2º Juzgado Civil de Viña del Mar

SCOTIABANK-CHILE S.A./PRODUCCIONES DIGITALES S.A.

Rol

C-6072-2019

Fecha

29 de abril de 2020

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: Con fecha 9 de diciembre de 2019, comparece don Juan Antonio Rivera Barros, abogado, en representaci n de ó Scotiabank Chile, cuyo gerente general es don Francisco Javier Sard n de Taboada, abogado, quien interpone ó demanda ejecutiva en contra de Producciones Digitales S. A., representada por don Mario Romualdo Suarez Aguirre, en su calidad de deudor principal, y en contra de don Mario Romualdo Suarez Aguirre, en su calidad de avalista y codeudor solidario, todos con domicilio en Avenida Edmundo Eluchans N° 2485, departamento A-13, Edificio Grecomar, Vi a del Mar y/o en Avenida Edmundo Eluchans N° 2485,ñ departamento A-14, Edificio Grecomar, Vi a del Mar y/o en Avenida Marina N°ñ 1002, Vi a del Mar, por la cantidad de $6.795.000.-, por concepto de pagar , m sñ é á intereses y costas. Con fecha 31 de diciembre de 2019, el ejecutado opuso excepciones. Con fecha 3 de enero de 2020, el ejecutante evacu el traslado conferido.ó Con fecha 6 de enero de 2020, se recibieron las excepciones a prueba. Con fecha 11 de diciembre de 2019, el ejecutante acompa documentos.ñó Se cit a las partes a o r sentencia.ó í

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 9 de diciembre de 2019, comparece don Juan Antonio Rivera Barros, abogado, en representaci n de ó Scotiabank Chile, cuyo gerente general es don Francisco Javier Sard n de Taboada, abogado, quienó interpone demanda ejecutiva en contra de Producciones Digitales S. A., representada por don Mario Romualdo Suarez Aguirre, en su calidad de deudora principal, y en contra de don Mario Romualdo Suarez Aguirre, en su calidad de avalista y codeudor solidario, todos con domicilio en Avenida Edmundo Eluchans N° 2485, departamento A-13, Edificio Grecomar, Vi a del Mar y/o en Avenidañ Edmundo Eluchans N° 2485, departamento A-14, Edificio Grecomar, Vi a delñ Mar y/o en Avenida Marina N° 1002, Vi a del Marñ . Se ala que Scotiabank Chile es due o y beneficiario del pagar N° deñ ñ é obligaci n 0504-0366-62-9600009174, hoy N° 703660009174, suscrito por laó deudora principal, con fecha 23 de noviembre de 2018, por el cual se oblig aó pagar al Banco la suma de $6.795.000.- por concepto de capital, m s la suma deá $1.174.766.- por concepto de intereses. Que, se estableci que el capital e interesesó adeudados se pagar a en 23 cuotas mensuales, sucesivas e iguales, de $332.073.-,í cada una, con vencimiento los d as 23 de cada mes a contar del 23 de diciembreí C-6072-2019 Foja: 1 de 2018 y hasta el 23 de octubre de 2020 y una ltima de $332.087.-, conú vencimiento el d a 23 de noviembre de 2020, agregando que el capital adeudadoí devengar a un inter s del 1,30000% mensual, como asimismo, los intereses que noí é se pagaren en su respectivo vencimiento o renovaci n, se capitalizar an enó í conformidad a las pertinentes normas legales, sin perjuicio del derecho del Banco a exigir de inmediato el total de la obligaci n que estuviere pendiente, en losó t rminos que se ala el mismo pagar . De igual forma, se ala que el no pagoé ñ é ñ ntegro y oportuno de una o m s cuotas dar a derecho al Banco para exigir deí á í inmediato, como si fuere de plazo vencido, el total de la obligaci n que estuviereó pendiente, la cual devengar a, desde el d a de la mora o simple retardo y hasta elí í de su completo y efectivo pago, el inter s corriente que corresponda, seg n elé ú monto y plazo original del pagar citado vigente a la fecha de suscripci n, m s uné ó á 50%, o bien la que tuviere vigencia durante el tiempo de la mora o simple retardo, en sus distintas etapas, m s un 50% si esta ltima fuese superior a la primera.á ú A ade que, en el mismo instrumento, se constituy en avalista y codeudorñ ó solidario, don Mario Romualdo Suarez Aguirre. Hace presente que los deudores no pagaron la cuota que venc a el 23 deí diciembre de 2018, raz n por la cual, el ejecutante viene en hacer exigible, s loó ó por concepto de capital, el total adeudado ascendente a la suma de $6.795.000.-, m s los intereses que procedan de conformidad al mismo pagar .á é Precisa que el pagar constituye un t tulo ejecutivo que da cuenta de unaé í obligaci n l quida, no prescrita y actualm

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los art culosí 1698 del C digo Civil; 160, 170, 254, 341, 432, 433, 464, 473 y 474 del C digoó ó del Procedimiento Civil; y 26 del D.L. N° 3475, se declara: Que se niega lugar a las excepciones opuestas por el ejecutado fundadas en los numerales 7 y 9 del art culo 464 del C digo de Procedimientoí ó Civil, y en consecuencia se deber seguir adelante con la ejecuci n, hasta hacerseá ó al ejecutante entero pago de lo adeudado e intereses correspondientes, con costas. Que se accede a la reserva de derechos solicitada por el ejecutado, de acuerdo a lo dispuesto en el art culo 473 del C digo de Procedimiento Civilí ó respecto de la excepci n establecida en el art culo 464 N° 14 del mismo cuerpoó í normativo, fij ndose la cauci n respectiva en la suma de á ó $6.795.000.- Reg strese, notif quese y arch vese en su oportunidad.í í í Rol N° 6072-2019 Dictada por do a ñ Cecilia Sagredo Olivares, Juez Titular. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Vi a del Marñ , veintinueve de Abril de dos mil veinte X C-6072-2019 Foja: 1 Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para

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C-6072-2019 Foja: 1 FOJA: 28 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Vi a del Marº ñ CAUSA ROL : C-6072-2019 CARATULADO : SCOTIABANK-CHILE S.A./PRODUCCIONES DIGITALES S.A. Vi a del Marñ , veintinueve de Abril de dos mil veinte VISTO: Con fecha 9 de diciembre de 2019, comparece don Juan Antonio Rivera Barros, abogado, en representaci n de ó Scotiabank Chile, cuyo gerente

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