COMPAÑÍA MINERA DEL PACÍFICO S.A./
Rol
V-2002-2018
Fecha
8 de mayo de 2020
Materia
MINERA, MANIFESTACIÓN (CONCESIÓN PARA EXPLOTACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio 1 compareció Mario Lucio Barassi Ramírez, chileno, casado, abogado, cedula nacional de identidad N° 15.794.531-9, domiciliado en Vallenar, calle Brasil N° 1050, en representación de COMPAÑÍA MINERA DEL PACÍFICO S.A., empresa minera chilena, RUT N° 94.638.000-8, mismo domicilio, quien solicita la constitución de una concesión de explotación, con una superficie total de 160 hectáreas, sobre sustancias concesibles situada en la comuna de Huasco, Provincia de Huasco, Región de Atacama, denominada “YASMINA 3 1 AL 16”, dividida en 16 pertenencias de 10 hectáreas de superficie cada una. SEGUNDO: Que, la manifestación fue presentada el día 22 de octubre de 2018, a las 15:09 horas, asignándosele el Rol V-2002-2018, y anotada en el libro de Manifestaciones Mineras con el número cincuenta y tres mil cuatrocientos nueve. TERCERO: Que, con fecha 24 de octubre de 2018, se ordenó inscribir y publicar la manifestación y pagar la tasa a beneficio fiscal dentro del plazo legal. CUARTO: Que, a folio 4, consta consta que el solicitante acompañó copia de inscripción minera, que da cuenta que se inscribió la manifestación con fecha 24 de octubre de 2018, a fojas 2.346, N° 1.168 del Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Freirina del año 2018. En igual documento consta la copia de la publicación, que da cuenta de que ésta se realizó el día lunes 12 de noviembre de 2018, en el Boletín Oficial de Minería N° 42.202. QUINTO: Que, igualmente a folio 4, se acompañó el comprobante del pago de la tasa a beneficio fiscal por la suma de $153.652, pagada con fecha 29 de octubre de 2018, y el comprobante del pago de la primera patente por la suma de $620.321, pagada el 13 de mayo de 2019. SEXTO: Que, con fecha 14 de mayo de 2019, en el referido folio 4, se presentó solicitud de mensura cubriendo una superficie total de ciento sesenta (160) hectáreas, denominada “YASMINA 3 1 AL 16”, habiéndose publicado la petición el 3 de junio de 2019 en el Boletín Oficial de Minería N° 42.369, como consta a folio 6. SÉPTIMO: Que, en el acta de mensura, acompañada a folio 13 con fecha 12 de diciembre de 2019, se indica que la concesión solicitada se encuentra ubicada en la Región de Atacama, Provincia de Huasco, Comuna de Huasco; y se señala, que se mensuraron las 12 pertenencias de 10 hectáreas cada una, 1 pertenencia de 5 hectáreas, 1 pertenencia de 4 hectáreas y 1 pertenencia de 2 hectáreas, con un total de 131 hectáreas de superficie, denominadas “YASMINA 3 1 AL 15”. OCTAVO: Que, las coordenadas universales transversales de Mercator (U.T.M) del Punto de Interés y de cada uno de los vértices de la cara superior de la concesión de exploración solicitada son: VERTICE NORTE (m) ESTE (m) P.I. 6.876.700,00 322.500,00 L1 6.877.500,00 322.000,00 L2 6.877.500,00 323.000,00 L3 6.876.100,00 323.000,00 L4 6.876.100,00 322.600,00 L5 6.876.200,00 322.600,00 L6 6.876.200,00 322.300,00 L7 6.876.300,00 322.300,00 L8 6.876.300,00 322.000,00 NOVENO: Q
Fallo
SE DECLARA: I.- Que, QUEDA CONSTITUIDA la concesión de explotación denominada “YASMINA 3 1 AL 15”, Rol Nacional N° 03303-0651-3, con una superficie total de ciento treinta y un (131) hectáreas, a favor de COMPAÑÍA MINERA DEL PACÍFICO S.A., ya individualizada. II.- Que, SE APRUEBA el plano y actas de mensura. III.- Cumpla el interesado con entregar al SERNAGEOMIN copia de esta sentencia, del acta de mensura y original del plano. IV.- Otórguese extracto conforme al artículo 90 del Código de Minería y publíquese. V.- Inscríbase junto con el acta de mensura. VI.- Archívense los planos. Anótese, regístrese, notifíquese, dese copias y archívese en su oportunidad. Dictada por VICENTE SALVADOR LECOURT MIRANDA, Juez Suplente del Juzgado de Letras y Garantía de Freirina. ROL V-2002-2018 En Freirina, a ocho de mayo de dos mil veinte, se notificó por el estado diario la sentencia que antecede. /eng Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2020-05-08T19:09:51-0400
Texto Completo (Preview)
NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Gar.de Freirina CAUSA ROL : V-2002-2018 CARATULADO : COMPA A MINERA DEL PAC FICO S.A./ÑÍ Í Freirina, ocho de mayo dos mil veinte. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio 1 compareció Mario Lucio Barassi Ramírez, chileno, casado, abogado, cedula nacional de identidad N° 15.794.531-9, domiciliado en Vallenar, calle Brasil N° 1050, en
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