CRISTIAN ARTURO VERA NUÑEZ C/ GUILLERMO ANTONIO SÁNCHEZ CASTILLO
Rol
O-3696-2021
Fecha
5 de diciembre de 2022
Materia
CONDUC.EBRIEDAD SUSP.LIC. ART.196Y209 INC.2 LEY.TRANSITO.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El día 27 de enero de 2021, a las 20:50 horas aproximadamente, el imputado Guillermo Sánchez Castillo fue sorprendido por funcionarios de carabineros en ruta H-600, Pelequén de la comuna de Malloa, conduciendo el vehículo marca Chevrolet, modelo Aveo, placa patente única BBVC-20. Al efectuar el respectivo examen intoxilyzer el imputado reveló preliminarmente 1.83 gramos de alcohol por litro de sangre. Posteriormente fue trasladado para la alcoholemia de rigor, la que dio como resultado que el imputado conducía con 1.88 gramos de alcohol por litro de sangre. El imputado conducía sin haber obtenido licencia de conductor.. Vistos y oídos los intervinientes: Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente; la resolutiva es del siguiente tenor: Y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 11 N° 9, 15 N° 1, 30, 67 y siguientes del Código Penal; artículo 196 en relación con el artículo 110 y 209 de la Ley de Transito 18.290, normas pertinentes al Código Procesal Penal; artículo 406 y siguientes; normas respectivas de la Ley 18.216, SE RESUELVE: Código: HWXXXCRGXLQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl https://oficinajudicialvirtual.pjud.cl/; mailto:jgrengo@pjud.cl “Encontrándose vigente Ley 20886 sobre Tramitación Electrónica, se informa que toda la documentación debe ser remitida al tribunal a través del portal OFICINA VIRTUAL JUDICIAL https://oficinajudicialvirtual.pjud.cl/; se excluyen las instituciones con convenios”. Pedro Segundo Estrada N° 36 - Rengo Teléfono: 72-2-512844 / Teléfono: +56982995800 (08:00 a 16:00 horas) correo electrónico: jgrengo@pjud.cl I.- Que SE CONDENA a GUILLERMO ANTONIO SÁNCHEZ CASTILLO, cédula de identidad N° 13345376-8, domiciliado en MARCELA PAZ, VILLA LOS ARTESANOS Nº 120, Malloa., bajo la atenuante 11 N°9, sin agravantes que considerar, participación autor en grado de desarrollo consumado, por el
Fallo
SE RESUELVE: Código: HWXXXCRGXLQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl https://oficinajudicialvirtual.pjud.cl/; mailto:jgrengo@pjud.cl “Encontrándose vigente Ley 20886 sobre Tramitación Electrónica, se informa que toda la documentación debe ser remitida al tribunal a través del portal OFICINA VIRTUAL JUDICIAL https://oficinajudicialvirtual.pjud.cl/; se excluyen las instituciones con convenios”. Pedro Segundo Estrada N° 36 - Rengo Teléfono: 72-2-512844 / Teléfono: +56982995800 (08:00 a 16:00 horas) correo electrónico: jgrengo@pjud.cl I.- Que SE CONDENA a GUILLERMO ANTONIO SÁNCHEZ CASTILLO, cédula de identidad N° 13345376-8, domiciliado en MARCELA PAZ, VILLA LOS ARTESANOS Nº 120, Malloa., bajo la atenuante 11 N°9, sin agravantes que considerar, participación autor en grado de desarrollo consumado, por el delito realizado el día 27 de Enero de 2021 a las 20:50 horas, conducción en estado de ebriedad sin haber obtenido licencia de conducir prescrito y sancionado en el artículo 196 en relación al artículo 209 y 210 de la Ley 18.290, delito perpetrado en la comuna de Rengo, a la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, accesorias artículo 30, esto es, la suspensión de cargo u oficio público durante el lapso de la condena, multa de DOS UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, pena accesoria contenida en la Ley 18.216, esto es, la PROHIBICION DE OBTENCION DE LICENCIA DE CONDUCIR POR EL LAPSO DE
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“Encontrándose vigente Ley 20886 sobre Tramitación Electrónica, se informa que toda la documentación debe ser remitida al tribunal a través del portal OFICINA VIRTUAL JUDICIAL https://oficinajudicialvirtual.pjud.cl/; se excluyen las instituciones con convenios”. Pedro Segundo Estrada N° 36 - Rengo Teléfono: 72-2-512844 / Teléfono: +56982995800 (08:00 a 16:00 horas) correo electrónico: jgrengo@pju
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