Juzgado de Garantía de Lautaro.

MINISTERIO PÚBLICO C/ LUIS EDUARDO GONZÁLEZ MARDONES

Rol

O-946-2022

Fecha

20 de septiembre de 2022

Materia

CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS: “Que, el día 26 de junio de 2022, aproximadamente a las 09:00 hrs., en circunstancias que el requerido conducía el vehículo station wagon, marca Ford, modelo Eco-sport, placa patente única YY5120, a la altura del kilómetro 635 de la ruta 5 Sur de la comuna de Perquenco, perdió el control del móvil, colisionando contra una berrara de contención existente en el lugar, la que resultó con daños y la que es propiedad de la concesionaria Rutas Araucanía. Constituido en el lugar personal policial verificaron que el requerido se encontraba en estado de ebriedad, se le aplicó prueba respiratoria, la que arrojó una gradación de 1,23 gramos de alcohol por litro de sangre y se le trasladó luego al Hospital de Lautaro para efectos de toma de muestra de examen de alcoholemia.” (EL TEXTO INTEGRO DE LA SENTENCIA CONSTA EN EL REGISTRO DE AUDIO DE LA AUDIENCIA) Y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 14, 15, 30, 49, 50, 67, 70 del Código Penal, artículos 110, 111, y 196 de la Ley Nº 18.290 de Tránsito, artículos 7 y siguientes de la Ley 18.216, y 348, 388, 395 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que, se condena a LUIS EDUARDO GONZÁLEZ MARDONES, cédula de identidad N° 12306676-6, 50 años, soltero, gasfíter y eléctrico, domiciliado en calle PAIHUEN Nº 410, Villa Llacolen, comuna de Lautaro., fono 988479427, en su calidad de autor en grado de consumado, de delito de CONDUCCIÓN DE VEHICULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD CAUSANDO DAÑOS, perpetrado el día 26 de junio de 2022, en la comuna de Perquenco, a las siguientes penas: 61 días de presidio menor en su grado mínimo, multa de un tercio (1/3) de unidad tributaria mensual, suspensión de la licencia de conducir por 5 años, accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena; sin costas. II.- Que, se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta, por la pena de RECLUSIÓN PARCIAL, en su modalidad NOCTURNA DOMICILIARIA, por el mismo l

Fallo

se declara: I.- Que, se condena a LUIS EDUARDO GONZÁLEZ MARDONES, cédula de identidad N° 12306676-6, 50 años, soltero, gasfíter y eléctrico, domiciliado en calle PAIHUEN Nº 410, Villa Llacolen, comuna de Lautaro., fono 988479427, en su calidad de autor en grado de consumado, de delito de CONDUCCIÓN DE VEHICULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD CAUSANDO DAÑOS, perpetrado el día 26 de junio de 2022, en la comuna de Perquenco, a las siguientes penas: 61 días de presidio menor en su grado mínimo, multa de un tercio (1/3) de unidad tributaria mensual, suspensión de la licencia de conducir por 5 años, accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena; sin costas. II.- Que, se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta, por la pena de RECLUSIÓN PARCIAL, en su modalidad NOCTURNA DOMICILIARIA, por el mismo lapso de la pena privativa de libertad, esto es 61 días, que deberá cumplir entre las 22:00 horas de cada día hasta las 06:00 horas del día siguiente, en su domicilio, ubicado en Calle PAIHUEN Nº 410, Villa Llacolen, comuna de Lautaro Se otorga a la Defensa el plazo de 5 días para que incorpore un informe de factibilidad de control telemático respecto del sentenciado. De resultar positivo, el control lo realizará Gendarmería; de ser negativo, será Carabineros el órgano encargado de la fiscalización del cumplimiento de la pena sustitutiva. En todo caso, el sentenciado deberá presentarse dentro del plazo de 5 día

Texto Completo (Preview)

RUC : 2210031176-7 RIT : 946 – 2022 MATERIA : CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD CAUSANDO DAÑOS IMPUTADO : MANUEL DOMINGO SANTANDER CURRUHUINCA RESOLUCIÓN : LUIS EDUARDO GONZÁLEZ MARDONES PROCEDIMIENTO : SIMPLIFICADO Lautaro., veinte de septiembre de dos mil veintidós HECHOS: “Que, el día 26 de junio de 2022, aproximadamente a las 09:00 hrs., en circunstancias que el requerido conducía el vehículo s

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