ABALLAY/CARRASCO
Rol
C-7073-2019
Fecha
30 de abril de 2020
Materia
PRECARIO, INC. 2º ART. 2.195 C.C
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Al folio 1 comparece SILVIA MARTA ABALLAY MONZ NÓ , comerciante, debidamente representada por Candy Sue Poblete Fuentes, ambas domiciliadas en calle Aviador Bleriot N 2393, comuna de Quinta° Normal, Santiago, quien interpone demanda de precario en contra de MARGARITA ANG LICA CARRASCO GUERREROÉ , ignora profesi n u oficio, domiciliada en calle Mart nez de Rozas N 3887, comunaó í º de Quinta Normal, Regi n Metropolitana. ó Expone que es due a del inmueble que sirve de domicilio a lañ demandada, tal como consta en la inscripci n de dominio que acompa a,ó ñ siendo su voluntad que sta haga abandono de la propiedad que ocupa haceé tres a os, dej ndola libre de todo ocupante.ñ á Previas citas legales de los art culos 2195 del C digo Civil, y 680 yí ó siguientes de C digo de Procedimiento Civil, solicita tener por interpuesta laó demanda y, en definitiva, se condene a la demandada a la restituci n deló inmueble indicado dentro de tercer d a de ejecutoriada la sentencia, o en elí plazo que este tribunal estime conveniente, bajo apercibimiento de proceder a su lanzamiento con auxilio de la fuerza publica, con costas. Al folio 8 se tiene por interpuesta la demanda y se cita a las partes a la audiencia de contestaci n y conciliaci n correspondiente.ó ó Al mismo folio 8, luego de la tramitaci n de un incidente de nulidadó por falta de emplazamiento que interpusiese la parte demandada y que C-7073-2019 Foja: 1 fuese acogido, se le tuvo por notificada de la presente demanda con fecha 11 de julio de 2019. Al folio 33 tuvo lugar la audiencia de estilo, con la sola asistencia del apoderado de la parte demandante. Se tuvo por ratificada la demanda en todas sus partes y por contestada la demanda en rebeld a de la demandada,í sin que fuese posible arribar a una conciliaci n, atendida la ya consignadaó inasistencia. Al folio 35 se recibi la causa a prueba, fij ndose los hechosó á substanciales, pertinentes y controvertidos sobre los cuales esta debi recaer,ó rindi ndose la qu
Fundamentos
fundamentos de la acci n intentada, correspondiendo al actor, deó conformidad a lo dispuesto en el art culo 1698 del C digo Civil, el acreditarí ó la totalidad de los hechos en que funda su pretensi n.ó No obstante, la parte demandada, en escrito de la etapa de discusi nó alega poseer un t tulo que la habilita para ocupar el inmueble yaí individualizado, proveniente de una Resoluci n por saneamiento de laó propiedad ante el Ministerio de Bienes Nacionales, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N 2695/1979.° C-7073-2019 Foja: 1 Tercero: Que la parte demandante, a fin de acreditar sus dichos, acompa oportuna y legalmente, la siguiente prueba documental noñó objetada por la contraria: 1.- Certificado de dominio vigente de la propiedad ubicada en calle Mart nez de Rozas N 3887, comuna de Quinta Normal, el que se encuentraí º inscrito a fojas 10610 n mero 15287 del Registro de Propiedad del a oú ñ 2016 del Conservador de Bienes Ra ces de Santiago. í 2.- Mandato judicial de Silvia Aballay a Isaac Poblete Fuentes y otro, otorgado con fecha 3 de diciembre de 2018 en la Notar a de Eulogio Baezaí Guti rrez, Repertorio N 1545-2018.é ° Cuarto: Que la demandada de autos acompa los siguientesñó documentos: 1.- Boleta Aguas Andinas, N cliente 905983-0, de 27 deº Noviembre del a o 2008, titular Margarita Carrasco Guerrero. 2.- Boletañ Aguas Andinas, N cliente 905983-0, de 25 de Febrero del a o 2009, titularº ñ do a Margarita Carrasco Guerrero. 3.- Boleta Aguas Andinas, N clienteñ º 905983-0, de 29 de Abril del a o 2009, titular Margarita Carrascoñ Guerrero; 4.- Boleta Aguas Andinas, N cliente 905983-0, de fecha 26 deº Agosto del a o 2009, titular do a Margarita Carrasco Guerrero. 5.- Boletañ ñ Aguas Andinas, N cliente 905983-0, de fecha 23 de Octubre del a o 2009,º ñ titular do a Margarita Carrasco Guerrero. 6.- Boleta Aguas Andinas, Nñ º cliente 905983-0, de fecha 23 de Noviembre del a o 2009, titular do añ ñ Margarita Carrasco Guerrero. 7.- Boleta Aguas Andinas, N cliente 905983-º 0, de fecha 23 de Diciembre del a o 2009, titular do a Margarita Carrascoñ ñ Guerrero. 8.- Boleta Aguas Andinas, N cliente 905983-0, de fecha 25 deº Enero del a o 2010, titular do a Margarita Carrasco Guerrero. 9.- Boletañ ñ Aguas Andinas, N cliente 905983-0, de fecha 25 de Marzo del a o 2010,º ñ titular do a Margarita Carrasco Guerrero. 10.- Boleta Aguas Andinas, Nñ º cliente 905983-0, de fecha 26 de Abril del a o 2010, titular do a Margaritañ ñ Carrasco Guerrero. 11.- Boleta Aguas Andinas, N cliente 905983-0, deº fecha 23 de Septiembre del a o 2010, titular do a Margarita Carrascoñ ñ Guerrero. 12.- Boleta Aguas Andinas, N cliente 905983-0, de fecha 25 deº Julio del a o 2019, titular do a Margarita Carrasco Guerrero 13.- Boletañ ñ Chilectra, N 235457-8, de fecha 24 de Noviembre de 2008, titular do aº ñ Margarita Carrasco Guerrero. 14.- Boleta Chilectra, N 235457-8, de fechaº C-7073-2019 Foja: 1 22 de Enero de 2009, titular do a Margarita Carrasco Guerrero. 15.- Boletañ C
Fallo
se declara: I.- Que se acoge la demanda y, en consecuencia, se ordena a la demandada a restituir el inmueble ubicado en calle Mart nez de Rozasí N 3887, comuna de Quinta Normal y libre de todo ocupante, dentro del° t rmino de quinto d a desde que la presente sentencia cause ejecutoria, bajoé í apercibimiento de ser lanzados con auxilio de la fuerza p blica. ú II.- Que se condena en costas a la demandada, por resultar totalmente vencida. Reg strese, notif quese y, en su oportunidad, arch veseí í í . Dictada por Alberto lamos Valenzuela, Juez Suplente.Á Autoriza Margarita Bravo Narv ez, Secretaria Subrogante.á C-7073-2019 Foja: 1 Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, treinta de Abril de dos mil veinte Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2020-04-30T12:29:43-0400
Texto Completo (Preview)
C-7073-2019 Foja: 1 FOJA: 54 .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 23 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-7073-2019 CARATULADO : ABALLAY/CARRASCO Santiago, treinta de Abril de dos mil veinte VISTOS: Al folio 1 comparece SILVIA MARTA ABALLAY MONZ NÓ , comerciante, debidamente representada por Candy Sue Poblete Fuentes, ambas domiciliadas en calle Aviador Bleriot N 2393, comuna de Quinta
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