Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Linares.

M.P. C/ RAFAEL IGNACIO SORIANO BRUNA

Rol

O-45-2022

Fecha

18 de noviembre de 2022

Materia

TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Que con fecha diez de septiembre de dos mil veintidós, ante la Primera Sala del Tribunal Oral en lo Penal de Linares, integrada por los jueces Cristian Adriazola Jeria, quien presidió la audiencia, Mauricio Leyton Salas y Claudia Mora Cuadra, se llevó a efecto la audiencia del juicio oral de los antecedentes RIT 45- 2022, seguidos contra el acusado RAFAEL IGNACIO SORIANO BRUNA, Cédula Nacional de Identidad N° 19.060.937-5, nacido el 25 de julio de 1994 en Santiago, soltero, 28 años de edad, estudios completos hasta tercero medio, trabajador independiente, domiciliado Calle Adonay Nº 176, comuna de Lo Prado, Santiago, representado por el abogado defensor público don Francisco Parra Whipple. El Ministerio Público estuvo representado por la Fiscal doña Carola Milena D'agostini Ibáñez.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Acusación: Que el Ministerio Público, dedujo acusación en contra del encartado imputándole los siguientes hechos: “El 25 de febrero de 2021, alrededor de las 11:55 horas, el imputado RAFAEL IGNACIO SORIANO BRUNA conducía el vehículo placa patente única KXRB-97, marca CHEVROLET, por Circunvalación Norte de la comuna de Linares, siendo fiscalizado por personal de Carabineros, quienes le exigen el salvoconducto respectivo, al encontrarse la ciudad en cuarentena, no manteniendo dicho documento, percatándose el personal de Carabineros que además emanaba del vehículo un fuerte olor a marihuana, siendo consultado si mantenía algún tipo de sustancia ilícita, manifestando el copiloto SAMUEL HERNÁN BARRA GÓMEZ que mantenía marihuana en el maletero del vehículo, haciendo entrega de una bolsa color negro contenedora de marihuana a granel que guardaba en el interior Código: LSDFXCTXFVX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl de una mochila, con peso de 100 (cien) gramos neto, sin justificar que la droga la mantuvieran para su uso o consumo próximo en el tiempo.” Los hechos descritos, a juicio de la fiscalía, son constitutivos del delito consumado de TRÁFICO ILÍCITO DE PEQUEÑAS CANTIDADES DE DROGA, descrito y sancionado en el Art. 4 de la Ley Nº 20.000 sobre Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas, y se le imputa al acusado RAFAEL IGNACIO SORIANO BRUNA participación como autor, conforme a lo dispuesto en el Art. 15 Nº 1 del Código Penal. Se reconoce por la fiscalía la circunstancia atenuante de irreprochable conducta anterior del acusado, contemplada en el Art. 11 N° 6 del Código Penal, ya que no registra condenas en su extracto de filiación y antecedentes. El Ministerio Público solicita se imponga al acusado la pena OCHOCIENTOS DIECIOCHO DÍAS de presidio menor en su grado medio, multa de VEINTE UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, conforme lo disponen el Art. 4 de la Ley Nº 20.000 sobre Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas, accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, de acuerdo a lo prescrito en el Art. 30 del Código Penal, el comiso de los efectos e instrumentos utilizados en la comisión del delito, esto es, droga incautada, con expresa condena en costas. Asimismo, en el evento que el acusado sea condenado, solicita disponer la toma de muestra para la determinación de su huella genética y la incorporación de ésta al registro de condenados, conforme a lo prevenido en el Art. 17 de la Ley Nº 19.970 SEGUNDO: Alegaciones de cargo: Que no se efectúan alegatos de apertura por el acusador fiscal. En sus alegaciones de clausura, indica que el 25 de febrero de 2021 se hace fiscalización por cuarentena por carabineros y personal de servicio de salud, determinando que 4 personas que venían en un vehículo conducido por el acusado no llevaba permiso para transitar percatándose en esta fiscalización perso

Fallo

Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 14 y 15 del Código Penal; artículos 1 y 4 de la Ley N° 20.000; artículos 1, 45, 46, 48, 282, 284, 285, 286, 291, 295, 296, 297, 298, 306, 314, 319, 323, 325, 326, 327, 328, 330, 338, 339, 340, 342, 343, 344, 346 y 347 del Código Procesal Penal; se declara: I.- Que, se ABSUELVE al acusado RAFAEL IGNACIO SORIANO BRUNA, de los cargos imputados por el Ministerio Publico como autor del delito consumado de TRÁFICO ILÍCITO DE PEQUEÑAS CANTIDADES DE SUSTANCIA Código: LSDFXCTXFVX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl ESTUPEFACIENTE, presuntamente ocurrido el día 25 de febrero de 2021, en avenida Circunvalación Norte de la comuna de Linares. II.- Que, se condena en costas al Ministerio Público. Regístrese y ejecutoriada que sea la presente sentencia, remítase una copia autorizada al Juzgado de Garantía de Linares, para los fines legales pertinentes. Devuélvase en su oportunidad la prueba aportada por los intervinientes. Redactada por la magistrado Claudia Mora Cuadra. RUC 2100186571-1. RIT 45-2022. Sentencia pronunciada por los jueces de la Primera Sala del Tribunal Oral en lo Penal de Linares, Cristian Adriazola Jeria, Mauricio Leyton Salas y Claudia Mora Cuadra. No firma el Magistrado Leyton Salas por encontrarse con permiso del Art. 347 del C.O.T., debidamente autorizado por la Iltma. Corte de Apelaciones de Talca. Código: LSDFXCTXFVX Est

Texto Completo (Preview)

PODER JUDICIAL TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL LINARES CONTRA : RAFAEL IGNACIO SORIANO BRUNA. DELITO : TRÁFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES DE SUSTANCIA ESTUPEFACIENTE. R. U. C. : N° 2100186571-1. R. I. T. : N° 45-2022. Linares, a dieciocho de noviembre de dos mil veintidós. VISTOS: Que con fecha diez de septiembre de dos mil veintidós, ante la Primera Sala del Tribunal Oral en lo Penal de Lina

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica