8938-2019 MAGISTRADO CRISTIAN RODRIGO ÁLVAREZ MERCADO ADMINISTRATIVO DE ACTAS BORIS ANTIVERO PINOCHET HORA DE INICIO 12:32 HORAS HORA DE TERMINO 12:48 HORAS Nº REGISTRO DE AUDIO 1940240565-4-1349-211015

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