SOCIEDAD CHILENA DE AUTORES E INTÉRPRETES MUSICALES/SOCIEDAD DE SERVICIOS YARI SPA
Rol
C-23001-2019
Fecha
11 de mayo de 2020
Materia
OTROS SUMARIOS
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: Comparece en autos don Patricio Villegas Castro, abogado, con domicilio en Bernarda Mor n N 435, comuna de Providencia, ení ° representaci n de la ó Sociedad Chilena de Autores e Int rpretesé Musicales, SCD, entidad de gesti n colectiva de derechos intelectuales,ó representada por su director general don Juan Antonio Dur n Gonz lez,á á ingeniero civil, ambos domiciliados en calle Condell N 346, comuna de° Providencia, e interpone demanda de cumplimiento de contrato con indemnizaci n de perjuicios, en contra de ó Sociedad de Servicios Yari SpA, antes llamada Sociedad de Servicios Yari S.A., cuyo giro es la prestaci n de servicios de cuidado personaló , representada legalmente por don Ricardo Hugo Salas Osorio, comerciante, ambos domiciliados en Bombero N ez N 230, Recoleta, úñ º en atenci n a los
Fundamentos
fundamentos deó hecho y derecho que se rese an en los p rrafos siguientes.ñ á Expone que su representada es una entidad que cuenta con la autorizaci n de funcionamiento a que se refiere el art culo 91 y siguientesó í de la Ley 17.336, por lo cual realiza la gesti n colectiva de los derechos deó autor y conexos de autores, compositores, artistas, int rpretes y ejecutores,é productores de fonogramas y dem s titulares de derechos que representa,á nacionales y extranjeros, para la administraci n del derecho deó comunicaci n p blica de sus obras musicales, que constituyen el repertorioó ú de SCD. Plantea que, la demandada obtuvo de la Sociedad Chilena del Derecho de Autor, la autorizaci n para ejecutar p blicamente obrasó ú musicales del repertorio que la SCD representa en el establecimiento de su propiedad denominado Sauna Mi Tiempo“ ”, ubicado en la misma direcci n ya se alada, la que se otorg mediante Contrato de Autorizaci nó ñ ó ó de Comunicaci n o Ejecuci n P blica para la Utilizaci n del Repertorio deó ó ú ó SCD de Obras y Fonogramas Musicales en Establecimientos Comerciales A- N° 108971.- de fecha 18 de octubre de 2016. A ade que, en dicho contrato la demandada se oblig , entre otrasñ ó prestaciones, a pagar dentro de los diez primeros d as del mes siguiente,í por la ejecuci n p blica de obras musicales del repertorio de SCD, la tarifaó ú mensual de 12.981-, que se desglosa en $8.654.- por comunicaci n p blicaó ú de obra y $4.327.-, por comunicaci n p blica de fonogramas,ó ú a contar del mes de octubre de 2016, estableci ndose que este monto se reajustar a losé í d as 1 de enero, 1 de mayo y 1 de septiembre de cada a o, en el mismoí º º º ñ porcentaje de variaci n del ndice de Precios al Consumidor en los cuatroó Í meses anteriores, conforme a lo que se estipul en la cl usula d cima deló á é contrato. Se ala que el valor actual de la tarifa musicalñ , respecto del per odo junio de 2019 es de $ 13.906.-í Refiere que, la demandada a partir del 1 de noviembre de 2017, no ha pagado la tarifa acordada ni ha dado cumplimiento a las dem sá obligaciones contenidas en el contrato, y
Fallo
por tanto, que, adem s del pagoá respectivo, sta deber pagar a t tulo de avaluaci n anticipada de perjuicios,é á í ó el inter s corriente bancario para operaciones reajustables a contar delé und cimo d a del mes siguiente a cada mes adeudado y hasta el pagoé í efectivo, de acuerdo a lo estipulado en la cl usula cuarta del contrato.á Solicita, de igual modo, que se le condene a pagar el m ximo de laá multa establecida en el art culo 78 de la Ley N 17.336, toda vez, que el noí ° pago de la remuneraci n que en este acto se demanda, constituye unaó infracci n a los art culos 21 y 67 de la Ley N 17.336.ó í ° Previas citas legal a los art culos 21 y 91 y siguientes de la Leyí 17.336, art culos 1489 y 1559 del C digo Civil, en relaci n con el art culoí ó ó í 680 del C digo de Procedimiento Civil, pide tener por interpuesta demandaó en juicio sumario de cumplimiento de contrato con indemnizaci n deó perjuicios en contra de Sociedad de Servicios Yari SpA, antes llamada Sociedad de Servicios Yari S.A, representada legalmente por don Ricardo Hugo Salas Osorio, ya individualizados, y, en definitiva acogerla, conden ndola a lo siguiente: a) A pagar a su representada la tarifa mensualá pactada en el Contrato de Autorizaci n de Ejecuci n P blica de Obrasó ó ú Musicales A-N 108971, respecto del per odo adeudado, comprendido entre° í los meses de noviembre de 2017 a junio de 2019, ambos inclusive.- b) A pagar a su representada la tarifa mensual por el per odo comprendido entreí el 1 de julio
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 13º Juzgado Civil de Santiago CAUSA ROL : C-23001-2019 CARATULADO : SOCIEDAD CHILENA DE AUTORES E INTÉRPRETES MUSICALES/SOCIEDAD DE SERVICIOS YARI SPA Santiago, once de Mayo de dos mil veinte Vistos: Comparece en autos don Patricio Villegas Castro, abogado, con domicilio en Bernarda Mor n N 435, comuna de Providencia, ení ° representaci n de la ó Sociedad
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