Juzgado de Garantía de Puente Alto

CARLOS HUMBERTO BOBADILLA CABRERA C/ JOSÉ LUCIANO BRAVO ARAVENA

Rol

O-2886-2022

Fecha

24 de noviembre de 2022

Materia

AMENAZASA CARABINEROS (ART. 417 CÓD. J.MILITAR).

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Hechos: El día 21 de abril de 2022, siendo aproximadamente las 22:35 horas, funcionarios de Carabineros observaron al requerido José Bravo Aravena, consumir en la vía pública una lata de cerveza, por lo que intentaron efectuarle un control de identidad, por lo cual el requerido comenzó a insultar de forma reiterada a los funcionaros de Carabineros señalándoles “váyanse de aquí pacos culiaos”, para luego tratar de agredirlos sin lograr su cometido, siendo detenido en el lugar por personal policial por falta de respeto a la autoridad en el ejercicio de sus funciones, en atención a que los funcionarios de Carabineros se encontraban en jornada laboral. MODIFICATORIA: Que favorece al requerido la circunstancia atenuante de responsabilidad prevista del artículo 11 N° 9 del Código Penal, ya que ha colaborado sustancialmente al esclarecimiento de los hechos, pues ha reconocido responsabilidad en los hechos contenidos en el requerimiento. Y visto además lo prescrito en los artículos 1, 3, 5,7, 11 N° 9, 15 N°1, 49, 50, 51, 67, 68, 69, 70, 495 N° 4 todos del Código Penal; artículos, 388 y siguientes, del Código Procesal Penal; artículo 600 Código orgánico de Tribunales, SE DECLARA: I.- Que se condena a don JOSÉ LUCIANO BRAVO ARAVENA, cédula de identidad N° 15.401.247-8, ya individualizado, como autor de una falta de respeto a la autoridad en ejercicio de sus funciones del artículo 495 n° 4 del Código Penal, en grado de desarrollo consumada, ocurrida el día 21 de abril de 2022 en la comuna de Puente Alto, a la multa de UN TERCIO DE UTM, sanción pecuniaria que se tiene por cumplida con el día de hoy que permaneció privado de libertad por esta causa. II.-Que no se condena en costas al sentenciado, por aceptar el procedimiento simplificado. Dese cumplimiento en su oportunidad al artículo 468 del Código Procesal. Anótese, regístrese y archívese en su oportunidad. Téngase presente la renuncia a los plazos y recursos y por ejecutoriada la presente resolución. Código: XGXSXCDXQ

Fundamentos

considerando: Hechos: El día 21 de abril de 2022, siendo aproximadamente las 22:35 horas, funcionarios de Carabineros observaron al requerido José Bravo Aravena, consumir en la vía pública una lata de cerveza, por lo que intentaron efectuarle un control de identidad, por lo cual el requerido comenzó a insultar de forma reiterada a los funcionaros de Carabineros señalándoles “váyanse de aquí pacos culiaos”, para luego tratar de agredirlos sin lograr su cometido, siendo detenido en el lugar por personal policial por falta de respeto a la autoridad en el ejercicio de sus funciones, en atención a que los funcionarios de Carabineros se encontraban en jornada laboral. MODIFICATORIA: Que favorece al requerido la circunstancia atenuante de responsabilidad prevista del artículo 11 N° 9 del Código Penal, ya que ha colaborado sustancialmente al esclarecimiento de los hechos, pues ha reconocido responsabilidad en los hechos contenidos en el requerimiento. Y visto además lo prescrito en los artículos 1, 3, 5,7, 11 N° 9, 15 N°1, 49, 50, 51, 67, 68, 69, 70, 495 N° 4 todos del Código Penal; artículos, 388 y siguientes, del Código Procesal Penal; artículo 600 Código orgánico de Tribunales,

Fallo

SE DECLARA: I.- Que se condena a don JOSÉ LUCIANO BRAVO ARAVENA, cédula de identidad N° 15.401.247-8, ya individualizado, como autor de una falta de respeto a la autoridad en ejercicio de sus funciones del artículo 495 n° 4 del Código Penal, en grado de desarrollo consumada, ocurrida el día 21 de abril de 2022 en la comuna de Puente Alto, a la multa de UN TERCIO DE UTM, sanción pecuniaria que se tiene por cumplida con el día de hoy que permaneció privado de libertad por esta causa. II.-Que no se condena en costas al sentenciado, por aceptar el procedimiento simplificado. Dese cumplimiento en su oportunidad al artículo 468 del Código Procesal. Anótese, regístrese y archívese en su oportunidad. Téngase presente la renuncia a los plazos y recursos y por ejecutoriada la presente resolución. Código: XGXSXCDXQXL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT N° 2886-2022 Dictada por don FELIPE ANDRES PRENAFETA ZUÑIGA, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Puente Alto. Código: XGXSXCDXQXL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-11-25T11:57:09-0300

Texto Completo (Preview)

Individualización de Audiencia de control de la detención.. Fecha Puente Alto., veinticuatro de noviembre de dos mil veintidós Magistrado FELIPE ANDRES PRENAFETA ZUÑIGA Fiscal JORGE CÁCERES DÍAZ Defensor MARIA CONSTANZA BRAVO Hora inicio 11:31AM Hora termino 11:37AM Sala ACD Tribunal Juzgado de Garantía de Puente Alto Acta COS RUC 2200385977-4 RIT 2886 - 2022 NOMBRE IMPUTADO RUT DIRECCION COMUNA

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica