MP C/ CAMILO ANDRÉS DONOSO TORRES
Rol
O-2285-2021
Fecha
6 de diciembre de 2022
Materia
HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE 4 A 40 UTM.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El 19 de abril de 2021 alrededor de las 03:30 horas Camilo Donoso Torres y Christian Maldonado Trujillo hurtaron el vehículo Nissan V16 patente WP 4102, propiedad de Juan Carlos Silva Mayorga, que estaba estacionado en calle Honorino Landa 3 frente al número 4055, comuna de Valdivia. El valor del vehículo es de 1.5000.000. Fueron sorprendidos por carabineros con el vehículo en su poder algunos minutos después del robo. Ambos sabían que había sido hurtado. (sic). Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio RUC N° 2100375437-2-1084 y la parte resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y además visto lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 11 N° 9, 15 N° 1, 70, 446 N° 2, y siguientes del Código Penal; artículos 388, 395 y siguientes del Código Procesal Penal; y Ley N° 18.216; se declara: 1. Que se CONDENA a CAMILO ANDRÉS DONOSO TORRES, cédula de identidad Nº 19.239.651-4, chileno, pintor, domiciliado en calle Calama N° 716, Valdivia, a la pena de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MINIMO, a pagar una multa de UN (1/3) TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, a beneficio Fiscal, y accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad en calidad de autor del delito de, HURTO SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 446 N° 2 del Código Penal, en grado de desarrollo consumado cometido en la ciudad de Valdivia con fecha 19 de abril de 2021, en perjuicio de Juan Carlos Silva Mayorga. 2. Para el cumplimiento de la pena privativa de libertad, se sustituye por la pena de remisión condicional de la misma, que deberá ser cumplida en Gendarmería de Chile, con un plazo de observación de un año en el Centro de Reinserción Social correspondiente, esto es Valdivia, debiendo cumplir las demás exigencias Código: ECWBXCZVFXS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl del artículo 4 de la
Fallo
Por estas consideraciones y además visto lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 11 N° 9, 15 N° 1, 70, 446 N° 2, y siguientes del Código Penal; artículos 388, 395 y siguientes del Código Procesal Penal; y Ley N° 18.216; se declara: 1. Que se CONDENA a CAMILO ANDRÉS DONOSO TORRES, cédula de identidad Nº 19.239.651-4, chileno, pintor, domiciliado en calle Calama N° 716, Valdivia, a la pena de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MINIMO, a pagar una multa de UN (1/3) TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, a beneficio Fiscal, y accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad en calidad de autor del delito de, HURTO SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 446 N° 2 del Código Penal, en grado de desarrollo consumado cometido en la ciudad de Valdivia con fecha 19 de abril de 2021, en perjuicio de Juan Carlos Silva Mayorga. 2. Para el cumplimiento de la pena privativa de libertad, se sustituye por la pena de remisión condicional de la misma, que deberá ser cumplida en Gendarmería de Chile, con un plazo de observación de un año en el Centro de Reinserción Social correspondiente, esto es Valdivia, debiendo cumplir las demás exigencias Código: ECWBXCZVFXS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl del artículo 4 de la Ley N° 18.216. El sentenciado deberá presentarse ante el Centro de Reinserción Social de Valdivia una vez ejecutoriada la sentencia y si as
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SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO Valdivia, seis de diciembre de dos mil veintidós. Hechos: El 19 de abril de 2021 alrededor de las 03:30 horas Camilo Donoso Torres y Christian Maldonado Trujillo hurtaron el vehículo Nissan V16 patente WP 4102, propiedad de Juan Carlos Silva Mayorga, que estaba estacionado en calle Honorino Landa 3 frente al número 4055, comuna de Valdivia. El valor del veh
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