6º Juzgado Civil de Santiago

CANALES/CARVALLO

Rol

C-25477-2018

Fecha

12 de mayo de 2020

Materia

CONTRATO, RESOLUCIÓN DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Que, con fecha 16 de agosto de 2018, compareci Fernando Ugarte Vial,ó abogado, domiciliado en Morande N 322, oficina N 205-206, Santiago, en° ° representaci n de Patricia Canales Herreros, dise adora, domiciliada en Camino Eló ñ Algarrobo N 205, casa N 10, Colina, e interpuso demanda de resoluci n de contrato por° ° ó vicios redhibitorios, con indemnizaci n de perjuicios, en contra de Diego Mauricioó Carvallo Loy, profesor de educaci n f sica, domiciliado en Antonio Varas N 196,ó í ° departamento N 411, Providencia.° Fund su demanda en que, con fecha 24 de mayo de 2018, su representadaó celebr con el demandado un contrato de compraventa, en calidad de compradora,ó sobre el veh culo marca Volvo, modelo V40 T4, a o 2015, motor N 4783708,í ñ ° n mero de chasis YV1MZ4256F2078217, color Plateado El ctrico Metalizado, placaú é patente HHRB56, pagando como precio la suma de $12.800.000 mediante cheque del Banco Edwards N. 8330152, serie 00160740608-8330152, girado por la actora a° nombre de don Diego Carvallo Loy con fecha 24 de mayo de 2018. Agreg , que el demandado dijo que el auto, si bien era usado, estaba enó perfectas condiciones , por lo que su representada decidi comprarlo, luego de“ ” ó concurrir a un taller junto con el demandado a fin de conocer el estado del auto, en donde se le inform que el auto no presentaba problemas. ó Expuso que al llevar el autom vil para la mantenci n de los 30.000 kil metros aó ó ó Ditec, concesionaria de Volvo, se inform a la actora que su veh culo hab a sidoó í í declarado en p rdida total con fecha 31 de julio de 2016, por la compa a Chilena“ é ” ñí Consolidada en el proceso cuyo n mero de siniestro es el 1277919, por choque frontal,ú hecho que no fue informado por el demandado a la demandante compradora, qui n deé haberlo conocido, no hubiera comprado el auto. Refiri al respecto que, por correos electr nicos de 4 de julio de 2018, Patricioó ó Montero Salinas, funcionario de Ditec asesor de servicio de la compa a - envi a

Fallo

se resuelve el contrato de venta del autom vil Volvo V40 T4, placa° ó patente HHRB56, individualizado en el cuerpo de esta solicitud, celebrado entre Diego Carvallo Loy y Patricia Canales Herreros; 2 ) Que el demandado debe restituir a la actora el precio de venta, esto es, la° cantidad de $12.800.000, m s reajustes e intereses; y,á 3 ) Que el demandado debe pagar a la actora, a t tulo de indemnizaci n de° í ó perjuicios, la cantidad de $2.374.666, o la cantidad superior que el Tribunal determine conforme al m rito del proceso, todo ello con costas. é En subsidio, interpuso demanda de rebaja del precio del contrato de venta referido en la demanda principal, por vicios ocultos, con indemnizaci n de perjuicios, enó contra de Diego Mauricio Carvallo Loy, profesor de educaci n f sica, domiciliado enó í Antonio Varas N 196, departamento N 411, Providencia, fundada en los mismos hechos° ° se alados en la demanda de lo principal. ñ En cuanto al derecho, luego de invocar lo dispuesto en el art culo 1868 delí C digo Civil, explic que en raz n de dicha disposici n y para el caso de que se rechaceó ó ó ó la demanda de lo principal, ejerce la acci n de rebaja del precio de venta o quantió minoris, a fin de que se rebaje el precio de la venta del autom vil se alado, enó ñ proporci n al da o que implican los vicios ocultos, no informados en su momento por eló ñ demandado a la compradora, Patricia Canales, y que para determinar la parte del precio de venta que debe ser rebajada en raz n de

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C-25477-2018 Foja: 1 FOJA: 78 .- setenta y ocho .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 6 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-25477-2018 CARATULADO : Canales/CARVALLO Santiago, doce de Mayo de dos mil veinte VISTOS: Que, con fecha 16 de agosto de 2018, compareci Fernando Ugarte Vial,ó abogado, domiciliado en Morande N 322, oficina N 205-206, Santiago, en° ° representaci n de Patricia Can

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