1º Juzgado de Letras de Puerto Varas

TORRES/TURISMO PEULLA SPA

Rol

T-19-2020

Fecha

8 de octubre de 2021

Materia

Art. 2 CT. Sobre actos de discriminación

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos imprevistos e imposibles de resistir, que tanto el país como la empresa han sufrido, y muy probablemente, continuarán sufriendo, producto de la situación social y política en que nos encontramos. Conocido es para usted que el Turismo y viajes en general son una industria que se nutre del flujo de personas, nacionales y extranjeras, que visitan distintos lugares de nuestro país, con el fin de conocerlos y recorrerlos. SOC. AGENCIA DE VIAJES ANDINA DEL SUD SPA (el nombre cambia dependiendo de la sociedad con la que esté suscrito el contrato) se dedica desde hace largos años a dicha industria. Pues bien, desde el 18 de octubre de 2019, el país se encuentra atravesando por una serie de hechos de violencia que han afectado profundamente la institucionalidad y el orden que durante años ha mantenido a Chile como un destino seguro y tranquilo para los turistas y viajeros. De hecho, en diciembre de 2019 el número de pernoctaciones en establecimientos de alojamiento turístico del país se contrajo 11,9%, según reveló el Instituto Nacional de Estadísticas. La inseguridad en las principales ciudades del país durante todo el período de manifestaciones impidió al sector operar con normalidad, afectando gravemente sus ventas, que en octubre arrojaron la caída más grande en 28 años, según confirmara la Cámara Nacional de Comercio. El estallido social gatilló una baja en el turismo y viajes, tanto internacionales y nacionales, provocada por la inseguridad y violencia que se vivía en distintas regiones del país. En las principales ciudades del país, donde se registraron los mayores hechos de violencia, se vio una disminución en la llegada de turistas extranjeros que en noviembre de 2019 alcanzó el 37%. Adicionalmente, las situaciones relatadas, también significaron una importante baja en la compra de paquetes turísticos y viajes desde Chile al extranjero, los cuales no se prevé aumenten, dada la precarización de la economía en general. Si bien hubo una suspensión parcial de los

Fundamentos

fundamentos que:“Por medio de la presente, informamos a Ud. que, a partir de esta fecha, SOC. AGENCIA DE VIAJES ANDINA DEL SUD SPA (el nombre cambia dependiendo de la sociedad con la que esté suscrito el contrato) ha resuelto poner término a su contrato de trabajo, por concurrencia de la causal contemplada en el Artículo 159 N°6 del Código del Trabajo, esto es "Caso fortuito o fuerza mayor”. La causal invocada se funda, conforme lo dispone la norma antes citada, en una serie de hechos imprevistos e imposibles de resistir, que tanto el país como la empresa han sufrido, y muy probablemente, continuarán sufriendo, producto de la situación social y política en que nos encontramos. Conocido es para usted que el Turismo y viajes en general son una industria que se nutre del flujo de personas, nacionales y extranjeras, que visitan distintos lugares de nuestro país, con el fin de conocerlos y recorrerlos. SOC. AGENCIA DE VIAJES ANDINA DEL SUD SPA (el nombre cambia dependiendo de la sociedad con la que esté suscrito el contrato) se dedica desde hace largos años a dicha industria. Pues bien, desde el 18 de octubre de 2019, el país se encuentra atravesando por una serie de hechos de violencia que han afectado profundamente la institucionalidad y el orden que durante años ha mantenido a Chile como un destino seguro y tranquilo para los turistas y viajeros. De hecho, en diciembre de 2019 el número de pernoctaciones en establecimientos de alojamiento turístico del país se contrajo 11,9%, según reveló el Instituto Nacional de Estadísticas. La inseguridad en las principales ciudades del país durante todo el período de manifestaciones impidió al sector operar con normalidad, afectando gravemente sus ventas, que en octubre arrojaron la caída más grande en 28 años, según confirmara la Cámara Nacional de Comercio. El estallido social gatilló una baja en el turismo y viajes, tanto internacionales y nacionales, provocada por la inseguridad y violencia que se vivía en distintas regiones del país. En las principales ciudades del país, donde se registraron los mayores hechos de violencia, se vio una disminución en la llegada de turistas extranjeros que en noviembre de 2019 alcanzó el 37%. Adicionalmente, las situaciones relatadas, también significaron una importante baja en la compra de paquetes turísticos y viajes desde Chile al extranjero, los cuales no se prevé aumenten, dada la precarización de la economía en general. Si bien hubo una suspensión parcial de los hechos de violencia desde el mes de marzo de 2020, que nos hizo pensar en un futuro de recuperación, se produjo un rebrote a partir de octubre de 2020, reactivándose los desmanes con gran violencia y descontrol. La última gran demostración de violencia ocurrió con fecha 18 de octubre pasado, en que se volvieron a quemar importantes edificios patrimoniales, saquearon locales comerciales y se infundió temor a la población por medio de hechos de violencia que, según las autoridades, alcanzaron la cantidad de 107 h

Fallo

Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 4, 5, 7,10, 42, 63 y sgtes., 160, 162, 163, 168, 172, 173, 420, 423, 425 a 432, 446 y sgtes. del Código del Trabajo; se resuelve: I. - Que se RECHAZAN las excepciones opuestas de falta de requisitos de procesabilidad fundada en el artículo 507 del Código el Trabajo y de legitimación pasiva de las demandadas. II.- Que se RECHAZA la denuncia formulada por los trabajadores debidamente individualizados desde los números uno al veinte del motivo primero de este texto, sobre Tutela laboral por vulneración de derechos fundamentales con ocasión del despido en contra de las empresas también individualizadas en el párrafo segundo del motivo primero. III.- Que se ACOGE la demanda subsidiaria deducida por los trabajadores debidamente individualizados desde los números uno al veinte del motivo primero de este texto, por despido injustificado, cobro de prestaciones y declaración de único empleador en contra de Turismo Peulla SpA Rut 77.999.770-7; Sociedad de Transportes Andina del Sud SpA Rut 86.020.300-6; Sociedad Agencia de viajes Andina del Sud SpA, Rut 87.747.300-7; Asesorías en Informática y Comunicación SpA Rut 96.837.330-7; Comercial Peulla Rut: 79962870- 8; Naviera Isla Margarita SpA RUT 78.094.700-4, todas representadas por don Juan Belarmino Cárcamo Ascencio, cédula nacional de identidad número 8.300.708-7, en consecuencia: IV.- Se declara injustificado el despido del demandante.- V.- Se declara que la

Texto Completo (Preview)

Puerto Varas, ocho de octubre de dos mil veintiuno. PRIMERO: Que en autos RIT T19-2020, comparecen (1) Andrea Soledad Torres Reyes, chilena, trabajadora, cédula nacional de identidad número 12.757.806-0, domiciliada en Ágata 6140, Puerto Montt; (2) Cristian Patricio Torres Quejas, chileno, trabajador, cédula nacional de identidad número 15.280.273-0 domiciliado en Colon Manzana 1 Casa 3, Puerto Va

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