BANCO SANTANDER - CHILE/CABRERA
Rol
C-4846-2019
Fecha
30 de abril de 2020
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Se ha iniciado esta causa Rol C-4846-2019, por demanda ejecutiva interpuesta por don Paul Chateau Undurraga, abogado, en su calidad de mandatario judicial del Banco Santander Chile, representado por su Gerente General don Miguel Arturo Mata Huerta, ambos domiciliados en calle Bandera Nº140, piso 17, comuna de Santiago, en contra de don Octavio Ricardo Cabrera Muñoz, ignora su profesión u oficio, domiciliado en Pasaje Monseñor Luis Borreman 158, comuna de Melipilla, para que se despache mandamiento de ejecución y embargo por la suma de $19.908.451., contenidos en el Pagaré N°650034636413, de 24 de junio de 2019, intereses y costas.- Funda su demanda señalando los detalles del título ejecutivo, los cuales son: DEUDA 1: Extendida en pagaré N°650034636413 con vencimientos sucesivos, a favor de su representada, que el ejecutado suscribió con fecha 24-06-2019 por la suma de $20.120.243., por concepto de capital pagadero conjuntamente con los intereses correspondientes, según las condiciones acordadas en el instrumento.- El número de cuotas, monto de las cuotas, el día de vencimiento, primer vencimiento y el último vencimiento son los que se indican: Número de cuotas 96, Monto de cuotas 95 primeras $276.815., última cuota $276.815., primer vencimiento 05-08-2019, último vencimiento 05-07-2017.- Exigibilidad Anticipada: Se podrá hacer exigible el pago total de la deuda o del saldo,
Fundamentos
considerando ésta obligación de plazo vencido, en caso de mora o simple retardo en el pago de cualquiera de las cuotas de la obligación, sea de capital y/o intereses, sean consecutivos o no, sin perjuicio de los demás derechos del acreedor.- Intereses: Conforme lo pactado en el pagare, el capital adeudado devenga desde la fecha de suscripción y hasta su vencimiento una tasa de intereses del 0,59% C-4846-2019 Foja: 1 mensual vencido, calculado en base a meses de 30 días y por el número de días efectivamente transcurridos.- Interés por mora: En caso de mora o simple retardo en el pago de una de las cuotas, la tasa de interés se elevará al respectivo interés máximo convencional, vigente a esta fecha o a la época de la mora o retardo, cualquiera que sea el más alto, desde el momento del retardo y hasta el pago efectivo.- Protesto: El suscriptor libera al Banco de la obligación del protesto, pero si éste optare por efectuarlo en forma bancaria, notarial o por funcionario público, podrá realizarlo y los gastos e impuestos serán de cargo del suscriptor.- Gastos: Impuestos, derechos notariales y demás gastos que irroguen el pagaré, crédito, intereses, cobranza judicial o extrajudicial u otra producida con ocasión de las mismas, serán de exclusivo cargo del suscriptor.- Impuesto de timbre y estampillas: el pagaré se encuentra exento de los impuestos del D.L. N°3.475, sobre Ley de Timbres y Estampillas, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 24, número 17 del citado cuerpo legal. En el excedente, el impuesto se paga por ingresos mensuales de dinero en Tesorería, según artículo 15 del D.L. 3475.- Señala que el demandado se encuentra en mora de pagar su obligación a partir de la cuota N°1, que venció el día 05-08-2019, razón por la cual hace exigible por medio de la presente demanda, el total de lo adeudado, esto es, la suma de $19.908.451., más los correspondientes intereses hasta la fecha de su pago efectivo y costas.- Estando la firma del suscriptor del pagaré autorizada ante notario, siendo la obligación líquida y actualmente exigible, constando en título ejecutivo y no estando prescrita la respectiva acción, viene en interponer demanda ejecutiva en contra del ejecutado.- Con fecha 19 de diciembre de 2019, consta haber sido notificada la demanda en forma personal.- Con fecha 23 de diciembre de 2019, el demandado opuso excepciones a la ejecución, respecto de las cuales el ejecutante evacuó el traslado con fecha 02 de enero de 2020.- Con fecha 09 de enero de 2020,
Fallo
se declaran admisibles las excepciones opuestas y se recibe la causa a prueba.- Con fecha 09 de enero de 2020, se citó a las partes a oír sentencia.- C O N S I D E R A N D O PRIMERO: Que en estos autos el abogado don Paul Chateau Undurraga, mandatario judicial del Banco Santander Chile, demandó ejecutivamente a don Octavio Ricardo Cabrera Muñoz, para que se despache mandamiento de C-4846-2019 Foja: 1 ejecución y embargo por la suma de $19.908.451, contenidos en el Pagaré N°650034636413, de 24 de junio de 2019, intereses y costas.- SEGUNDO: Que debidamente emplazado el demandado opuso a la ejecución las excepciones de falta de alguno de los requisitos o condiciones establecidos por las leyes para que dicho título tenga fuerza ejecutiva, sea absolutamente, sea con relación al demandado, la nulidad de la obligación y la concesión de esperas o la prórroga del plazo, de los números 7, 14 y 11 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil.- TERCERO: Que la excepción de falta de alguno de los requisitos o condiciones establecidos por las leyes para que dicho título tenga fuerza ejecutiva, sea absolutamente, sea con relación al demandado, fundamentada en el hecho que no aparece acreditado en el libelo, que se haya dado cumplimiento por la parte ejecutante al pago del impuesto previsto por el artículo 1º Nº 3 del Decreto Ley Nº 3.475, Ley de Timbres y Estampillas, el cual prescribe: “Gravase con el impuesto que se indica las siguientes actuaciones y documentos que den cuenta de l
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C-4846-2019 Foja: 1 FOJA: 15 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de Melipillaº CAUSA ROL : C-4846-2019 CARATULADO : BANCO SANTANDER - CHILE/CABRERA Melipilla, treinta de Abril de dos mil veinte VISTOS Se ha iniciado esta causa Rol C-4846-2019, por demanda ejecutiva interpuesta por don Paul Chateau Undurraga, abogado, en su calidad de mandatario judicial del Banco Sa
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