2do Juzgado de Letras de Talagante

STI INGENIERÍA Y MONTAJES INDS. HVAC LTDA./GONZALEZ

Rol

I-4-2021

Fecha

15 de octubre de 2021

Materia

Reclamo Multa Administrativa

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y

Fundamentos

considerando: Primero: Que comparece don Fernando Guerrero González, abogado, en representación convencional de STI INGENIERIA Y MONTAJES INDUSTRIALES HVAC LIMITADA, sociedad del giro de su denominación, ambos domiciliados para estos efectos en camino a Melipilla N° 2259, comuna de Peñaflor, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 512 del Código del Trabajo, deduce reclamo judicial en contra de la Resolución ORD N° 11 de 23 de marzo de 2021, dictada por la Inspección Provincial del Trabajo de Talagante, representada por su inspector provincial don Hugo González Rojas, funcionario público, ambos con domicilio en Enrique Alcalde N° 1341, comuna de Talagante, que rechazó la Reconsideración administrativa respecto de la multa 1303/1621/2020/27, la que mantuvo la sanción por 15 IMM. Señala que el 10 de septiembre de 2020, se acercó a las dependencias de su representada, el funcionario de la reclamada don Pedro Contreras Santibáñez, quien efectuó una fiscalización bajo el número 378, acta de notificación de requerimiento de documentación y citación extractada de manera errónea, y su representada a fin de colaborar advierte al fiscalizador en correo de 11 de septiembre de 2020 que el acta de notificación presentaba errores, tales como el nombre de la sociedad, RUT y dirección, los cuales podrían ocasionar una nulidad de la misma, lo que por intervención de su representada fue debidamente subsanado. Refiere que el fiscalizador solicitó documentos correspondientes a todos los trabajadores que prestan servicios en camino a Melipilla 2259, comuna de Peñaflor, los que tienen almacenados en las bodegas ubicadas en dicha obra relativos a la administración de personal, y que corresponde a: contratos de Trabajo, anexos de contrato de trabajo, comprobantes de pago de remuneraciones, registro de asistencia, pacto de reducción de jornada, acreditar ingreso a la Dirección del Trabajo, planillas de cotizaciones previsionales. Todo lo anterior desde el 01 de marzo al 10 de septiembre de 2020. Menciona que se consultó por 6 meses, cada mes contenía como mínimo 26 trabajadores, y el 15 de septiembre de 2020 se envía al correo electrónico del fiscalizador don Pedro Contreras, casilla ppcontreras@dt.gob.cl, todos los documentos relativos a la fiscalización, los que debido a su peso, se enviaron por medio de un link de internet denominado https://wetransfer.com/downloads/bdf31a5834150627dbeff48eff4e1bd82020 914200743/be6c98306e18813cfbf0b4ce3402660a20200914200805/52c5e1, almacenador de documentos en línea, enviándose además la planilla de cotizaciones electrónicas que emite previred por medio de su página de internet www.previred.com correspondiente a los trabajadores que prestaron servicios en el mes de agosto de 2020. Sostiene que el sistema de línea web transfer tiene un servicio gratuito que dura 8 días corridos desde su emisión, por lo que mediante la casilla electrónica del abogado de la empresa fguerrero@sticorp.cl, se consulta el 22 de septiembre de 20

Fallo

Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 9, 420, 446 y siguientes, 503, 504, 505, 506, 511 y 512 del Código del Trabajo, artículos 31 y 32 del DFL N° 2 de 1967, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, y demás normas pertinentes, SE RESUELVE: I.- Que SE RECHAZA el reclamo judicial incoado por don Fernando Guerrero González, en representación de la reclamante STI INGENIERIA Y MONTAJES INDUSTRIALES HVAC LIMITADA, en contra de la Resolución N° 11, de fecha 23 de marzo de 2021, dictada por la Inspección Provincial del Trabajo de Talagante. II.- Que no se condena en costas a la reclamante, por haber tenido motivo plausible para litigar. Devuélvase a los intervinientes las pruebas aportadas en juicio, una vez ejecutoriada la presente sentencia. Regístrese, y téngase por notificadas a las partes con esta fecha. Sin perjuicio, notifíquese por correo electrónico. Archívese en su oportunidad. RIT I-4-2021 RUC 21-4-0336194-9 Dictada por doña Andrea Román Bravo, Juez Subrogante del Segundo Juzgado de Letras de Talagante. En Talagante, a quince de octubre de dos mil veintiuno, notifiqué por el estado diario de hoy, la sentencia que antecede.

Texto Completo (Preview)

Talagante, quince de octubre de dos mil veintiuno. Vistos y considerando: Primero: Que comparece don Fernando Guerrero González, abogado, en representación convencional de STI INGENIERIA Y MONTAJES INDUSTRIALES HVAC LIMITADA, sociedad del giro de su denominación, ambos domiciliados para estos efectos en camino a Melipilla N° 2259, comuna de Peñaflor, y de conformidad con lo dispuesto en el artícu

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica