RICHOMONT/
Rol
V-190-2019
Fecha
23 de abril de 2020
Materia
BIENES RAÍCES, AUTORIZACIÓN ENAJENAR
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos y
Fundamentos
considerando: PRIMERO: Que, en lo principal de la presentación de fecha 24 de junio de 2019, comparece doña ISABEL DEL CARMEN RICHOMONT VALD S, cÉ édula de identidad N° 7.986.350-5, casada bajo r gimen de sociedad conyugal, dueé ña de casa, domiciliada en calle D vila Larra n N° 2212, comuna y ciudad de Santiago,á í quien solicita se conceda autorización judicial para enajenar los derechos de que es titular sobre un inmueble adquirido en comunidad conforme a las circunstancias que indica. Expone que es dueña en comunidad junto a sus hermanos, Ignacio Enrique Richomont vila, Rosendo Efra n Richomont vila, Ana Mar a Richomont Vald s,Á í Á í é Margarita Rosa Richomont Vald s, Mar a Enriqueta Richomont Vald s, Enriqueé í é Aldemaro Richomont Vald s, Ricardo Fernando Richomont Vald s y sus sobrinos é é – Marie Angelique, Francisco, Aracely Andrea, Jeannette Antonieta y Eva de la Cruz, todos Richomont Arriagada- que representan a su hermano Francisco Richomont vila en la sucesi n, de la propiedad ubicada en calle D vila Larra nÁ ó á í n mero 2212, antiguo D vila Larra n n mero 2210, comuna y ciudad de Santiago,ú á í ú seg n inscripci n que rola a fojas 2.392, n mero 3.388 del Registro de Propiedadú ó ú del Conservador de Bienes Ra ces de Santiago, del a o 2018. La que fue adquiridaí ñ por herencia de su padre, don Francisco Richomont Leyghton, fallecido el 23 de julio de 2009. Agrega que se encuentra casada en sociedad conyugal con don Luis Samuel Parraguez Pe a, c dula de identidad n mero 6.870.284-4, cuyo domicilio ignora, deñ é ú quien se encuentra separada de hecho desde hace m s de 15 a os, y a quien haá ñ intentado contactar a fin que autorice la enajenaci n de este bien en cuantoó administrador de la sociedad conyugal existente. Contin aú señalando que, junto con sus hermanos, han recibido una oferta seria por el inmueble, y en virtud de ella se ha suscrito una escritura de promesa de compraventa por doce de los herederos, faltando nicamente ella. ú SEGUNDO: Que, con los documentos acompañados se encuentra acreditada la existencia de un v nculo matrimonial vigente, as como el dominio del inmueble aí í nombre de la sucesi n, y su avaló úo fiscal. Que, adem s, la solicitante rindi informaci n sumaria de testigos, contando con dosá ó ó testigos contestes en que la mujer hace m s de 15 a os no mantiene relaci n coná ñ ó su c nyuge, sin haber retomado si quiera el contacto con l, desconociendo en laó é actualidad su paradero. Agregan, que adem s la venta del inmueble ser aá í beneficiosa para la sucesi n, pues se trata en su mayor a de gente mayor queó í necesita el dinero de la venta para solventar diversos gastos, en especial, aquellos que dicen relaci n con el estado de salud de algunos de los comuneros y adem s,ó á la administraci n y cuidados del inmueble se vuelven una carga excesiva para ellos.ó Se cuenta también con el informe favorable del Defensor Público, don Juan Jaime Ferrer Puig quien estima que se puede acceder a la solicitud en ex
Fallo
se declara: Que, supliendo el consentimiento del cónyuge de la peticionaria, don Luis Samuel Parraguez Pe a, se autoriza a doñ ña ISABEL DEL CARMEN RICHOMONT VALD S, ya individualizada, para enajenar el bien raÉ íz ubicado en calle D vilaá Larra n n mero 2212, antiguo D vila Larra n n mero 2210, comuna y ciudad deí ú á í ú Santiago, seg n inscripci n que rola a fojas 2.392, n mero 3.388 del Registro deú ó ú Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces de Santiago, del a o 2018; rol deí ñ avalúo n mero 03656 00016, en un precio no inferior a ochenta y siete millonesú − quinientos mil pesos ($87.500.000), pagaderos al contado, eb conjunto con los dem s comuneros..á Regístrese, dese copia, y en su oportunidad, archívense los antecedentes. PRONUNCIADA POR DON VICTOR DANIEL BERGAMIN SALINAS, JUEZ TRAMITADOR En Santiago, a veintitr s de Abril de dos mil veinte é , se notific por el estadoó diario, la resoluci n precedente.ó Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2020-04-23T12:07:58-0400
Texto Completo (Preview)
FOJA: 39 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2º Juzgado Civil de Santiago CAUSA ROL : V-190-2019 CARATULADO : RICHOMONT/ Santiago, veintitr s de Abril de dos mil veinte é Vistos y considerando: PRIMERO: Que, en lo principal de la presentación de fecha 24 de junio de 2019, comparece doña ISABEL DEL CARMEN RICHOMONT VALD S, cÉ édula de identidad N° 7.986.350-5, casada bajo r gimen de soc
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