MP C/ JUAN FRANCISCO ROJAS VERGARA
Rol
O-769-2022
Fecha
28 de noviembre de 2022
Materia
ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: “Que el día27 de septiembre de 2022 cerca de las 03 horas de la madrugada, el imputado Juan Francisco Rojas Vergara llegó hasta el inmueble ubicado en calle Las Añañucas N°1031 de la comuna de Caldera. Tal inmueble sirve de morada a la ofendida doña Carolina Edith Oro Gajardo y a sus hijos, quienes se encontraban en el lugar. En tal morada e instante en que el imputado Rojas Vergara ingresó a tal morada saltando el muro que la separa de la vía pública, y adentro ingresó a la casa habitación a través de una ventana. Dentro de la casa, recorrió está buscando especies valiosas siendo visto en tal acción por la ofendida. El imputado Rojas Vergara se apropió de un notebook, ropa, un perfume, una consola eléctrica de videojuegos, una guitarra y un televisor; y al salir del mismo modo en el que ingresó, el imputado no pudo sacar el televisor por lo que abandonó el inmueble y huyó con las demás especies.” SE DECLARA: I. Que se condena a JUAN FRANCISCO ROJAS VERGARA, R.U.N. 15.031.763-0, ya individualizado, a sufrir la pena de TRES (03) AÑOS Y UN (01) DÍA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, a la ACCESORIA DEL ARTÍCULO 29 DEL CÓDIGO PENAL, esto es, inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficio públicos durante el tiempo de la condena, y a la INCORPORACIÓN DE SU HUELLA GENÉTICA EN EL REGISTRO DE CONDENADOS; por su responsabilidad como AUTOR del delito de Robo con fuerza en lugar habitado, previsto y sancionado en el artículo 440 N°1 en relación con el artículo 432, ambos del Código Penal, en grado de desarrollo CONSUMADO, perpetrado en la comuna de Caldera el día 27 de septiembre de 2022. II. Que no concurriendo ninguno de los requisitos de la Ley 18.216, la pena Código: VNKTXCTDCXN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl corporal impuesta al sentenciado ya individualizado, deberá ser cumplida DE FORMA EFECTIVA en el Centro de Cumplimiento Pe
Fallo
SE DECLARA: I. Que se condena a JUAN FRANCISCO ROJAS VERGARA, R.U.N. 15.031.763-0, ya individualizado, a sufrir la pena de TRES (03) AÑOS Y UN (01) DÍA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, a la ACCESORIA DEL ARTÍCULO 29 DEL CÓDIGO PENAL, esto es, inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficio públicos durante el tiempo de la condena, y a la INCORPORACIÓN DE SU HUELLA GENÉTICA EN EL REGISTRO DE CONDENADOS; por su responsabilidad como AUTOR del delito de Robo con fuerza en lugar habitado, previsto y sancionado en el artículo 440 N°1 en relación con el artículo 432, ambos del Código Penal, en grado de desarrollo CONSUMADO, perpetrado en la comuna de Caldera el día 27 de septiembre de 2022. II. Que no concurriendo ninguno de los requisitos de la Ley 18.216, la pena Código: VNKTXCTDCXN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl corporal impuesta al sentenciado ya individualizado, deberá ser cumplida DE FORMA EFECTIVA en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Copiapó, reconociendo como abono todo el tiempo que el sentenciado ha permanecido privado de su libertad con ocasión a la medida cautelar de prisión preventiva impuesta en estos autos, esto es desde el 27 de septiembre de 2022 a la fecha, de manera ininterrumpida. III. Que para el registro de la huella genética del sentenciado, Gendarmería de Chile deberá realizar las coordinaciones con el Servicio M
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SENTENCIA DEFINITIVA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO. FECHA Caldera, veintiocho de noviembre de dos mil veintidós. TRIBUNAL Juzgado de Letras y Garantía de Caldera. MAGISTRADA (S) ANA ELIZABETH PINO PARRA RUC 2200948839-5 RIT 769 - 2022 IMPUTADO JUAN FRANCISCO ROJAS VERGARA R.U.N. 15.031.763-0 FECHA DE NACIMIENTO 08-06-1984 DIRECCIÓN Calle Valparaíso N°326 COMUNA Caldera DELITO Robo con fuerza en luga
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