Juzgado de Letras y Garantía de Peralillo.

MP C/ JOSÉ ENRIQUE PARRAGUEZ JIMÉNEZ

Rol

O-282-2022

Fecha

14 de noviembre de 2022

Materia

DESACATO (ART. 240 CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL).

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos precedentemente descritos, en concepto del Ministerio Público, constituyen delito de DESACATO, del artículo 240 del Código de Procedimiento Civil, en CONTEXTO DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR, por artículo 5° de la ley 20.066, atribuyéndose participación en calidad de autor a don JOSE ENRIQUE PARRAGUEZ JIMENEZ, encontrándose consumado el ilícito. Hecho 2: el día 11 de marzo de 2022, alrededor de las 11:10 horas, el imputado concurrió hasta el domicilio de su madre doña Ermelina Jiménez Lorca, domiciliada en Pupilla S/N, Palmilla, oportunidad en la cual el imputado, con los efectos del alcohol, sin la autorización de la víctima procedió a ingresar por la ventana, pese a que existe una medida cautelar emanada del Juzgado de Familia de Peralillo, en causa RIT F-53-2022, en la cual con fecha 28 de febrero de 2022, se decretó la medida cautelar de prohibición de acercase a la víctima, a no menos de 100 metros, resolución que fue notificada al imputado con fecha 01 de marzo de 2022. Los hechos descritos constituyen el delito de Desacato, previsto y sancionado en el artículo 240 del Código de Procedimiento Civil, cuyo grado de desarrollo se encuentra consumado teniendo el imputado participación de autor. Atendida la Alerta Sanitaria declarada para todo el territorio de la República; las Instrucciones y Medidas de Prevención y Código: XXHRXCNYLBH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Reacción por casos de brote de COVID-19 adoptado por el Presidente de la República mediante documento N° 003, de 16 de marzo de 2020, y el Decreto N°4-2020, del Ministerio de Salud; el acta 53-2020 de la Excma. Corte Suprema, la que dispone que en las determinaciones que se adopten por parte de los tribunales se privilegiará la salud de los usuarios así como de los funcionarios judiciales, y lo dispuesto en la ley 21.226 ; se realiza la presente audiencia mediante modalidad video conferencia. NOMBRE IMPUTADO RUT DIRECCION COMUNA

Fallo

se declara: I.- Que se condena a JOSÉ ENRIQUE PARRAGUEZ JIMÉNEZ., C.I. 0018401680-K, como autor de los delitos consumados de desacato en contexto de violencia intrafamiliar, cometidos los días 11 de marzo de 2022 y 11 de mayo de 2022, ambos en la comuna de Palmilla, y por cada uno de los ilícitos se le impone la pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, la pena accesoria del artículo 30 del código penal esto es, la suspensión de cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena y además la pena accesoria del artículo 9 letra D) de la Ley 20.066, esto es la obligación de realizar un tratamiento para el consumo problemático de drogas, que no podrá superar un año conforme lo indique el profesional a cargo dicho tratamiento, debiendo presentarse al Hospital de la comuna de Santa Cruz, el día martes 29 de noviembre del año en curso, para dicho tratamiento. Código: XXHRXCNYLBH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl II.- Que respecto a las penas corporales y cumpliendo los requisitos del artículo 4 de la ley 18.216, se sustituyen las mismas por la remisión condicional por el periodo de 1 año, debiendo presentarse ante el Centro de Reinserción Social de San Fernando, en Calle Cardenal Caro 951 de dicha comuna, el día 28 de noviembre de 2022, dejando constancia que en caso de revocación existen 3 días de abonos que considerar, el día 12 de marzo, 12 de mayo y 05 de octubre, todos del año 2022. III.- Q

Texto Completo (Preview)

Individualización de Audiencia de preparación juicio oral. Fecha Peralillo., catorce de noviembre de dos mil veintidós Magistrado ERICK LEONARDO SLATER SOTO Fiscal FELIPE MOLINA VALENZUELA Defensor ANTONIO SALAS QUIROGA Victima Ermelina del Carmen Jimenaz Lorca. Hora inicio 11:40AM Hora termino 12:15PM Sala Sala 1 Tribunal Juzgado de Letras y Garantía de Peralillo. Acta bhc RUC 2200458836-7 RIT 2

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