Juzgado de Garantia de Viña del Mar.

MP C/ ALFREDO DANIEL ROJAS MEZA

Rol

O-223-2021

Fecha

18 de noviembre de 2022

Materia

ROBO EN BIENES NACIONALES DE USO PUBLICO O SITIOSNO DESTIN.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Hechos: El día 08 de enero del año 2021, en circunstancias que la víctima Luis Alberto Llanos Lazcano, dejó estacionado su vehículo P.P.U. HBGF-98, marca Chevrolet, modelo Sail, en calle 10 Norte con calle 2 Oriente, comuna de Viña del Mar, a las 16:45 horas aproximadamente, el requerido ALFREDO DANIEL ROJAS MEZA, premunido de un destornillador, forzó la chapa de la puerta delantera del vehículo, para con ánimo de lucro y contra la voluntad de su dueño sustraer las especies que se encontraban en su interior, siendo sorprendido por una persona que trabaja en las inmediaciones, dándose a la fuga a bordo del vehículo marca Nissan, modelo V16 en que se transportaba. Sentencia: Vistos y Oídos Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, y la resolutiva es del siguiente tenor: Y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N°9, 14, 15, 30, 67, 69, 443 todos del Código Penal; artículos 36, 47, 340, 388; se declara: I. Que se condena al encausado ALFREDO DANIEL ROJAS MEZA, ya individualizado como autor del delito de robo en bienes nacionales de uso público en su gado de frustrado, hecho perpetrado en esta ciudad el día 8 de enero del año 2021 a sufrir la pena de SESENTA Y UN DIAS DE PRESIDO MENOR EN SU GRADO MINIMO, accesorias de suspensión de cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena, registro de huella genética. II. Al encausado se le abonará todo el tiempo que haya estado privado de libertad por esta causa, en cuanto a la medida cautelar de arresto domiciliario nocturno decretada entre la fecha de detención y el mes de abril de este año, el señor jefe de causas certificará el cumplimiento de la medida cautelar indicada. Ante el evento que los abonos no le Código: XXJXXCRXNLJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl alcancen a dar por cumplida la pena, se le concede a este sentenciado la pena sustitutiva de prestación

Fallo

se declara: I. Que se condena al encausado ALFREDO DANIEL ROJAS MEZA, ya individualizado como autor del delito de robo en bienes nacionales de uso público en su gado de frustrado, hecho perpetrado en esta ciudad el día 8 de enero del año 2021 a sufrir la pena de SESENTA Y UN DIAS DE PRESIDO MENOR EN SU GRADO MINIMO, accesorias de suspensión de cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena, registro de huella genética. II. Al encausado se le abonará todo el tiempo que haya estado privado de libertad por esta causa, en cuanto a la medida cautelar de arresto domiciliario nocturno decretada entre la fecha de detención y el mes de abril de este año, el señor jefe de causas certificará el cumplimiento de la medida cautelar indicada. Ante el evento que los abonos no le Código: XXJXXCRXNLJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl alcancen a dar por cumplida la pena, se le concede a este sentenciado la pena sustitutiva de prestación de servicios comunitarios, según los plazos y los tiempos que se determinen previa certificación con el jefe de causas, lo que se hará por resolución de cumplimiento. III. Se declara que no se le condena al pago de las costas de la causa. Regístrese, ejecutoriada que sea esta sentencia dese cumplimiento a lo prevenido en el artículo 468. Dictada por don ROBERTO ARIEL PINTO GUTIERREZ, Juez de Garantía de Viña del Mar. Código: XXJXXCRXNLJ Este documento tiene firma electrónica y su

Texto Completo (Preview)

Fecha Viña del Mar., dieciocho de noviembre de dos mil veintidos RUC 2100024530-2 RIT 223 - 2021 NOMBRE IMPUTADO RUT DIRECCION COMUNA ALFREDO DANIEL ROJAS MEZA 001249690 9-3 Pasaje EYZAGUIRRE 31 Cerro Cordillera Valparaíso . Hechos: El día 08 de enero del año 2021, en circunstancias que la víctima Luis Alberto Llanos Lazcano, dejó estacionado su vehículo P.P.U. HBGF-98, marca Chevrolet, modelo Sa

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica