7º Juzgado Civil de Santiago

TRANSPORTES SAID LTDA/FALABELLA RETAIL S.A.

Rol

C-29592-2018

Fecha

30 de abril de 2020

Materia

PESOS, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: El 23 de septiembre de 2018, comparece don Alberto Agust n Grillií Gatica, chileno, ingeniero civil industrial, representante de Transportes Said Ltda., sociedad del giro de su denominaci n, ambos domiciliados enó Catedral N 1233, oficina 204, comuna y ciudad de Santiago, interponiendo° demanda de cobro de pesos en procedimiento de menor cuant a en contraí de Falabella Retail S.A., sociedad de giro comercial, representada por don Juan Luis Mingo Salazar, desconoce profesi n u oficio, y don Andr só é Salvestrini Balmaceda, desconoce profesi n u oficio, todos con domicilio enó Manuel Rodr guez Norte N 730, conforme a los antecedentes de hecho yí ° derecho que expone. El actor funda su demanda en que su representada es acreedora y due a de los siguientes t tulos de cr ditos; 1) Factura electr nica N 1.691ñ í é ó ° de fecha 7 de agosto de 2017, emitida a nombre de Falabella Retail S.A., por la suma total de $4.996.765.-, 2) Factura electr nica n 1.1792 de fechaó ° 19 de agosto de 2017, emitida a nombre de Falabella Retail S.A., por la suma total de $4.039.351.-, 3) Factura electr nica n 1.717 de fecha 1 deó ° septiembre de 2017, emitida a nombre de Falabella Retail S.A., por la suma total de $4.179.579.-, 4) Factura electr nica n 1.716 de fecha 1 deó ° septiembre de 2017, emitida a nombre de Falabella Retail S.A., por la suma total de $5.562.651.- 5) Factura electr nica n 1.715 de fecha 31 de agostoó ° de 2017, emitida a nombre de Falabella Retail S.A., por la suma total de $1.071.000.- 6) Factura electr nica n 1.712 de fecha 29 de agosto de 2017,ó ° emitida a nombre de Falabella Retail S.A., por la suma total de $297.500.- C-29592-2018 Foja: 1 7)Factura electr nica n 1.710 de fecha 28 de agosto de 2017, emitida aó ° nombre de Falabella Retail S.A., por la suma total de $1.951.488.- 8) Factura electr nica n 1.624 de fecha 1 de julio de 2017, emitida a nombreó ° de Falabella Retail S.A., por la suma total de $701.285.- 9) Factura electr nica n 1.622 de fecha 1 d

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece don Alberto Agust n Grilli Gatica,í representante de la Sociedad de Transportes Said Ltda., interponiendo demanda en juicio ordinario de menor cuant a de cobro de pesos en contraí de Falabella Retail S.A., representada por don Juan Luis Mingo Salazar y don Andr s Salvestrini Balmaceda, todos ya individualizados, por la sumaé de $9.537.735.- m s reajustes e intereses, conforme a los motivosá anteriormente rese ados;ñ SEGUNDO: Que la demandada compareci , representada por eló abogado H ctor Solano Pironi controvirtiendo todos los hechos descritos ené la demanda, solicitando el rechazo de la misma con costas. Argumenta que la demandante omite se alar en su l belo, que losñ í referidos servicios de transporte los prest como adjudicataria de la licitaci nó ó C-29592-2018 Foja: 1 de servicio de transporte y contrato denominado Transporte de carga y servicio de entrega de productos, en el que se detalla pormenorizadamente, los derechos y obligaciones de ambas contratantes. Asevera que la demandante incumpli las obligaciones deló mencionado contrato dando lugar a la retenci n o descuentos de sumas deó dinero conforme a lo acordado por las partes. A ade que el citadoñ instrumento, en el p rrafo final de la cl usula d cima se ala que: "Laá á é ñ existencia de seguros contratados por el transportista no limita ni excluye la obligaci n de este ltimo de indemnizar el monto total de los da osó ú ñ causados a Falabella, si estos exceden el monto indicado en la o las p lizasó de seguros tomadas por el transportista o lo reglamentado por las autoridades o institutos de previsi n. Falabella queda expresa eó irrevocablemente facultado para que, en caso que el transportista no de cumplimiento a las obligaciones establecidas en los p rrafos anteriores ená relaci n con la contrataci n de seguros, poder contratarlos o para pagar lasó ó primas correspondientes, todo ello por cuenta y cargo del transportista, sin asumir, sin embargo, ninguna responsabilidad u obligaci n a este respecto.ó A los efectos anteriores, Falabella podr deducir de los pagos los montosá destinados a la contrataci n y pago de los seguros tomados o primasó pagadas por cuenta y cargo del transportista". Agrega que la cl usula 2.7.5 del mentado contrato establece que "Laá Empresa de Transporte deber contratar un seguro de carga a favor deá Falabella Retail S.A., para cubrir los costos de da os o destrucci n de lañ ó carga transportada por la Empresa de Transporte durante la ejecuci n deló servicio del contrato, incluyendo actos de terceros y cl usulas de coberturaá de huelga o mot n. La p liza tambi n deber cubrir da os a terceros yí ó é á ñ da os ecol gicos y/o efectos contaminantes. La cobertura de la p liza serñ ó ó á de acuerdo al tipo de viaje y tama o de los veh culos que transporten lañ í carga. Dicha cobertura estar establecida en UF y se indica en el Anexoá VIII del presente contrato. Estos montos ser n aplicables a cada viajeá realizado por cada veh cu

Fallo

se declara que:ó I.-Se rechaza la demanda de fecha 23 de septiembre de 2018 interpuesta por Transportes Said Ltda. en contra de Falabella Retail S.A. II.- Cada parte pagar sus costas.á Reg strese y arch vese en su oportunidad.í í N 29592-2018° Pronunciada por do a Carolina Andrea Ram rez Reyes, Juezñ í Titular. C-29592-2018 Foja: 1 Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, treinta de Abril de dos mil veinte Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2020-04-30T19:48:09-0400

Texto Completo (Preview)

C-29592-2018 Foja: 1 FOJA: 53 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 7 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-29592-2018 CARATULADO : TRANSPORTES SAID LTDA/FALABELLA RETAIL S.A. Santiago, treinta de Abril de dos mil veinte VISTOS: El 23 de septiembre de 2018, comparece don Alberto Agust n Grillií Gatica, chileno, ingeniero civil industrial, representante de Transportes Said Ltda., soci

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