Juzgado de Letras de Colina

MARTÍNEZ/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE COLINA

Rol

M-135-2021

Fecha

6 de octubre de 2021

Materia

Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado proporcional, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Prestaciones, Reajustes e intereses

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No especificado

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Hechos

HECHOS CONTROVERTIDOS X · PRUEBA DOCUMENTAL PARTE DEMANDANTE X · PRUEBA CONFESIONAL PARTE DEMANDANTE X · PRUEBA TESTIMONIAL PARTE DEMANDANTE X · EXHIBICIÓN DE DOCUMENTOS PARTE DEMANDANTE X · PRUEBA DOCUMENTAL PARTE DEMANDADA X · DICTACIÓN DE SENTENCIA X · Se deja constancia que esta audiencia se lleva a efecto a través de video conferencia mediante plataforma zoom y semi presencial. · Relación de la contestación. · Llamado a conciliación. Atendido al criterio de la Ilustre Municipalidad de Colina de no conciliar, se tiene por frustrada esta etapa. · Hechos controvertidos. 1. Efectividad de haber existido una relación laboral entre las partes; fechas de inicio y termino. 2. En la afirmativa de la anterior, remuneración que tenía el demandante, composición y monto; funciones que cumplía, y jornada laboral. 3. Efectividad de que se adeuda el feriado reclamado y las cotizaciones previsionales. 4. Estado de pago de las cotizaciones previsionales; montos pagados, fecha de pago. Material Probatorio. · Parte demandante rinde: Prueba documental. (Folios 19 al 22) 1. Reclamo ante la inspección del Trabajo nº 1318/2021/1007, realizado por el demandante, de fecha 21 de enero de 2021. 2. Acta de comparendo de conciliación remota frustrado de fecha 19 de febrero de 2021. 3. Cadena de Correo electrónico enviado entre Alejandro Martínez Rojas a jfcolina@pjud.cl, bajo el asunto Designación de abogados, con fecha 28 de septiembre de 2020. 4. Cadena de Correo electrónico enviado entre Alejandro Martínez Rojas a Paulina Collins Acevedo bajo el asunto Rendiciones pendientes y recursos por utilizar vínculos, con fecha 12 de agosto de 2020. 5. Cadena de Correo electrónico enviado entre Elia Brigitte Morales Quilan a Alejandro Martínez Rojas Acevedo bajo el asunto Planilla de locomoción, con fecha 13 de agosto de 2020. 6. Correo electrónico enviado por María de los Ángeles Orellana a Alejandro Martínez Rojas Acevedo y otros, bajo el a

Fallo

fallo de la Corte Suprema que comparto porque creo que habla bien claro del tema de la vinculación entre las personas que desempeñan labores en las municipalidades. Dice lo siguiente: “Puede anotarse que en la especie no puede recibir aplicación la regla que se consigna en el inciso tercero del artículo 1 del Código del Trabajo, según la cual los trabajadores de las entidades señaladas en el inciso precedente, entre ellas las que integran la administración del Estado, se sujetaran las normas de dicho código en las materias no reguladas en sus respectivos estatutos siempre que ellas no fueren contrarias a estos últimos, en la medida que los actores precisamente no tenían la calidad de funcionarios o trabajadores del municipio demandado, sino la de contratados sobre la base de honorarios, de acuerdo al artículo 4 de la referida Ley 18.883, que excluye la condición de funcionarios afectos a este estatuto administrativo y lo somete exclusivamente a las normas contenidas en el respectivo contrato de prestación de servicios.” DÉCIMO: Principalmente concluyo, por no haberse demostrado los extremos, los elementos, los requisitos o presupuestos de una relación laboral, no resulta posible concluir que hubo un contrato de trabajo, y por lo tanto no había ninguna obligación de la parte demandada de pagar la indemnización sustitutiva del aviso previo o pagar cotizaciones previsionales. El contrato termina por el plazo previamente convenido por las partes, por lo tanto, no se puede hablar

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ACTA DE AUDIENCIA UNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA DE PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA 04/10/2021 RUC 21-4-0349105-2 RIT M-135-2021 MAGISTRADO CRISTIAN MARCHANT LILLO ADMINISTRATIVO DE ACTAS GABRIELA MORÁN PIZARRO HORA DE INICIO 09:09 HORAS HORA DE TERMINO 10:55 HORAS Nº REGISTRO DE AUDIO 2140349105-2-387 PARTE DEMANDANTE COMPARECIENTE NO COMPARECE ABOGADO PABLO IGNACIO LLANOS DUEÑA

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