4º Juzgado de Letras de Talca

INVERSIONES INDEPENDENCIA SPA/

Rol

V-2-2020

Fecha

28 de abril de 2020

Materia

BIENES RAÍCES, RECLAMO NEGATIVA DEL CONSERVADOR

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO: PRIMERO: Que, bajo el Folio N° 1 y con fecha 6 de Enero de 2020, se presenta don Guillermo Monsalve Mercadal, abogado, en representación judicial y convencional de la sociedad “Inversiones Independencia SpA.”, del giro de su denominación, ambos domiciliados en calle 30 Oriente N° 1528, Oficina 709, de la ciudad de Talca y deduce reclamación ante la negativa del Conservador de Bienes Raíces de Talca, a inscribir la escritura pública de fecha 3 de Diciembre de 2019, suscrita entre don César Germán Bascuñán Moreno y la Sociedad “Inversiones Independencia SpA”, ante el Notario Público Titular de Talca, don Gabriel Guerrero González y pide se disponga, previo informe del Sr. Conservador de Bienes Raíces de Talca, que se inscriba en el Registro de Propiedad, la escritura pública de cesión de derechos de fecha 3 de diciembre de 2019, suscrita entre la sociedad “Inversiones Independencia SpA.” y don César Germán Bascuñán Moreno, ante el Notario Público Titular de Talca, don Gabriel Guerrero González. Expone, que don César Germán Bascuñán Moreno, en conjunto con don Alejandro Sebastián Alvear Vargas, doña María Leticia del Carmen Cárcamo Sepúlveda, doña Gladys Rosalba Beas Bustos, don Ernesto Reinaldo Beas Bustos, don Rogelio Antonio Carrillo Cárcamo y don Juan Antonio Benavente Courbis, son dueños, en común, de una propiedad agrícola correspondiente a la Parcela N°2 del Proyecto de Parcelación Estrella de Lircay, de la ex Corporación de la Reforma Agraria, ubicada en el lugar denominado Lircay, de la comuna y provincia de Talca, que originalmente, según su título tiene una superficie aproximada de 16,3 hectáreas y posee los siguientes deslindes: NORTE: Parte propiedad señor Adán Cárcamo, camino de por medio, Parcela número Uno; SUR: Parte Parcela sucesión Núñez y parte Cooperativa san Valentín y Parcela número tres; ORIENTE: Parte Parcela número Uno, Parcela sucesión Núñez y parte Cooperativa San Valentín; PONIENTE: Parte Parcela número Tres, parte propietario Sr.

Fallo

Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en los artículos 817 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, 13 y 18 del Reglamento del Conservador de Bienes Raíces; se declara: Que, SE ACOGE, la solicitud presentada con fecha 06 de Enero de 2020, por don Guillermo Monsalve Mercadal, en representación de “Inversiones Independencia SpA” y se ordena al Sr. Conservador de Bienes Raíces de Talca, dejar sin efecto y alzar la cancelación del resto de la Parcela N°2 inscrita a fojas 1910 N° 1706 del Registro de Propiedad del año 1993, volviendo al estado anterior a dictada la cancelación, para luego inscribir en el Registro de Propiedad, la escritura pública de cesión de derechos de fecha 3 de diciembre de 2019, suscrita entre la sociedad “Inversiones Independencia SpA.” y don César Germán Bascuñán Moreno, ante el Notario Público Titular de Talca, don Gabriel Guerrero González.- Notifíquese, Regístrese y archívese en su oportunidad. ROL V-2-2020. https://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=255400 https://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=255400 Pronunciada por don Gonzalo Enrique Pérez Correa, Juez Titular del Cuarto Civil de Talca. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 162 del Código de Procedimiento Civil. Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno estable

Texto Completo (Preview)

Talca, veintiocho de abril de dos mil veinte. VISTO: PRIMERO: Que, bajo el Folio N° 1 y con fecha 6 de Enero de 2020, se presenta don Guillermo Monsalve Mercadal, abogado, en representación judicial y convencional de la sociedad “Inversiones Independencia SpA.”, del giro de su denominación, ambos domiciliados en calle 30 Oriente N° 1528, Oficina 709, de la ciudad de Talca y deduce reclamación ant

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica