2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

CÁCERES/SERVICIOS DE ADMINISTRACIÓN Y SEGURIDAD

Rol

M-402-2020

Fecha

4 de octubre de 2021

Materia

Costas, Despido injustificado, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Prestaciones, Reajustes e intereses, Remuneraciones

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos sustanciales pertinentes controvertidos y, según lo señala el artículo 453 N° 3 inciso 2° del Código de Trabajo, no recibe la causa a prueba y dando por concluida la audiencia procede a dictar sentencia. SENTENCIA Se deja constancia que conforme a lo dispuesto en el acta 71-2016 de la Excelentísima Corte Suprema y lo acordado en acta de Comité de Jueces N° 77-2016 de este Tribunal, la sentencia es pronunciada íntegramente en la audiencia, como consta en el registro de audio, correspondiendo la transcripción únicamente de su parte resolutiva. Parte resolutiva: Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 1, 7, 58, 63, 67, 162, 496 a 502 del Código del Trabajo, se declara: I.- Que, se acoge la demanda deducida por don CARLOS ARTURO CÁCERES ROMÁN en contra de SERVICIOS DE ADMINISTRACIÓN Y SEGURIDAD SpA, en cuanto se declara nulo el despido del que fue objeto el trabajador demandante con fecha 11 de noviembre de 2019, por haber existido deuda previsional a dicha época, condenándose consecuencialmente a la demandada antes individualizada a pagar al actor las remuneraciones y demás prestaciones devengadas a la fecha de su despido, esto es el 11 de noviembre de 2019 y hasta que se produzca el pago efectivo de las cotizaciones de seguridad social adeudadas al actor, debiendo tomar en consideración para ello una remuneración mensual ascendiente a $580.000. II.- Que asimismo se declara injustificado el despido que fue objeto el trabajador demandante con fecha 11 de noviembre de 2019, condenándose consecuencialmente a pagar al Trabajador demandante a las siguientes indemnizaciones y prestaciones. a) Indemnización sustitutiva del aviso previo por la suma de $580.000 b) feriado proporcional por el período trabajado por 8,99 días por la suma de $173.806. c) Remuneración adeudada por 11 días trabajados en el mes de noviembre de 2019, por la suma de $212.663. d) Que la demandada deberá enterar las cotizaciones de seguridad social adeudadas al trabajador de

Fundamentos

fundamentos que constan en el registro de audio. Resolución. Que no habiéndose contestado la demanda en esta causa por parte de la demandada principal, el tribunal estima que no existen hechos sustanciales pertinentes controvertidos y, según lo señala el artículo 453 N° 3 inciso 2° del Código de Trabajo, no recibe la causa a prueba y dando por concluida la audiencia procede a dictar sentencia. SENTENCIA Se deja constancia que conforme a lo dispuesto en el acta 71-2016 de la Excelentísima Corte Suprema y lo acordado en acta de Comité de Jueces N° 77-2016 de este Tribunal, la sentencia es pronunciada íntegramente en la audiencia, como consta en el registro de audio, correspondiendo la transcripción únicamente de su parte resolutiva. Parte resolutiva:

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 1, 7, 58, 63, 67, 162, 496 a 502 del Código del Trabajo, se declara: I.- Que, se acoge la demanda deducida por don CARLOS ARTURO CÁCERES ROMÁN en contra de SERVICIOS DE ADMINISTRACIÓN Y SEGURIDAD SpA, en cuanto se declara nulo el despido del que fue objeto el trabajador demandante con fecha 11 de noviembre de 2019, por haber existido deuda previsional a dicha época, condenándose consecuencialmente a la demandada antes individualizada a pagar al actor las remuneraciones y demás prestaciones devengadas a la fecha de su despido, esto es el 11 de noviembre de 2019 y hasta que se produzca el pago efectivo de las cotizaciones de seguridad social adeudadas al actor, debiendo tomar en consideración para ello una remuneración mensual ascendiente a $580.000. II.- Que asimismo se declara injustificado el despido que fue objeto el trabajador demandante con fecha 11 de noviembre de 2019, condenándose consecuencialmente a pagar al Trabajador demandante a las siguientes indemnizaciones y prestaciones. a) Indemnización sustitutiva del aviso previo por la suma de $580.000 b) feriado proporcional por el período trabajado por 8,99 días por la suma de $173.806. c) Remuneración adeudada por 11 días trabajados en el mes de noviembre de 2019, por la suma de $212.663. d) Que la demandada deberá enterar las cotizaciones de seguridad social adeudadas al trabajador demandante en AFP PROVIDA, FONASA Y AFCCHILE, por el período trabajado, esto

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA UNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA DE PROCEDIMIENTO RECLAMO MONITORIO FECHA 04 DE OCTUBRE DE 2021 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO SALA 15 virtual RUC 20-4-0249885-5 RIT M-402-2020 MAGISTRADO ANDREA SOLER MERINO ADMINISTRATIVO DE ACTAS ERIC PIZARRO LUCO HORA DE INICIO 10:15 HORAS HORA DE TERMINO 10:49 HORAS Nº REGISTRO DE AUDIO 2040249885

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