BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES/PÉREZ
Rol
C-23174-2019
Fecha
23 de abril de 2020
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Con fecha 19 de julio de 2019, comparece don Jaime Gabriel Velásquez Navarro, abogado, domiciliado en Compañía N° 1390, of. 2403, Santiago, en representación judicial, del BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES, sociedad anónima bancaria del giro de su denominación, representada legalmente por su Gerente General don Eugenio Von Chrismar Carvajal, ingeniero civil, del mismo domicilio, quien interpone demanda ejecutiva de cobro de pagaré en contra de doña GABRIELA ISABEL PEREZ SAPIAIN, ignora ocupación, con domicilio en Director Lagarrigue 90, Población Norte Chico, Coquimbo, por los
Fundamentos
fundamentos de hecho y derecho que expone. El 6 de diciembre de 2019, la ejecutada Gabriela Isabel Pérez Sapiain, opone a la ejecución las excepciones del N°7 y 14 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, según los fundamentos que señala. El 11 de diciembre de 2019, el ejecutante evacúa el traslado que le fuere conferido, solicitando el rechazo de las excepciones opuestas, con costas. El 6 de enero de 2020, se tuvo por evacuado el traslado,
Fallo
se declararon admisibles las excepciones y se recibió la causa a prueba, rindiéndose la que consta en autos. El 25 de febrero de 2020, se citó a las partes para oír sentencia. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el 19 de julio de 2019, comparece don Jaime Gabriel Velásquez Navarro, en representación judicial, del BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES, e interpone demanda ejecutiva de cobro de pagaré en contra de doña GABRIELA ISABEL PEREZ SAPIAIN, a objeto de que, acogiéndola, se ordene despachar mandamiento de ejecución y embargo en su contra, por la suma de UF1.075,0289 equivalentes a la suma de $29.883.417.-,correspondiente a la amortización del capital impago, a la que debe adicionarse intereses a tasa máxima convencional desde el día siguiente al vencimiento de 11 de junio de 2019, hasta el día de solución total, más las costas; y en definitiva acoger la presente demanda ejecutiva, ordenando se siga adelante la ejecución hasta hacerse entero y cumplido pago de todo lo adeudado. Señala que es acreedor de la demandada, que consta en los siguientes títulos: 1.- Pagaré suscrito a la orden de su mandante por la ejecutada, con fecha 10 de junio de 2019, por la suma de UF958,8226.-, actuando el deudor representado por el Banco de Crédito e Inversiones en virtud del mandato conferido por esté último en el Contrato de Apertura para Estudiantes de Educación Superior con Garantía Estatal según Ley 20.027, y éste a su vez actuando a través de apoderado del Banco al que delegó la facultad en com
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FOJA: 17 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 5º Juzgado Civil de Santiago CAUSA ROL : C-23174-2019 CARATULADO : BANCO DE CR DITO E INVERSIONES/P REZÉ É Santiago, veintitr s de Abril de dos mil veinte é VISTOS: Con fecha 19 de julio de 2019, comparece don Jaime Gabriel Velásquez Navarro, abogado, domiciliado en Compañía N° 1390, of. 2403, Santiago, en representación judicial, del BANCO
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