MP C/ JUAN CARLOS FERRER CONTRERAS
Rol
O-1776-2022
Fecha
15 de noviembre de 2022
Materia
CONDUC.EBRIEDAD SUSP.LIC. ART.196Y209 INC.2 LEY.TRANSITO.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos constituyen un delito de conducción en estado de ebriedad en carácter de agravado, del artículo 196 inciso primero en relación al artículo 209 de la Ley de Tránsito. Ante la consulta de rigor, el acusado JUAN CARLOS FERRER CONTRERAS acepta los hechos de la acusación y los antecedentes de la investigación y se procede bajo las reglas del procedimiento abreviado. Circunstancias modificatorias de responsabilidad penal: Artículo 11 N° 9 del Código Penal vía artículo 407 del Código Procesal Penal. Hechos: El día 03 de marzo de 2022, siendo aproximadamente a las 00:15 horas, el imputado JUAN CARLOS FERRER CONTRERAS conducía, en estado de ebriedad y sin portar la licencia de conducir profesional debida, el minibús marca Kia Motors, modelo Vespa color amarillo, placa patente única PS.7744, año 1997, con capacidad de 12 asientos, siendo sorprendido y fiscalizado por Carabineros en el sector del Cajón en calle Las Palmeras con Ruta H-430, Coinco. Al fiscalizarlo se percataron del fuerte olor a alcohol que expedía el minibús y al aproximarse a fiscalizar al imputado y pedirle que descendiera, verificaron que se encontraba en manifiesto estado de ebriedad por su fuerte hálito alcohólico, rostro congestionado, inestabilidad al caminar e incoherencia al hablar, no portando ningún tipo de licencia de conducir en aquel momento. Se le efectúo la prueba alcotest cuyos resultado dio 1.30 gramos por litro en la sangre. Efectuado el examen de alcoholemia del SML arrojó como resultado 1,26 g/L. Sentencia: Rancagua, quince de noviembre de dos mil veintidós. Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, la resolutiva es del siguiente tenor: Y teniendo además presente lo previsto en los artículos 1, 11 N° 9, 15 N° 1, 24, 70 del Código Penal, artículos 297, 340, 406, 407 del Código Procesal Penal, artículo 4° de la Ley 18.216, artículos 110, 196, 196 bis y 209 de la Ley 18.290, se declara: I.- Que se CONDENA AL ACUSADO JUAN
Fallo
se declara: I.- Que se CONDENA AL ACUSADO JUAN CARLOS FERRER CONTRERAS, C.I. N° 16.817.274-5, ya individualizado, por su participación en calidad de autor ejecutor en el delito consumado de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en carácter Código: JDQCXCNEXTH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl file:///c:/jgrancagua@pjud.cl file:///c:/www.poderjudicial.cl Juzgado de Garantía de Rancagua Avda. Libertador Bernardo O´Higgins # 720 Fono: 72 220 77 00 jgrancagua@pjud.cl / www.poderjudicial.cl de AGRAVADO, hecho ocurrido en Rancagua el día 03 de marzo del año 2022, a la PENA CORPORAL DE QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO O RECLUSION MENOR EN SU GRADO MEDIO, a las accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, a una MULTA DE UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, la cual se da por cumplida con el periodo que estuvo el imputado privado de libertad en estos antecedentes, a la SUSPENSIÓN DE LA LICENCIA DE CONDUCIR POR EL PERIODO DE DOS AÑOS, para cuyo efecto se oficiará al Registro Nacional de Conductores, sirviendo el acta como suficiente oficio remisor y a la Dirección de Tránsito de la Municipalidad correspondiente donde se obtuvo la licencia de conducir. II.- Asimismo, no se le condena en costas por haber aceptado el procedimiento abreviado con el correspondiente ahorro al erario fiscal. III.- Que concurriendo en la especie los requisitos previstos en el artículo 4° de la Le
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Juzgado de Garantía de Rancagua Avda. Libertador Bernardo O´Higgins # 720 Fono: 72 220 77 00 jgrancagua@pjud.cl / www.poderjudicial.cl ACTA DE AUDIENCIA quince de noviembre de dos mil veintidós. Ruc: 2200204324-K Rit: 1776 - 2022 Hora Inicio: 10:13 Hora Término: 10:43 Juez: GIANNI RICARDO LIBRETTI PEÑA Tipo de Audiencia: Procedimiento abreviado Imputado: Juan Carlos Ferrer Contreras C.I. N° 16.81
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