LLANOS/MUÑOZ
Rol
O-1575-2020
Fecha
8 de octubre de 2021
Materia
Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido indirecto, Indemnización del artículo 87 del Estatuto Docente, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Reajustes e intereses, Recargos, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: Registrado en audio. CONCILIACIÓN Se hace presente que la parte demandada, notificada legalmente, no concurrió a esta audiencia, por tanto, llamadas a las partes a conciliación esta no se ha arribado. Y sin que se haya contestado la demanda dentro del plazo legal establecido en el artículo 452 del Código del Trabajo, se hace uso de la facultad que confiere el artículo 453 N°1 Inciso 7° del mismo Código, dictando sentencia en esta audiencia. Se deja constancia que el Magistrado don Eliecer Cayul Gallegos, da lectura integra a la sentencia dictada en audio, constando en la presente acta solo la transcripción de la parte resolutiva del fallo. SENTENCIA: Concepción, ocho de octubre de dos mil veintiuno. VISTO, OIDOS Y TENIENDO PRESENTE: En mérito de estas consideraciones, citas legales y visto lo prescrito en los artículos 1, 7, 8, 41, 42, 54, 73, 160 n° 7,162 163, 168, 171, 173, 446 al 462 Código del Trabajo, se declara: I.- Que, se acoge la demanda interpuesta por doña DANIELA MARITZA LLANOS VILLA, en contra de doña CECILIA MARISEL MUÑOZ TORRES, ambas ya individualizas en la parte expositiva de este fallo y en consecuencia se declara que se poner término al contrato de trabajo que unía a las partes por incumplimiento grave de las obligaciones que emanan del contrato por parte del empleador, fecha del término 01 de octubre de 2020. En consecuencia se condena a la demandada al pago de las siguientes prestaciones: a).- La suma de $2.714.223, por concepto de remuneraciones devengadas no pagadas, correspondientes a 15 días del mes de abril, mayo, junio, julio, agosto y septiembre de 2020. b).- La suma de $493.495, por concepto de la indemnización sustitutiva del aviso previo. c).- La suma de $493.495, por concepto de indemnización por un año de servicio. d).- La suma de $246.748, por concepto del 50% de recargo legal de la indemnización antes dicha. II.- Que las sumas ordenadas pagar deberán serlo con los intereses y reajustes respectivos. III.- La demandada
Fallo
por tanto se entiende en rebeldía. INDIVIDUALIZACION DE LAS PARTES: Registrado en audio. RELACION DE LOS HECHOS: Registrado en audio. CONCILIACIÓN Se hace presente que la parte demandada, notificada legalmente, no concurrió a esta audiencia, por tanto, llamadas a las partes a conciliación esta no se ha arribado. Y sin que se haya contestado la demanda dentro del plazo legal establecido en el artículo 452 del Código del Trabajo, se hace uso de la facultad que confiere el artículo 453 N°1 Inciso 7° del mismo Código, dictando sentencia en esta audiencia. Se deja constancia que el Magistrado don Eliecer Cayul Gallegos, da lectura integra a la sentencia dictada en audio, constando en la presente acta solo la transcripción de la parte resolutiva del fallo. SENTENCIA: Concepción, ocho de octubre de dos mil veintiuno. VISTO, OIDOS Y TENIENDO PRESENTE: En mérito de estas consideraciones, citas legales y visto lo prescrito en los artículos 1, 7, 8, 41, 42, 54, 73, 160 n° 7,162 163, 168, 171, 173, 446 al 462 Código del Trabajo, se declara: I.- Que, se acoge la demanda interpuesta por doña DANIELA MARITZA LLANOS VILLA, en contra de doña CECILIA MARISEL MUÑOZ TORRES, ambas ya individualizas en la parte expositiva de este fallo y en consecuencia se declara que se poner término al contrato de trabajo que unía a las partes por incumplimiento grave de las obligaciones que emanan del contrato por parte del empleador, fecha del término 01 de octubre de 2020. En consecuencia se condena a l
Texto Completo (Preview)
ACTA DE AUDIENCIA PREPARATORIA PROCEDIMIENTO ORDINARIO (Audiencia efectuada por videoconferencia a través de plataforma digital zoom) FECHA 08 de octubre de 2021 RUC 20-4-0301370-7 RIT O-1575-2020 MAGISTRADO ELIECER CAYUL GALLEGOS Audio ADMINISTRATIVO DE ACTAS Fabiola Godoy Aburto Remoto HORA DE INICIO 10:41 horas N°3 HORA DE TERMINO 11:05 horas Nº REGISTRO DE AUDIO 2040
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica