Juzgado de Garantía de Puerto Varas.

MINISTERIO PUBLICO C/ LUIS ALEJANDRO VALENZUELA INOSTROZA

Rol

O-1374-2022

Fecha

7 de diciembre de 2022

Materia

RECEPTACION. ART. 456 BIS A., ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y OÍDOS Por las consideraciones expuestas y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 9, 15 N°1, 29, 30, 49 y siguientes, 50, 67 y siguientes, 432, 440, 472 bis A del Código Penal; Código Procesal Penal; Ley 19.970, SE DECLARA: I. Que SE CONDENA a LUIS ALEJANDRO VALENZUELA INOSTROZA cédula de identidad Nº 12.673.324-0, domiciliado en Calle Reloncaví casa 3 Villa Alessandri, comuna de Puerto Varas, por su responsabilidad como AUTOR en el delito FRUSTRADO de ROBO CON Código: GFXKXCYVXDR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Juzgado de Garantía de Puerto Varas FUERZA EN LAS COSAS, EN LUGAR HABITADO, previsto y sancionado en el artículo 440 N°1 del Código Penal, hecho ocurrido el día 1 de julio del año 2022, en la comuna de Puerto Varas, a una pena de TRES (3) ANOS Y UN (1) DIA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos, inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena. II. Que, se condena al acusado ya individualizado por su responsabilidad como AUTOR en el delito CONSUMADO de REPECTACION, previsto y sancionado en el artículo 456 bis A del Código Penal, hecho ocurrido el día 19 de junio del año 2022, en la comuna de Puerto Varas, a una pena de SESENTA Y UN (61) DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MINIMO, la suspensión para cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena, y multa de UNA (1) UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL. III.- Que por no cumplir los requisitos previstos en la Ley 18.216 no se concede al sentenciado ninguna pena sustitutiva para cumplir las penas impuestas, de acuerdo al artículo 74 del Código Penal, comenzando con la más grave, las cuales serán de cumplimiento EFECTIVO, en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Puerto Montt, sirviéndole como abono el tiempo que registra detenido y en prisión preventiva en razón de esta causa, a saber desde el 1 de

Fallo

SE DECLARA: I. Que SE CONDENA a LUIS ALEJANDRO VALENZUELA INOSTROZA cédula de identidad Nº 12.673.324-0, domiciliado en Calle Reloncaví casa 3 Villa Alessandri, comuna de Puerto Varas, por su responsabilidad como AUTOR en el delito FRUSTRADO de ROBO CON Código: GFXKXCYVXDR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Juzgado de Garantía de Puerto Varas FUERZA EN LAS COSAS, EN LUGAR HABITADO, previsto y sancionado en el artículo 440 N°1 del Código Penal, hecho ocurrido el día 1 de julio del año 2022, en la comuna de Puerto Varas, a una pena de TRES (3) ANOS Y UN (1) DIA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos, inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena. II. Que, se condena al acusado ya individualizado por su responsabilidad como AUTOR en el delito CONSUMADO de REPECTACION, previsto y sancionado en el artículo 456 bis A del Código Penal, hecho ocurrido el día 19 de junio del año 2022, en la comuna de Puerto Varas, a una pena de SESENTA Y UN (61) DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MINIMO, la suspensión para cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena, y multa de UNA (1) UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL. III.- Que por no cumplir los requisitos previstos en la Ley 18.216 no se concede al sentenciado ninguna pena sustitutiva para cumplir las penas impuestas, de acuerdo al artículo 74 del Código Penal, come

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Juzgado de Garantía de Puerto Varas SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO. Hecho 1: “El día 19 de junio del año 2022, en horas de la madrugada, aproximadamente a las 5:07 horas, carabineros sorprendió en calle Puente esquina calle Cuatro, Puerto Varas al imputado Luis Alejandro Valenzuela Inostroza manteniendo en su poder una lavadora sin dar razones justificadas de su tenencia, conociendo o no

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