MARCELO ANDRES COVARRUBIAS LEON C/ YERHANN DYLAN PÉREZ VÉLIZ
Rol
O-4161-2019
Fecha
6 de diciembre de 2022
Materia
DAÑOS SIMPLES.
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: El día 22 de octubre del 2019 a las 20:10 el vigilante de calabozos de la Segunda Comisaría de Carabineros de Quilpué, la víctima MARCELO ANDRÉS COVARRUBIAS LEÓN, se encontraba realizando labores propias de su oficio, cuando se percató que los requeridos JUAN ANTONIO ARDILÉS CARMONA, YERHANN DYLAN PÉREZ VÉLIZ y CRISTIAN JAVIER SANHUEZA BUSTOS habían dañado la cámara de seguridad del recinto tirando de sus cables, dejándola inutilizada. El avalúo de los daños asciende a la suma de $60.000. SENTENCIA ABSOLUTORIA: Quilpué, seis de diciembre de dos mil veintidós. Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, y la resolutiva es del siguiente tenor: Visto además lo dispuesto en los artículos 1, 5, 7, 487 del Código Penal, 45, 48, 297 y 340 del Código Procesal Penal, se resuelve: I.- Que se ABSUELVE a JUAN ANTONIO ARDILES CARMONA, cédula de identidad N° 12.719.574-9, ya individualizado, de la imputación realizada por parte del Ministerio Público como autor de un delito de daños, previsto y sancionado en el artículo 487 del Código Penal y por hechos presuntamente ocurridos en territorio jurisdiccional de este Tribunal, con fecha 22 de octubre del año 2019. II.- Que se exime de costas al ente persecutor, por el motivo plausible con el que litigó. Dese cumplimiento a la anotación y registro de la sentencia una vez que se encuentre ejecutoriada. Intervinientes renuncian a los plazos y recursos legales y la presente sentencia queda FIRME Y EJECUTORIADA. RUC N° 1901146657-8 RIT N° 4161-2019 Dictada por doña PAULA BEATRIZ MILLON LORENS, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Quilpué. Código: YQLMXCJKVXR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-12-07T12:22:52-0300
Fallo
se resuelve: I.- Que se ABSUELVE a JUAN ANTONIO ARDILES CARMONA, cédula de identidad N° 12.719.574-9, ya individualizado, de la imputación realizada por parte del Ministerio Público como autor de un delito de daños, previsto y sancionado en el artículo 487 del Código Penal y por hechos presuntamente ocurridos en territorio jurisdiccional de este Tribunal, con fecha 22 de octubre del año 2019. II.- Que se exime de costas al ente persecutor, por el motivo plausible con el que litigó. Dese cumplimiento a la anotación y registro de la sentencia una vez que se encuentre ejecutoriada. Intervinientes renuncian a los plazos y recursos legales y la presente sentencia queda FIRME Y EJECUTORIADA. RUC N° 1901146657-8 RIT N° 4161-2019 Dictada por doña PAULA BEATRIZ MILLON LORENS, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Quilpué. Código: YQLMXCJKVXR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-12-07T12:22:52-0300
Texto Completo (Preview)
HECHOS: El día 22 de octubre del 2019 a las 20:10 el vigilante de calabozos de la Segunda Comisaría de Carabineros de Quilpué, la víctima MARCELO ANDRÉS COVARRUBIAS LEÓN, se encontraba realizando labores propias de su oficio, cuando se percató que los requeridos JUAN ANTONIO ARDILÉS CARMONA, YERHANN DYLAN PÉREZ VÉLIZ y CRISTIAN JAVIER SANHUEZA BUSTOS habían dañado la cámara de seguridad del recint
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