13º Juzgado Civil de Santiago

CENCOSUD ADMINISTRADORA DE TARJETAS S.A/GONZÁLEZ

Rol

C-32978-2018

Fecha

11 de mayo de 2020

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

FOJA: 21 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 13º Juzgado Civil de Santiago CAUSA ROL : C-32978-2018 CARATULADO : CENCOSUD ADMINISTRADORA DE TARJETAS S.A/GONZ LEZÁ Santiago, once de Mayo de dos mil veinte Vistos. Comparece en autos don Gabriel Andr s Pacheco Molina, abogado,é con domicilio en calle Alonso de C rdova N 5151, oficina N 1602,,ó ° ° comuna de Las Condes, mandatario judicial de CAT Administradora de Tarjetas S.A., sociedad an nima del giro de su denominaci n,ó ó representada por su gerente general don Eulogio Guzm n Llona, ingenieroá comercial, ambos con domicilio en Agustinas N 785, piso 3, comuna de° Santiago, quien interpone demanda ejecutiva en contra de do a ñ Carolina Andrea Gonz lez Gonz lezá á , ignora profesi n u oficio, con domicilio enó calle Carmela Carvajal 14.562, comuna de San Bernardo, en atenci n a losó

Fundamentos

fundamentos de hecho y de derecho que se exponen a continuaci n.ó Se ala que su representada es due a del Pagar N de Operaci nñ ñ é ° ó 222180006941, suscrito por la demandada con fecha 27 de noviembre de 2017, por la suma de $ 1.934.269.-, m s intereses a una tasa de 2,21%á mensual, y que se oblig a pagar en 36 cuotas mensuales, iguales y sucesivasó de $ 80.569.- cada una, a excepci n de la ltima, cuyo monto asciende a $ó ú 80.536 .-, con vencimiento la primera de ellas el d a 25 de enero de 2018, yí la ltima el d a 28 de diciembre de 2020.ú í A ade que en caso de mora o simple retardo en el pago de cualquierañ de las cuotas de capital o intereses, la tasa de inter s se elevar a al m ximoé í á convencional. Asimismo, ante tal hecho, el acreedor podr a hacer exigible elí total de la obligaci n como de plazo vencido.ó Expone que la deudora se encuentra en mora de pagar su obligaci nó a partir de la cuota N 5, con vencimiento al d a 25 de mayo de 2018, raz n° í ó por la que su representado viene en hacer exigible mediante esta demanda, el total adeudado, que asciende a la suma de $ 1.822.846.-, m s interesesá convencionales y penales, calculados hasta la fecha de su pago efectivo. Refiere que la firma de la suscriptora se encuentra autorizada ante notario p blico, por lo que el t tulo goza de m rito ejecutivo. Adem s, queú í é á la deuda es l quida, actualmente exigible, y su acci n no se encuentraí ó prescrita. Previas citas legales, piden tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra de Carolina Andrea Gonz lez Gonz lezá á , ya individualizada, y con su m rito, despachar mandamiento de ejecuci n y embargo en su contraé ó por la suma de $ 1.822.846.- en capital, m s intereses convencionales yá penales, y disponer se siga adelante con la ejecuci n hasta hacer a suó representado entero y cumplido pago de las sumas adeudadas, con costas. Por resoluci n de 3 de febrero de 2020, se tuvo a la demandada poró notificada personalmente de la demanda, y, por requerida de pago, respectivamente, a partir del d a 29 de enero del mismo mes y a o.í ñ A trav s de presentaci n de 29 de enero de 2020, la demandadaé ó opuso a la ejecuci n la excepci n contemplada en el N 17 del art culo 464ó ó ° í del C digo de Procedimiento Civil, confiri ndose el traslado respectivo, eló é que no fue evacuado dentro de plazo. Por resoluci n de 8 de mayo de 2020, se declar admisible laó ó excepci n opuesta, y atendido lo dispuesto en el art culo 466 del C digo deó í ó Procedimiento Civil, se omiti la recepci n de la causa a prueba, y se cit aó ó ó las partes a o r sentencia.í Considerando: Primero: Que, comparece Gabriel Andr s Pacheco Molina, ené representaci n de ó CAT Administradora de Tarjetas S.A, e interpone demanda ejecutiva en contra de Carolina Andrea Gonz lez Gonz lezá á , ya individualizada, y con su m rito, solicita despachar mandamiento deé ejecuci n y embargo en su contra por la suma de $ 1.822.846.- en capital,ó m s intereses convencionales y penales, y dispon

Fallo

Por estas consideraciones, teniendo presente el m rito de autos y vistoé adem s lo dispuesto en los art culos 1545, 1698 y siguientes del C digoá í ó Civil, art culos 144, 170, 434 y siguientes, 471 del C digo de Procedimientoí ó Civil, art culo 98 de la Ley 18.092, se resuelve:í I. Que, se acoge la excepci n de prescripci n de la acci n ejecutivaó ó ó opuesta por la ejecutada en el segundo otros de su presentaci n de 29 deí ó enero de 2020. En consecuencia, se rechaza la demanda ejecutiva y se le absuelve de la ejecuci n.ó II.- Que, se condena en costas a la ejecutante. Reg strese, notif quese y en su oportunidad arch vese.í í í Rol C 32.978-2018 Pronunciada por Nancy Torrealba P rez, Juez Suplente delé Decimotercer Juzgado Civil de Santiago. En Santiago, a once de Mayo de dos mil veinte , se notific por el estadoó diario, la resoluci n precedente.ó Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2020-05-11T13:58:21-0400

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FOJA: 21 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 13º Juzgado Civil de Santiago CAUSA ROL : C-32978-2018 CARATULADO : CENCOSUD ADMINISTRADORA DE TARJETAS S.A/GONZ LEZÁ Santiago, once de Mayo de dos mil veinte Vistos. Comparece en autos don Gabriel Andr s Pacheco Molina, abogado,é con domicilio en calle Alonso de C rdova N 5151, oficina N 1602,,ó ° ° comuna de Las Condes, mandatario judicia

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