SERVICIO NACIONAL DE PESCA Y ACUICULTURA/POBLETE
Rol
C-16-2018
Fecha
4 de mayo de 2020
Materia
PESCA Y ACUICULTURA, INFRACCIONES A LA LEY DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: Con fecha 10 de enero de 2020 (folio 1), comparece don RAFAEL CORNEJO ARTEAGA, Inspector del SERVICIO NACIONAL DE PESCA Y ACUICULTURA, Oficina Coronel, domiciliado para estos efectos en Avenida Juan Antonio Ríos N° 2301 de Coronel, quien viene en formular denuncia en contra de don ENRI MAURICIO POBLETE NOVOA, Rut N°12.556.070-9, armador de la embarcación artesanal MAURICIO IGNACIO, matrícula N°3020 de Coronel, con Inscripción en el Registro Pesquero Artesanal N° 964576, domiciliado en Alberto Cousiño N° 21, Lota Alto Comuna de Lota, sobre la base de hechos constitutivos de infracción a la normativa pesquera vigente, esto es a los artículos 63 y 113, de la Ley General de Pesca y Acuicultura y Decreto Supremo N°129 de 2013, todos cuerpos legales dependientes del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, y expone: Que con fecha 5 de junio de 2017, siendo las 13:59 horas aproximadamente, se recibe en la Oficina del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura de Coronel, el formulario de declaración de operación para embarcaciones artesanales (DA) N° 4274106, correspondiente al desembarque de 14.740 kilos de Mote, efectuado el día 5 de marzo de 2017, detectando que éste fue entregado fuera del plazo que el Decreto Supremo N° 129 de 2013, en su artículo 4, mandata y prescribe, ya que en virtud de lo que señala respecto de las declaraciones de desembarque, éstas deben ser entregadas a más tardar al día siguiente hábil de ocurrido el desembarque, situación que, en este caso, no ocurrió, puesto que el desembarque se habría realizado con fecha 5 de marzo de 2017 y la declaración se habría presentado con fecha 5 de junio del mismo año, por lo que XVF RIT« » Foja: 1 procedió a citar al denunciado a la presencia judicial, como infractor de la Ley General de Pesca y Agricultura, por entrega de información estadística pesquera oficial no oportuna. Cita los artículos 63 y 113 de la Ley de Pesca y Acuicultura; el artículo 4 letra b), numeral 2, el artículo 15 y 17 del Decreto
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece don Rafael Cornejo Arteaga, Inspector del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, quien viene en formular denuncia en contra de don ENRI MAURICIO POBLETE NOVOA, Rut N°12.556.070-9, armador de la embarcación artesanal MAURICIO IGNACIO, matrícula N°3020 de Coronel, con Inscripción en el Registro Pesquero Artesanal N° 964576, solicitando,
Fallo
en mérito de lo expuesto y de las disposiciones legales citadas, esto es, artículos N° 63 y 113 de la Ley General de Pesca y Acuicultura; y artículos 4 letra b), 15 y 17 del XV RIT« » Foja: 1 Decreto Supremo N° 129 de 2013, que por la entrega de información estadística pesquera oficial no oportuna, se le condene al máximo de las penas establecidas por la citada ley en su artículo 113, con costas. SEGUNDO: Que, el denunciado, exhortado a decir verdad en la audiencia indagatoria, expuso que no son efectivos los hechos de la denuncia, pues entregó el papel confeccionado a mano y para eso no hay fecha, aseguró. TERCERO: Que mediante escrito complementario de su defensa (folio 7), la parte denunciada solicitó el rechazo de la denuncia sobre la base de las siguientes alegaciones: Inexistencia de la infracción. Alega que el artículo 4 del D.S. 129 de 2013 dispone que para la actividad pesquera extractiva artesanal, el armador debe declarar el desembarque en los formularios dispuestos por el Servicio en formato electrónico, a más tardar al día siguiente hábil de ocurrido el desembarque. Y la misma norma agrega que en el caso que no sea posible la entrega de información mediante formato electrónico, el Servicio deberá disponer de un formato en papel. De modo que -a su juicio- el plazo fue establecido para el supuesto que la información pesquera fuera remitida en formato electrónico y no en formato papel, como refiere el inciso final del número 2 de la letra b) indicada, en cuyo cas
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RIT« » Foja: 1 FOJA: 36 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de Coronelº CAUSA ROL : C-16-2018 CARATULADO : SERVICIO NACIONAL DE PESCA Y ACUICULTURA/POBLETE Coronel, cuatro de Mayo de dos mil veinte VISTO: Con fecha 10 de enero de 2020 (folio 1), comparece don RAFAEL CORNEJO ARTEAGA, Inspector del SERVICIO NACIONAL DE PESCA Y ACUICULTURA, Oficina Coronel, domiciliado
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