MP C/ RODRIGO ALEXIS SANDOVAL VÁSQUEZ
Rol
O-243-2022
Fecha
21 de noviembre de 2022
Materia
CONDUC.EBRIEDAD SUSP.LIC. ART.196Y209 INC.2 LEY.TRANSITO., RECEPTACION. ART. 456 BIS A.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos incluidos por el Ministerio Público en su acusación son los siguientes: “El día 27 de noviembre del año 2021, aproximadamente a las 03:30 horas, el imputado RODRIGO ALEXIS SANDOVAL VASQUEZ condujo en estado de ebriedad, sin haber obtenido licencia de conducir, por avenida Divina Providencia en dirección al norte, contra el sentido del tránsito, a la altura de calle Echaurren en el sector de Llo-Lleo, en la comuna de San Antonio, el vehículo Marca Nissan V-16, PPU YC- 2214, propiedad de don René Antonio Ruiz Alfaro, el cual mantenía encargo vigente por el delito de robo, encargo N° 1551-2021, efectuado por denuncia de fecha 08 de noviembre de 2021, ante la 54° Comisaría de Santiago. El imputado Sandoval Vásquez, mantenía en su poder y conducía el vehículo conociendo o no pudiendo menos que conocer su origen ilícito. Los funcionarios policiales se percataron de la ebriedad del imputado, la que confirmaron al realizarle la prueba respiratoria Alcotest, que arrojó que el imputado conducía con 1.05 g/l. y luego se le realizó examen de alcoholemia con un resultado de 1.07 gramos por litro de alcohol en la sangre”. Estos hechos, a juicio de la Fiscalía, son constitutivos el delito de receptación, previsto y sancionado en el artículo 456 Bis A del Código Penal y del delito de conducción en estado de ebriedad y sin haber obtenido licencia de conducir, previsto y sancionado en el artículo 196 en relación al artículo 209, ambos de la Ley de Tránsito; todos en grado de consumado, atribuyéndoles al acusado la calidad de autor del mismo, en conformidad al artículo 15 N° 1 del Código punitivo. El Ministerio Público señala que no concurren circunstancias modificatorias de responsabilidad penal respecto del acusado. Por todo lo anterior, el acusador fiscal solicita se imponga al acusado, por el delito de receptación de vehículo, la pena de cinco años de presidio menor en su grado máximo y multa de diez Unidades Tributarias Mensuales, y por el delito de manejo en estado de
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que, con fecha quince de noviembre de dos mil veintidós, ante esta Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Antonio, presidida por el magistrado don Sebastián Báez Hernández e integrada, además, por las magistradas doña Paola Rojas Labarca y doña Daniela Herrera Faúndez, se llevó a efecto la audiencia del Juicio Oral RIT N° 243-2022, seguido en contra de RODRIGO ALEXIS SANDOVAL VÁSQUEZ, cédula nacional de identidad 17.127.059-6, 34 años, nacido el 9 de septiembre de 1988, natural de Santa Bárbara, soltero, comerciante, domiciliado en Avenida Américo Vespucio 1867, comuna de Cerrillos, Región Metropolitana. El presente juicio oral se desarrolló, en atención al estado de emergencia nacional actual y pandemia mundial provocada por el coronavirus y a fin de evitar la propagación de dicha enfermedad, mediante un sistema mixto desarrollado mediante conexión por video conferencia –fiscal, acusado, defensora y jueces- y de comparecencia personal en dependencias del Tribunal –testigos y funcionarios de turno-, lo cual fue resuelto en audiencia incidental previa, adoptándose, en todo caso, las medidas tendientes a resguardar los derechos de todos los intervinientes, establecidos en la Constitución Política y en las Leyes de la República. Fue parte acusadora del presente juicio, el Ministerio Público de San Antonio, representado por el fiscal adjunto don Juan Carlos Catalán Aracena, con domicilio y forma de notificación registrados en el tribunal. Código: WBXCXCLDRXJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 La defensa del acusado estuvo a cargo de la defensora penal público doña Carla Estrada Ramírez, con domicilio y forma de notificación registrados en el tribunal. SEGUNDO: Acusación. Que los hechos incluidos por el Ministerio Público en su acusación son los siguientes: “El día 27 de noviembre del año 2021, aproximadamente a las 03:30 horas, el imputado RODRIGO ALEXIS SANDOVAL VASQUEZ condujo en estado de ebriedad, sin haber obtenido licencia de conducir, por avenida Divina Providencia en dirección al norte, contra el sentido del tránsito, a la altura de calle Echaurren en el sector de Llo-Lleo, en la comuna de San Antonio, el vehículo Marca Nissan V-16, PPU YC- 2214, propiedad de don René Antonio Ruiz Alfaro, el cual mantenía encargo vigente por el delito de robo, encargo N° 1551-2021, efectuado por denuncia de fecha 08 de noviembre de 2021, ante la 54° Comisaría de Santiago. El imputado Sandoval Vásquez, mantenía en su poder y conducía el vehículo conociendo o no pudiendo menos que conocer su origen ilícito. Los funcionarios policiales se percataron de la ebriedad del imputado, la que confirmaron al realizarle la prueba respiratoria Alcotest, que arrojó que el imputado conducía con 1.05 g/l. y luego se le realizó examen de alcoholemia con un resultado de 1.07 gramos por litro de alcohol en la sangre”. Estos hechos, a juicio de
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, a lo dispuesto en los artículos 1°, 5, 11 N° 9, 14, 15 N° 1, 18, 21, 24, 26, 29, 30, 49, 50, 67, 70, 74 y 456 BIS A del Código Penal; artículos 1°, 2º, 45, 46, 47, 295, 296, 297, 323, 325 a 338, 340, 341, 342 y 344 del Código Procesal Penal; y artículos 110, 111, 196, 197 bis y 209 de la Ley del Tránsito Nº 18.290, SE DECLARA: I.- Que se CONDENA a RODRIGO ALEXIS SANDOVAL VÁSQUEZ, cédula nacional de identidad 17.127.059-6, como AUTOR del delito de RECEPTACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 456 Código: WBXCXCLDRXJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 27 BIS A del Código Penal, en grado de CONSUMADO, cometido el 27 de noviembre de 2021, en la comuna de San Antonio, a sufrir la pena de TRES AÑOS Y ÚN DÍA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, MULTA DE DOS UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES y a la pena accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 70 del Código Penal se autoriza el pago en parcialidades de la multa impuesta, fijándose cuatro cuotas mensuales, iguales y sucesivas de media unidad tributaria mensual cada una, debiendo pagarse la primera dentro de quinto día de ejecutoriada la sentencia, y la siguiente, al cabo de treinta días de vencido el pago de la cuota anterior, y así sucesivamente
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1 MINISTERIO PÚBLICO DE SAN ANTONIO/ RODRIGO ALEXIS SANDOVAL VÁSQUEZ DELITO DE RECEPTACIÓN Y CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD SIN HABER OBTENIDO LICENCIA DE CONDUCIR RUC N° 21 01 07 01 45 - 4 RIT N° 243 – 2022 SAN ANTONIO, veintiuno de noviembre de dos mil veintidós. VISTO, OIDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que, con fecha quince de noviembre de dos mil veintidós
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