7º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ JUAN ALEJANDRO YÁÑEZ BARRERA

Rol

O-1625-2021

Fecha

25 de noviembre de 2022

Materia

ROBO EN LUGAR NO HABITADO.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día 07 de febrero del 2021, siendo aproximadamente las 11:24 horas aproximadamente, los imputados previamente concertados movilizados en un furgón de color blanco sin placas patentes, llegaron hasta las afueras del local ubicado en Calle Agustinas N° 1064, comuna de Santiago y utilizando herramientas forzaron la chapa de la reja metálica exterior así como un tubo de seguridad e ingresaron al inmueble y estando en su interior desconectaron las cámaras de seguridad y realizaron un forado en el techo del lugar así como en una pared que colinda con la casa de cambio Prolano, ubicada en Calle Agustinas N° 1066, comuna de Santiago, con el fin de ingresar a ella y sustraer especies, siendo sorprendidos por funcionarios de Carabineros que llegaron al lugar, quienes procedieron a la detención de los imputados, encontrando en el lugar las herramientas utilizadas para ingresar al local y hacer los forados. SE DECLARA: I.- Que se condena a VÍCTOR MAXIMILIANO VARGAS FERNÁNDEZ, por ser autor de un delito Tentado de ROBO EN LUGAR NO HABITADO, previsto y sancionado en el artículo 442 N° 1 del Código Penal, ocurrido el día 08 de febrero del año 2021, en la comuna de Santiago, imponiéndole una pena privativa de libertad de 41 DÍAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MAXIMO y a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público por el tiempo de la condena. II.- La pena corporal se tiene por cumplida con el mayor tiempo de privación de libertad en esta causa. III.- Se exime al imputado del pago de las costas por la regulación del artículo 600 del Código Orgánico de Tribunales. Código: CQKXXCGPXHN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl IV.- Se ordena el comiso de las herramientas descritas en el requerimiento. Dese oportuno cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en su oportunidad. Los intervinientes renunciaron a los plazos. Dictada por don CRISTIAN LUIS SANCH

Fallo

SE DECLARA: I.- Que se condena a VÍCTOR MAXIMILIANO VARGAS FERNÁNDEZ, por ser autor de un delito Tentado de ROBO EN LUGAR NO HABITADO, previsto y sancionado en el artículo 442 N° 1 del Código Penal, ocurrido el día 08 de febrero del año 2021, en la comuna de Santiago, imponiéndole una pena privativa de libertad de 41 DÍAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MAXIMO y a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público por el tiempo de la condena. II.- La pena corporal se tiene por cumplida con el mayor tiempo de privación de libertad en esta causa. III.- Se exime al imputado del pago de las costas por la regulación del artículo 600 del Código Orgánico de Tribunales. Código: CQKXXCGPXHN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl IV.- Se ordena el comiso de las herramientas descritas en el requerimiento. Dese oportuno cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en su oportunidad. Los intervinientes renunciaron a los plazos. Dictada por don CRISTIAN LUIS SANCHEZ RIVERA, Juez Titular del Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago. “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra íntegramente consignada en el registro de audio de este Tribunal, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Procesal Penal”. Código: CQKXXCGPXHN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-11-29T

Texto Completo (Preview)

PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO FECHA: Santiago, veinticinco de noviembre de dos mil veintidós. TRIBUNAL: SÉPTIMO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO MAGISTRADO: CRISTIAN LUIS SANCHEZ RIVERA RUC: 2100122712-K RIT: 1625 - 2021 IMPUTADO: VÍCTOR MAXIMILIANO VARGAS FERNÁNDEZ C.I. 0013481028-9 DELITO ROBO EN LUGAR NO HABITADO ARTICULO 442 N° 1 del Código Penal. PARTICIPACIÓN AUTOR G. DE DESARROLLO TENTADO ATE

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