MINISTERIO PÚBLICO C/ JEAN CARLOS ROSAS TESSINI
Rol
O-190-2022
Fecha
29 de noviembre de 2022
Materia
OCULTAMIENTO DE PLACA PATENTE (ART. 192 LETRA E), TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).
Resultado
No especificado
Hechos
hechos en que se fundó la acusación son los siguientes: “El 17 de junio de 2021, aproximadamente a las 16:50 horas, funcionarios de carabineros de Chile divisaron en Avenida Vicuña Mackenna con la caletera de Avenida Américo Vespucio, comuna de La Florida, a una motocicleta correspondiente a la inscripción JFW.13, que era conducida por el acusado JEAN CARLOS ROSAS TESSINI, quien no contaba con la licencia debida para la conducción de dicho vehículo, quien además lo hacía acompañado por una mujer identificada como Dannae Lobos González, sin que la motocicleta mantuviera su respectiva placa patente a la vista, esto es, parte de ella tapada con un paño, procediendo a detenerlo. Acto seguido, en el registro de una mochila que mantenía el acusado Rosas Tessini fue encontrada una bolsa que en su interior mantenía 519 gramos de cannabis sativa, destinados a la venta y la suma de $34.800 pesos en billetes y monedas de diverso valor, producto de la venta de drogas.” Código: JHDXXCRDHJN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 A juicio del acusador, los hechos descritos configuran los delitos consumados de tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 1 en relación con el artículo 3 ambos de la Ley N° 20.000, y de conducción a sabiendas con placa patente oculta del artículo 192 letra E) de la Ley N°18.290, ilícitos en los que participó el acusado en calidad de autor. No concurren circunstancias modificatorias de responsabilidad penal. Solicita la pena de 10 años de presidio mayor en su grado medio y una multa de 400 Unidades Tributarias Mensuales, junto con las penas accesorias previstas en el artículo 28 del mismo Código Penal, esto es, inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena. Además, en conformidad al artículo 17 de la Ley Nº 19.970
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Ante esta sala de este Séptimo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, integrada por las juezas Elisabeth Schürmann Martin, Bernardita González Figari y el juez Héctor Plaza Vásquez, se realizó la audiencia de la causa RIT 190-2022, sostenida por el Ministerio Público representado por el fiscal Marcos Flores Flores, en contra de JEAN CARLOS ROSAS TESSINI, C.I. N°17.690.097-0, chileno, nacido el 18 de mayo de 1990, 31 años, soltero, comerciante por internet de productos, educación media completa, domiciliado en calle Reumen Nº5645, Villa Los Maitenes, Pedro Aguirre Cerda, representado por el Defensor Penal Particular abogado don Luciano Devia Góngora, todos los intervinientes con domicilio registrado en el tribunal. SEGUNDO: Acusación y alegaciones del Ministerio Público. Los hechos en que se fundó la acusación son los siguientes: “El 17 de junio de 2021, aproximadamente a las 16:50 horas, funcionarios de carabineros de Chile divisaron en Avenida Vicuña Mackenna con la caletera de Avenida Américo Vespucio, comuna de La Florida, a una motocicleta correspondiente a la inscripción JFW.13, que era conducida por el acusado JEAN CARLOS ROSAS TESSINI, quien no contaba con la licencia debida para la conducción de dicho vehículo, quien además lo hacía acompañado por una mujer identificada como Dannae Lobos González, sin que la motocicleta mantuviera su respectiva placa patente a la vista, esto es, parte de ella tapada con un paño, procediendo a detenerlo. Acto seguido, en el registro de una mochila que mantenía el acusado Rosas Tessini fue encontrada una bolsa que en su interior mantenía 519 gramos de cannabis sativa, destinados a la venta y la suma de $34.800 pesos en billetes y monedas de diverso valor, producto de la venta de drogas.” Código: JHDXXCRDHJN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 A juicio del acusador, los hechos descritos configuran los delitos consumados de tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 1 en relación con el artículo 3 ambos de la Ley N° 20.000, y de conducción a sabiendas con placa patente oculta del artículo 192 letra E) de la Ley N°18.290, ilícitos en los que participó el acusado en calidad de autor. No concurren circunstancias modificatorias de responsabilidad penal. Solicita la pena de 10 años de presidio mayor en su grado medio y una multa de 400 Unidades Tributarias Mensuales, junto con las penas accesorias previstas en el artículo 28 del mismo Código Penal, esto es, inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena. Además, en conformidad al artículo 17 de la Ley Nº 19.970, se pide que una vez condenado se proceda con el acusado a la toma de muestras biológicas para la incorporación de la huella genética a los registros respectivos. Asimismo, se pide
Fallo
por tanto individualizarse el vehículo. SEPTIMO: Hechos acreditados, naturaleza jurídica de los hechos y de la participación. Valorando el tribunal toda la prueba rendida con libertad, sin contradecir la lógica, las máximas de la experiencia y los conocimientos científicamente afianzados, pudo tener por acreditado, más allá de toda duda razonable que: El 17 de junio de 2021, aproximadamente a las 16:50 horas, funcionarios de carabineros de Chile divisaron en Avenida Vicuña Mackenna con la caletera de Avenida Américo Vespucio, comuna de La Florida, a una motocicleta correspondiente a la inscripción JFW.13, que era conducida por el acusado Jean Carlos Rosas Tessini, sin que la motocicleta mantuviera su respectiva placa patente a la vista, pues la mantenía tapada con un paño oscuro, procediendo a su detención. Además, al registro de una mochila que mantenía el acusado Rosas Tessini fue encontrada una bolsa que en su interior mantenía 493,3 gramos netos de cannabis sativa, que trasladaba para entregársela a un tercero. Los hechos establecidos son constitutivos de los siguientes delitos: Tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 3º de la Ley 20.000 en relación con el artículo 1° de la referida norma legal, en grado de desarrollo de consumado. La actividad desplegada por el hechor se encuadra en las formas de comisión del delito establecidas en Código: JHDXXCRDHJN Este documento tiene firma electrónica y su original puede
Texto Completo (Preview)
1 MINISTERIO PÚBLICO C/ JEAN CARLOS ROSAS TESSINI. RUC: 2100574281-9. RIT: 190.-.2022. TRÁFICO ILÍCITO DE ESTUPEFACIENTES Y OCULTAMIENTO DE PLACA PATENTE. Santiago, veintinueve de noviembre de dos mil veintidós VISTO, OÍDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Ante esta sala de este Séptimo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, integrada por las juezas Elisabeth Schürmann Martin, Bernardita Gonzále
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica