A.F.P. CUPRUM S.A.../INSPECCIÓN PROVINCIAL DEL DEL TRABAJO DE LOS ANDES
Rol
I-38-2021
Fecha
12 de octubre de 2021
Materia
Reclamo Multa Administrativa
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS A PROBAR X · PRUEBA RECLAMANTE X · PRUEBA RECLAMADA X · OBSERVACIONES RECLAMANTE X · OBSERVACIONES RECLAMADA X · SENTENCIA X Tribunal provee escritos: Al escrito de la parte reclamante: Téngase presente delegación de poder en abogada habilitada que indica. Al escrito de la parte reclamada: Por acompañadas copias digitales de los documentos indicados. Contestación de reclamo: La parte reclamada evacua el traslado conferido respecto de la contestación del reclamo, solicitando el rechazo del mismo. Llamado a conciliación: No se produce. La parte reclamada señala encontrarse imposibilitada de llegar a acuerdo en la presente causa. Hecho no controvertido: El Tribunal propone el siguiente hecho pacífico, el cual es aceptado por ambas partes: 1. Que, la Inspección Provincial del Trabajo de Antofagasta cursó a Administradora de Fondo de Pensiones CUPRUM S.A. con fecha 26 de abril de 2021 la multa N° 8585/21/16 mediante la cual aplicó una multa de 40 Unidades Tributarias Mensuales, equivalente a la fecha en que se cursó dicha multa a la cantidad de $2.063.680.- Hechos a probar: El Tribunal recibe la causa a prueba y fija como hechos a ser probados los siguientes: 1. Si la Inspección Provincial del Trabajo de Antofagasta al cursar la multa reclamada a Administradora de Fondo de Pensiones CUPRUM S.A. incurrió en algún error de hecho. 2. Si la multa reclamada por Administradora de Fondo de Pensiones CUPRUM S.A. es procedente atendidas las circunstancias. Ofrecimiento e incorporación de prueba de la reclamante: 1. Documental: Se incorporan, mediante lectura resumida, los siguientes documentos: 1. Contratos de trabajo y anexos de trabajadores indicados en multa. 2. Set de liquidaciones de remuneraciones de trabajadores indicados en multa desde el mes de septiembre de 2020 hasta el mes de marzo de 2021.- 3. Set de anexos de liquidaciones de remuneraciones de trabajadores indicados en multa desde el mes de septiembre de 2020 hasta el mes de marz
Fundamentos
considerando: En mérito de las consideraciones señaladas y visto lo establecido en los artículos 1, 11, 31 inciso primero, 32, 54, 54 bis, 446 y siguientes y 506 del Código del Trabajo y artículo 23 de DFL N° 2 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social de 1.967,
Fallo
se resuelve: I. Que, se rechaza la reclamación de multa interpuesto por don Juan Francisco Vicuña Larraín, abogado, en representación de Administradora de Fondo de Pensiones CUPRUM S.A. en contra de la multa N° 8585/21/16 de fecha 26 de abril de 2021, emanada de la Inspección Provincial del Trabajo de Antofagasta, todos ya individualizados, por lo que se mantiene la misma. II. Que, se condena en costas a la parte reclamante, las que se fijan en la cantidad prudencial de $200.000.- Regístrese y archívese, en su oportunidad. En atención a lo establecido en el artículo 63 del Acta N° 71 - 2016 de la Excelentísima Corte Suprema, se autoriza la transcripción exclusivamente de la parte resolutiva de la presente sentencia. En caso de ser recurrida, transcríbase íntegramente. Téngase a ambas partes por notificadas personalmente de todas las resoluciones dictadas en audiencia y remítase copia de la presente acta a sus correos electrónicos. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de ambas partes. Dirigió la audiencia, resolvió y dictó sentencia doña Marcela Vittoria Höfflinger Parra, Jueza Suplente del Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta. En Antofagasta, a ocho de octubre de dos mil veintiuno, se notificó por estado diario la resolución precedente. /fkc
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JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE ANTOFAGASTA AUDIENCIA ÚNICA POR VIDEOCONFERENCIA EN PLATAFORMA ZOOM FECHA Antofagasta, ocho de octubre de dos mil veintiuno MAGISTRADO MARCELA VITTORIA HÖFFLINGER PARRA HORA DE INICIO 12:10 HORA DE TÉRMINO 13:01 ENCARGADO DE ACTA Felipe Knuckey Cuadra SALA 1 RUC 21-4-0349619-4 RIT I-38-2021 REGISTRO DE AUDIO N° 2140349619-4-1335 RESOLUCIÓN Sente
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