MP C/ DIÓGENES EDUARDO YEPSEN NEIRA
Rol
O-4456-2019
Fecha
1 de diciembre de 2022
Materia
HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: El día 12 de diciembre del año 2019, a las 09:10 aproximadamente, en Av. Freire 1351, que corresponde al supermercado Líder de esta ciudad, el imputado se apropió con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño de diversas especies a saber, entre ellas: 02 cortes de lomo liso, 01 cortes de sobrecostilla, 01 shampoo, 01 jabón, 01 salame artesanal y 01 salame TPF, especies todas avaluadas $33.250, los cuales ocultó al interior de una bolsa ecológica que portaba, traspasando el lineal de las cajas registradoras sin pagar el valor de las especies, siendo detenido por guardias. SENTENCIA ABSOLUTORIA: Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, y la resolutiva es del siguiente tenor: Visto además lo dispuesto en los artículos 1, 5, 7 y 446 N° 3 del Código Penal, artículo 45, 48, 297, 340 y 388 y siguientes del Código Procesal Penal, se resuelve: I.- Que se ABSUELVE a DIÓGENES EDUARDO YEPSEN NEIRA, cédula de identidad N° 6.896.108-4, ya individualizado, de la imputación realizada por parte del Ministerio Público como autor de un delito de Hurto, previsto y sancionado en el artículo 446 N° 3 del Código Penal y por hechos presuntamente ocurridos en territorio jurisdiccional de este Tribunal, con fecha 12 de diciembre del año 2019.- II.- Que se absuelve al Ministerio Público de costas, estimando que litigó con motivo plausible. Dese cumplimiento al artículo 468 del Código Procesal Penal. Anótese, regístrese y archívese la sentencia en su oportunidad. Sentencia firme y ejecutoriada. RUC N° 1901346472-6 RIT N° 4456 – 2019 Dictada por doña PAULA BEATRIZ MILLON LORENS, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Quilpué. Código: XSXSXCTCCCP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: XSXSXCTCCCP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-12-02T12:48:23-0300
Fallo
se resuelve: I.- Que se ABSUELVE a DIÓGENES EDUARDO YEPSEN NEIRA, cédula de identidad N° 6.896.108-4, ya individualizado, de la imputación realizada por parte del Ministerio Público como autor de un delito de Hurto, previsto y sancionado en el artículo 446 N° 3 del Código Penal y por hechos presuntamente ocurridos en territorio jurisdiccional de este Tribunal, con fecha 12 de diciembre del año 2019.- II.- Que se absuelve al Ministerio Público de costas, estimando que litigó con motivo plausible. Dese cumplimiento al artículo 468 del Código Procesal Penal. Anótese, regístrese y archívese la sentencia en su oportunidad. Sentencia firme y ejecutoriada. RUC N° 1901346472-6 RIT N° 4456 – 2019 Dictada por doña PAULA BEATRIZ MILLON LORENS, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Quilpué. Código: XSXSXCTCCCP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: XSXSXCTCCCP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-12-02T12:48:23-0300
Texto Completo (Preview)
Imputado apercibido por el artículo 26 del Código Procesal Penal. HECHOS: El día 12 de diciembre del año 2019, a las 09:10 aproximadamente, en Av. Freire 1351, que corresponde al supermercado Líder de esta ciudad, el imputado se apropió con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño de diversas especies a saber, entre ellas: 02 cortes de lomo liso, 01 cortes de sobrecostilla, 01 shampoo, 01 jab
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