MINISTERIO PUBLICO C/ ESTEBAN DARÍO ARAYA ARAYA
Rol
O-126-2022
Fecha
28 de noviembre de 2022
Materia
HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE 4 A 40 UTM.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el día dieciocho de noviembre del año en curso, ante la sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Arica, integrada por los jueces Mauricio Petit Moreno, Silvia Portilla Bugueño y Jairo Martínez Cuadra, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral de la causa Rit 126-2022, Ruc 1900369895-8, seguida en contra de ESTEBAN DARÍO ARAYA ARAYA, chileno, cédula de identidad 19.149.417-2, nacido en Arica el día 03 de febrero de 1994, de actuales 28 años, chileno, soltero, operario de despacho en empresa Coca-Cola, domiciliado y apercibido conforme lo dispone el artículo 26 del Código Procesal Penal, domiciliado en La Concepción N° 3940, Arica. Representado en juicio por la defensora penal pública, doña Cintia Cartajena Martínez. Sostuvo la acusación el Ministerio Público, representado por el fiscal adjunto, don Cristian Echiburu Chau. SEGUNDO: Que los hechos materia de la acusación, según reza el auto de apertura, son: “El día 01 de Abril de 2019, a las 20:15 horas aproximadamente en circunstancia que la víctima P.M.L se encontraba al interior de su local comercial de nombre “KEVIN” ubicado en calle 4 N° 3351 de la comuna de Arica, cuando ingresaron tres sujetos un no identificados portando armas al parecer de fuego quienes intimidaron a la víctima y a las personas que se encontraban en el lugar, para luego dirigirse a la cajas registradoras donde comenzaron a sustraer el dinero recaudado durante el día retirándose del lugar con el dinero en su poder, situación que fue aprovechada por el acusado, ya individualizado, quien se encontraba en el local como cliente, quien introdujo su mano en el mesón de la caja registradora sustrayendo la suma de $1.400.000.- retirándose del lugar con el dinero en su poder. Posteriormente el acusado volvió al local comercial entregándole a la víctima la suma $200.000.- señalando que dicho dinero se les había caído a los sujetos que habían entrado a robar al local. El avalúo de las especies sustraída corresponde a la suma de $1.200.000”. A juicio del acusador, estos hechos configuran el delito consumado de hurto simple de 4 a 40 UTM, previsto y sancionado en el artículo 446 N° 2 del Código Penal y en él atribuye al acusado responsabilidad como autor de conformidad al artículo 15 N° 1 del Código Penal. Finalmente, estimando que no concurren circunstancias modificatorias de responsabilidad penal, solicita el Ministerio Público la imposición de una pena de tres años de presidio menor en su grado medio y multa de 10 UTM, accesorias del artículo 30 del Código Penal con costas. TERCERO: Que, no se presentó querella criminal, ni demanda civil y los intervinientes no acordaron convenciones probatorias. Código: KNRXXCXXHTM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl PODER JUDICIAL TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL ARICA 2 CUARTO: Que el Ministerio Público, durante su alegato de apertura, indicó que, durante la realización de este juicio,
Fallo
Se acuerda que yo estaba depositando? Sí -le respondió ella- sé que usted estaba depositando. Yo vi todo, los jóvenes, la plata se llevaban y se les cayó estos $200.000.- y ahora yo se lo vengo a devolver estos $200.000.- le dijo y ella le dijo muchas gracias vecino. Contra examinada por la defensa del acusado responde que, los hechos ocurren el primero de abril del 2019 en la tarde, entre las 8 y unos minutos más de la noche. En este local comercial del Kevin es operador de Caja Vecina y tiene un mini Market. En la caja vecina cualquier persona puede depositar también a nombre de otra persona. Fue víctima de un asalto de 5 sujetos, era un chofer y 4 jóvenes que entraron con pistola. Esteban estaba depositando. Tiene esos comprobantes del depósito, pero no se los entregó a la Fiscalía, pero tiene las cámaras, los audios, en los vídeos sale todo bien claro, que se depositó, tiene los comprobantes. Cuando llega Carabineros, 30 o 40 minutos después, aproximadamente, el local seguía abierto en ese momento, porque se dijo: “tengo que tranquilizarme y seguir”, porque la gente quedó impactada. Entonces siguió atendiendo y ella siguió tomando declaración. 2.- Los dichos del testigo protegido N° 2 E.D.R.A.L. quien bajo juramento expone que el día de los hechos llegó de su trabajo y entró a su casa. Como a los 3-4 minutos escuchó que estaban asaltando al negocio de la esquina. Cuando salió vio que salieron como 5 individuos armados, el último era uno que anda con parka azul. Se dirig
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PODER JUDICIAL TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL ARICA 1 Arica, veintiocho de noviembre de dos mil veintidós. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el día dieciocho de noviembre del año en curso, ante la sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Arica, integrada por los jueces Mauricio Petit Moreno, Silvia Portilla Bugueño y Jairo Martínez Cuadra, se llevó a efecto la audiencia de juicio ora
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