Juzgado de Garantía de Ovalle.

M. PUBLICO C/ CLAUDIO HERNÁN DELGADO ROBLES

Rol

O-3498-2022

Fecha

9 de diciembre de 2022

Materia

HURTO FALTA (494 BIS CODIGO PENAL).

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día 08 de diciembre de 2022, alrededor de las 15:20 horas, el imputado Claudio Hernan Delgado Robles, sustrajo desde la tienda Falabella, ubicada en calle Prolongación Benavente N° 1075, local 100, comuna de Ovalle, un jockey marca NBA de color negro avaluado en la suma de $21.990, el cual oculto entre sus vestimentas para posteriormente traspasar el sector de cajas sin pagar su valor comercial, siendo sorprendido por guardias de seguridad en los instantes que se retiraba del referido comercio. Parte resolutiva Y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 15, 30, 49, 50, 62, 68, 70 y 494 bis del Código Penal; artículo 388 y siguientes del Código Procesal Penal; se declara: I.- Que se acoge el requerimiento y por tanto se condena a Claudio Hernán Delgado Robles, cédula nacional de identidad N°17.112.597-9, ya individualizado, a sufrir la pena de multa de (1/3) de unidad tributaria mensual, por su participación en calidad de autor de la falta de hurto, contemplado en el artículo 494 Bis del Código Penal, frustrado, hecho cometido en la comuna de Ovalle, en perjuicio de la tienda Falabella de esta ciudad, el día 08 de diciembre de 2022. II.- Se tendrá por cumplida la multa atendido el mayor tiempo que el sentenciado ha estado privado de libertad en estos antecedentes. III.- Se absuelve al sentenciado del pago de las costas del procedimiento. Dése cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en su oportunidad. Dictada por doña Ethel Henriquez Opazo, Jueza (S) del Juzgado de Garantía de Ovalle.- JUZGADO DE GARANTÍA OVALLE Vicuña Mackenna Nº575 Fonos (053) 630044 – 630047 / Fax (053) 632903 Código: QYPDXCQXRWR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-12-09T18:58:33-0300

Fallo

se declara: I.- Que se acoge el requerimiento y por tanto se condena a Claudio Hernán Delgado Robles, cédula nacional de identidad N°17.112.597-9, ya individualizado, a sufrir la pena de multa de (1/3) de unidad tributaria mensual, por su participación en calidad de autor de la falta de hurto, contemplado en el artículo 494 Bis del Código Penal, frustrado, hecho cometido en la comuna de Ovalle, en perjuicio de la tienda Falabella de esta ciudad, el día 08 de diciembre de 2022. II.- Se tendrá por cumplida la multa atendido el mayor tiempo que el sentenciado ha estado privado de libertad en estos antecedentes. III.- Se absuelve al sentenciado del pago de las costas del procedimiento. Dése cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en su oportunidad. Dictada por doña Ethel Henriquez Opazo, Jueza (S) del Juzgado de Garantía de Ovalle.- JUZGADO DE GARANTÍA OVALLE Vicuña Mackenna Nº575 Fonos (053) 630044 – 630047 / Fax (053) 632903 Código: QYPDXCQXRWR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-12-09T18:58:33-0300

Texto Completo (Preview)

/acb SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO Fecha Ovalle., nueve de diciembre de dos mil veintidos Tribunal Juzgado de Garantía de Ovalle Magistrado ETHEL HENRIQUEZ OPAZO RUC 2201232988-5 RIT 3498-2022 Delito Hurto falta, artículo 494 Bis del Código Penal Grado de ejecución frustrado Participación autor Atenuante(s) articulo 11 N° 9 del Código Penal Agravante(s) No concurren NO

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